40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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188 | Resolución | 3791 | 2024 | AUTORIZA el descuento salarial, al personal docente dependiente de este Consejo Provincial de Educación, que hubiese incurrido en inasistencia injustificada en las obligaciones para los cuales fueran designados/as, el día 14 de junio del 2024. |
187 | Resolución | 844 | 2024 | 25/4/2024- RESOL-2024-844-E-GDERNE-ST – Secretaría de Trabajo – REVOCA la Resolución RESOL-2024-840-E-GDERNE-ST en atención a haberse identificado errores de redacción en la parte resolutiva en un todo de acuerdo con Art. 22° de Ley A N° 2.938, la que quedara modificada en su parte pertinente por la presente Resolución. HOMOLOGA en todas sus partes el Acta Paritaria N° 09/2024 de fecha 12 de abril de 2024 #mce_temp_url# y el Acta de fecha 23 de abril de 2024#mce_temp_url#, entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DERECHO HUMANOS (MEyDDHH); y la UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE RIO NEGRO (UNTER) conforme lo dispuesto y detallado en actas mencionadas y que obran agregadas en Expediente de referencia, como así también las grillas presentadas oportunamente como parte complementaria y para una lectura integral de la propuesta. MODIFICA por acuerdo de partes intervinientes la forma de liquidación de la bonificación establecida en Artículo 40° ss. y cctes de Ley L N° 391 con vigencia a partir del mes de abril de 2024, y respecto del cálculo del concepto “Ubicación”, sumándole el concepto “Antigüedad” según lo acordado en Acta Paritaria N° 09/2024 para lo que se aplicará la formula: “UBICACIÓN = (BASICO +ANTIGÜEDAD) x % UBICACION”, siendo tal concepto bonificable impactando en el Adicional de “Zona”. Asimismo, incorporar a la totalidad de los y las docentes de Escuelas sin cobro de la bonificación, en concepto de “Ubicación” a la escala “Escuelas ubicación “B” " detallada en el Art. 45°de Ley L N° 391. |
186 | Resolución | 840 | 2024 | 24/4/2024- RESOL-2024-840-E-GDERNE-ST- Secretaría de Trabajo- HOMOLOGAR en todas sus partes el Acta Paritaria N° 09/2024 de fechan 12 de abril de 2024 y el Acta de fecha 23 de abril de 2024 entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DERECHO HUMANOS (MEyDDHH); y la UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE RIO NEGRO (UnTER) conforme lo dispuesto y detallado en actas mencionadas y que obran agregadas en Expediente de referencia. Modifica artículo 40° ley 391 |
185 | Resolución | 689 | 2024 | Secretaria de Educación de Capital Humano Determina, a los efectos del funcionamiento del sistema educativo, un salario mínimo docente para el cargo de maestro, jornada simple, sin antigüedad o equivalente en horas cátedra: a partir del 1º de abril de 2024, de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($ 380.000) a partir del 1° de mayo de 2024 de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000) y a partir del 1° de julio de 2024 de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000) |
184 | Resolución | 27 | 2024 | Ministerio de Capital Humano Convoca a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 15 de febrero de 2024, a las QUINCE HORAS (15:00 hs), en la sede de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Avda. Leandro N. Alem Nº 650, piso 18, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. |
183 | Resolución | 17 | 2024 | SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Fíjese para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil excluidas las asignaciones familiares, y de conformidad con lo normado en el artículo 140 de la Ley Nº 24.013 y modificatorias, para 1 de diciembre de 2024 y 1° de Enero, Febrero y Marzo de 2025. |
182 | Resolución | 4 | 2024 | Secretaría de Empleo, Trabajo y Seguridad Social Fija para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador, un salario Mínimo, Vital y Móvil excluidas las asignaciones familiares, y de conformidad con lo normado en el artículo 140 de la Ley Nº 24.013 y modificatorias, de: a.- A partir del 1° de febrero de 2024, en PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000 b.- A partir del 1° de marzo de 2023, en PESOS DOSCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS ($202.800.-) |
181 | Resolución | 2 | 2024 | Rectifica el Artículo 1º de la Resolución Nº RESOL-2024-27-APN-MCH de fecha 6 de febrero de 2024, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°. Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 15 de febrero de 2024, a las QUINCE HORAS (15:00 hs.), mediante plataforma virtual.”.
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180 | Acuerdo Marco | 3 | 2023 | Ante el pedido de la Gremial de cumplimiento de lo que establece la Resolución N° 5534/04, carga horaria de preceptores, la gubernamental responde:
“En cuanto a la dedicación horaria de los y las preceptores/as y a los efectos de facilitar la generación de consensos, la Gubernamental accede a lo solicitado por el Gremio en relación a que los/as Preceptores/as de ESRN y CET cumplan una carga horaria de 4 hs. Reloj, quedando el cuerpo de preceptores/as de cada Institución a disposición de la organización Institucional que establezcan los equipos directivos de cada establecimiento a los efectos de garantizar la presencia de los/as preceptores/as en los momentos de ingreso, salida y durante la jornada escolar”.
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179 | Decreto Nac. | 90 | 2023 | Modifica la ley 24013 |
178 | Ley | 5653 | 2023 | Se prorroga la duración del Fondo Específico establecido en el artículo 4º de la ley J nº 5363, desde su vencimiento y por el término de tres (3) años. |
177 | Ley | 5631 | 2023 | PROCEDIMIENTO LABORAL DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO El Procedimiento Laboral previsto en la presente ley se rige por los siguientes principios generales: 1) Inmediación. 2) Oralidad. 3) Concentración. 4) Celeridad y economía procesal. 5) Gratuidad para el trabajador. 6) Efectiva tutela judicial de los derechos del trabajador. 7) Reequilibrio procesal: impone la exigencia de un juez que actúa para situar a las partes en situación de igualdad procesal. 8) Indemnidad: de modo que no se produzca ninguna represalia para el trabajador o testigos como consecuencia del reclamo judicial. 9) Efectividad de la decisión judicial firme que se convierte así en ejecutable. 10)Buena fe procesal. 11) Publicidad: las actuaciones laborales serán públicas, salvo en los casos que se deba proteger la identidad, intimidad u otros valores personales que resulten atendibles. |
176 | Resolución | 2157 | 2023 | Homologa el acta paritaria de fecha 29 de junio de 2023 entre el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro, y la UnTER, todo ello, conforme los fundamentos y alcances dispuestos ut supra. |
175 | Resolución | 1253 | 2023 | 28 de abril 2023- Ministerio de Trabajo de RIO NEGRO- Homologa el acta paritaria de acuerdos entre la UnTER y el Ministerio de Educación, celebrada el 21 de abril de 2023, convirtiéndose en ley y de estricto cumplimiento los acuerdos celebrados. |
174 | Resolución | 852 | 2023 | Ministerio de Trabajo de la Provincia de Río Negro Declaración de Ilegalidad de la medida de UNTER e inicio de Sumario Ordena el inicio de actuaciones sumarias correspondientes en los términos del artículo 19 de la Ley 5255 |
173 | Resolución | 782 | 2023 | Dictado de Conciliación Obligatoria Dicta la conciliación obligatoria por el término de 15 días hábiles de acuerdo al artículo 86 de la Ley 5255 Cita a las partes para una audiencia para el día 3 de abril de 2023. |