16 INCLUSIÓN DE ESTUDIANTES: Lineamientos de inclusión para las personas con discapacidad -Responsabilidades-Certificaciones

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
56Resolución 34762002Deja sin efecto la Resolución 4175/00. Aprueba el modelo de certificación de terminación de estudios para alumnos con proceso de integración del Nivel Primario Común.
55Resolución 13212002

Crea en las Escuelas de Educación Especial los cargos de Maestro preceptor con funciones específicas, determinando que deberán cumplir su carga horaria sobre la unidad de transporte, completando la misma en las Escuelas. Se define la fundamentación, misión y funciones.

54Ley 35212001

Incorpora al texto de la ley nº   2055:

    "Artículo 2º bis.- A los efectos de que la provincia cuente     con    los    datos    necesarios   para implementar  el siguiente Régimen de Promoción Integral de las personas  Discapacitadas, se crea   el   Registro  Provincial  de  Discapacitados.  El mismo contará  con  la     información  que  permita  tipificar  la  problemática  de     acuerdo  a  la franja etárea, la capacidad  funcional,  la     realidad  social,  el  diagnóstico clínico,  patología  de     base,  etcétera.  La forma y organismos que relevarán  los   datos quedarán sujetos a la reglamentación".

53Ley Nacional 255042001

Modificación de la Ley Nº 22.431. El   Ministerio de Salud de la Nación expedirá el Certificado Único de Discapacidad. Certificará en cada caso la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación del afectado. Indicará también, teniendo en cuenta la personalidad y los antecedentes del afectado, qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar.

El certificado que se expida se denominará Certificado Unico de Discapacidad y acreditará plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional en todos los supuestos en que sea necesario invocarla, salvo lo dispuesto en el artículo 19 de la presente ley. Idéntica validez en cuanto a sus efectos tendrán los certificados emitidos por las provincias adheridas a la Ley 24.901, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que se establezcan por reglamentación.
52Ley Nacional 254152001

Todo niño recién nacido tiene derecho a que se estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento en forma oportuna si lo necesitare. Será obligatoria la realización de los estudios que establezcan las normas emanadas por autoridad de aplicación conforme al avance de la ciencia y la tecnología para la detección temprana de la hipoacusia, a todo recién nacido, antes del tercer mes de vida.

51Ley Texto actualizado en forma definitiva por Digesto Provincial 34672000

Adhiere  por  la  presente ley al  Sistema  de  Prestaciones  Básicas  de  atención  integral  a favor  de las personas con discapacidad, contemplando acciones de  prevención,  asistencia,  promoción y protección,  con  el objeto  de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos, instituido por la ley nº 24.901 Buscar ley. Faculta  al Poder Ejecutivo, a través del Consejo  Provincial del Discapacitado, a  suscribir los  convenios de asistencia técnica, científica y  financiera con  la  autoridad competente en el orden nacional, a  fin  de implementar  y financiar las prestaciones básicas previstas en la ley 24.901 Buscar ley.

Derechos Sociales:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

 

 

50Ley 34542000

Modifica el capítulo 6º (artículos 47 a 52) "Movilidad y Barreras Arquitectónicas" de la ley nº 2055 Buscar ley. Invita a los municipios a adherir y/o incorporar en sus respectivas normativas los contenidos de los artículos 47, 48 y 49 y determina que los artículos 46, 53 y 54 del capítulo 6º de la ley nº 2055 Buscar ley se mantendrá vigente.

Histórica- Fusión en Ley 2055 Buscar ley, según Digesto Provincial por Ley 4270 Buscar ley y 4312 (Año 2007)

49Ley Derogada 34402000

Modifica ley 1284 Buscar ley, la que fuera modificada por Ley 3348 Buscar ley,  sobre exención en propiedades de personas discapacitadas.

Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 Buscar ley y 4312 (Año 2007)

48Ley Nacional 252802000

Aprueba la CONVENCION INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, suscripta en Guatemala —REPUBLICA DE GUATEMALA— el 8 de junio de 1999, que consta de CATORCE (14) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

 

TRATADO: A-65

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ADOPTADO EN: CIUDAD DE GUATEMALA, GUATEMALA, el  06/07/99 en el  VIGESIMO NOVENO PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA  GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS. ENTRADA EN VIGOR: 09/14/01 

Los objetivos de la presente Convención son la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad.  Los instrumentos de ratificación y adhesión se depositarán en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos.

47Resolución Anulada por 3476/02 41752000Aprueba el Modelo de Certificado de Terminación de Estudios para alumnos integrados en el Nivel Primario y determina que se debe adjuntar ficha de seguimiento y evaluación del alumno.
46Resolución 41722000

Ratifica la denominación de los cargos de Educación Especial expresados en la Resolución 2367/93 y establece que los cargos de Maestro de Grupo (en las distintas discapacidades), Maestro Estimulador, Maestro Integrador en las distintas discapacidades), poseen el mismo tratamiento y condiciones estatutarias, con derecho al acceso de cargos del escalafón docente en Escuelas de Educación Especial.

45Resolución 18691999Establece relaciones entre el CPE y el CREED (centro de rehabilitación educativa diferente) y designa representante del área de Educación.
44Resolución 281999IPROSS - reconoce cobertura en rehabilitación  para todos los afiliados que acrediten su discapacidad.
43Ley 32441998

En cada  censo general de la provincia se deberá  especificar la cantidad de habitantes con discapacidad  de cualquier tipo en los términos de la ley nº 2055 Buscar ley y sus modificatorias. En la  planilla censal deberán figurar el tipo y el  grado de discapacidad a fin de determinar la posibilidad  de inserción laboral de las personas con discapacidad.

 

Histórica- Fusión en Ley 2055 Buscar ley, según Digesto Provincial por Ley 4270 Buscar ley y 4312 (Año 2007)

42Resolución 451998Clausura la Escuela de Educación especial Nº 13 de General Roca  y crea la Escuela  de Formación Cooperativa y Laboral Nº 2 de General  Roca. Aprueba el régimen de funcionamiento
41Ley Modificado por Ley 4265 31641997

Ley de Equiparación de oportunidades para personas sordas e hipoacúsicas.

Derechos Sociales:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

 

 

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