16 INCLUSIÓN DE ESTUDIANTES: Lineamientos de inclusión para las personas con discapacidad -Responsabilidades-Certificaciones
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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75 | Resolución | 2093 | 2005 | Crea la Escuela de Formación Cooperativa y Laboral de Bariloche, la que lleva el Nº 6. Determina la planta orgánica y aprueba los objetivos y estructura de formación, además de establecer los formularios para los alumnos que realizan pasantías laborales. |
74 | Resolución | 2046 | 2005 | Suprime cargos de la Escuela especial Nº 6 de Bariloche para la creación de la Escuela Laboral. |
73 | Resolución | 527 | 2005 | Crea un cargo de Maestro Preceptor en el turno tarde de la escuela 261 de Viedma para la atención de un alumno en proceso de integración. |
72 | Resolución | 526 | 2005 | Crea un cargo de Maestro Preceptor en el turno mañana de la escuela 296 de Viedma para la atención de un alumno con síndrome de Lesch Nyan. |
71 | Decreto Nac. | 38 | 2004 | Decreto Nacional: Establece que el certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria, la Ley N° 25.504, será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y larga distancia, según lo establece la Ley N° 25.635. |
70 | Resolución | 5156 | 2004 | Deja sin efecto la Resolución 3770/04, cambiando la denominación del cargo de Maestro de Apoyo a Maestro Domiciliario, estableciendo las funciones y demás aspectos para su funcionamiento. |
69 | Resolución Anulada por 5156/04 | 3770 | 2004 | Crea para el CEM Nº 6 de Ingeniero Jacobacci, el cargo de Maestro de Apoyo para cumplir funciones que colaboren en el proceso de integración de una alumna de primer año. Se determinan funciones para dicho cargo y se autoriza flexibilizar el régimen de asistencia, Resolución 4166/03. . |
68 | Resolución | 3748 | 2004 | Deja sin efecto el Artículo 6º de la Resolución 1946/04 derogando el Anexo V de ésta última en consecuencia. Determina Misiones y Funciones de los ETAP en la presente Resolución. |
67 | Resolución | 3744 | 2004 | Modifica el considerando 9º de la Resolución 1946/04, en relación al Psicopedagogo. |
66 | Resolución | 3517 | 2004 | Aprueba el modelo de convenio entre el CPE y el Consejo Provincial del Discapacitado. Autoriza al presidente del Organismo a firmar el Convenio Marco del Programa de Educación Laboral. |
65 | Resolución vinculada con Resolución N°3237/24 | 2928 | 2004 | Establece que las Supervisiones Escolares podrán designar personal suplente en los cargos de preceptores en los cargos de Nivel Inicial y Primario en un tiempo igual o mayor a 2 días hábiles continuos y en 10 días hábiles, igual o mayor, para el cargo en el Nivel Medio. |
64 | Resolución Modificado por Resoluc. 3744/04 y 3748/04 | 1946 | 2004 | Reorganiza la estructura del Consejo Provincial de Educación incorporando los ETAP, determina la dependencia de los mismos y la conformación en cada Supervisión fijando la cantidad de cargos por Nivel. Ratifica las misiones y funciones de la Resolución 200/96 hasta tanto se definan un nuevo Anexo. |
63 | Ley Derogada por Ley N°5244 | 3785 | 2003 | Establece un régimen especial de licencia con goce de haberes en casos de hijos con discapacidad congénita o adquirida hasta los dos años de vida, para todos los agentes públicos. Se reconoce a la madre o al padre el derecho a gozar de una licencia especial de un período de hasta un año. Función Pública: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270
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62 | Resolución Derogada por Resolución N° 3438/11 | 1226 | 2003 | Otorga promoción automática en el área de Educación Física, Educación Artística- Plástica, y Música; en el Área Idioma Extranjero (Inglés), para alumnos con discapacidad motora, visual, con afectación de miembros superiores, auditiva, mental, y orgánico - funcional con afectación del área del lenguaje. Pautas referidas a la permanencia, acreditación y promoción de los alumnos con proceso de integración en Escuelas Primarias Comunes. |
61 | Ley Anulada | 3697 | 2002 | Dispone que en el término de 180 días a partir de la promulgación de la ley, la legislatura debe traducir al sistema Braille toda Ley, decreto o reglamentación, que sean de interés específico o de incumbencia de personas con discapacidad visual. Histórica- Fusión en Ley 2055 |
60 | Ley Nacional | 25643 | 2002 | Turismo accesible es el complejo de actividades originadas durante el tiempo libre, orientado al turismo y la recreación, que posibilitan la plena integración —desde la óptica funcional y psicológica— de las personas con movilidad y/o comunicación reducidas, obteniendo durante las mismas la satisfacción individual y social del visitante y una mejor calidad de vida. A los fines de la presente ley se entiende por persona con movilidad y/o comunicación reducidas a las comprendidas en el artículo 2° de la Ley 22.431, como también aquellas que padezcan alteraciones funcionales por circunstancias transitorias, cronológicas y/o antropométricas. Será obligación de las Agencias de Viajes informar a las personas con movilidad y/o comunicación reducidas y/o grupo familiar y/o acompañante sobre los inconvenientes e impedimentos que pudiere encontrar en la planificación de un viaje que obstaculizaran su integración física, funcional o social y, a su vez, comunicar a los prestadores de servicios turísticos sobre las circunstancias referidas en el artículo 2° a los fines de que adopten las medidas que las mismas requieran. |