40 PARITARIAS DOCENTES: Actas-Resoluciones de Secretaría de Trabajo -Normas Generales-

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
152Resolución 2682021

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Crea el “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL”, en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL, dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, cuyos contenidos se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente medida. Las acciones que se lleven a cabo en el marco del presente Programa serán integradas, articuladas y complementadas con aquellas impulsadas por otras áreas de esta Cartera de Estado y organismos e instituciones nacionales, provinciales y municipales, que tengan los mismos fines y objetivos. Otorga, en el marco de la Línea de acción 1 denominada de “Formación para Promotores Territoriales de Infancias Libres de Trabajo Infantil” establecida por el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL, un incentivo económico a las personas seleccionadas por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL a los efectos de promover su participación en la Línea 1 de formación

151Resolución 1332021

Secretaría de Trabajo – Ministerio de Trabajo de Nación

Prorroga el plazo establecido por el artículo 1° de la Resolución SECRETARÍA DE TRABAJO N°1199/20 hasta el 31 de agosto de 2021.

Amplia la prórroga del plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución citada en el artículo anterior por el plazo de 180 días, a partir del 31 de agosto de 2021.

Quedan exceptuadas de la prórroga de mandatos aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020.

Los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la vida sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizada la situación de emergencia.

150Resolución 922021

Ministerio de Trabajo de Nación

Establece que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.

149Convenio 12020

OIT

Ratificaciones de Convenios de la OIT , de parte de la República Argentina

148Decreto Nac. 7212020

CUPO LABORAL. Establece que, en el Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156, los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al UNO POR CIENTO (1%) de la totalidad de los mismos por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo. Dicho porcentaje deberá ser asignado a las mencionadas personas en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes. A los fines de garantizar el cumplimiento del cupo previsto en el párrafo anterior, se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero. Deben, asimismo, reservarse las vacantes que se produzcan en los cargos correspondientes a los y las agentes que hayan ingresado bajo el régimen del presente decreto para ser ocupadas en su totalidad por personas travestis, transexuales y transgénero.

El cumplimiento de lo previsto en la presente norma en ningún caso debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes al momento de su dictado.

 

147Decreto Nac. 922020

Modifica el Decreto Nacional 457/07. Los artículos de este decreto nacional, 2,3,4 y 6 son sustituidos. Se incorpora en los artículos 5 y 7 y deroga los artículos 11 y 12 del mismo decreto.

Todos ellos en relación a la ley 26075 Buscar ley de paritaria nacional docente.

 

ANÁLISIS DEL DECRETO NACIONAL 92/20 - FINANCIAMIENTO EDUCATIVO Y SALARIOS

146Decreto provincial relacionada con la Ley 5363 y los Decretos 1021/84 y 509/22 15352020

Aprueba la reglamentación de la Ley N° 5363 Buscar ley. Faculta al Ministerio de Educación y Derechos Humanos a dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo dispuesto por la Ley y el presente Decreto.

145Disposición 12020

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social- Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales

Durante el período de vigencia de la Resolución ST 1199/20 o la que lo prorrogue en el futuro y en virtud de lo dispuesto en el artículo 4to de esa norma, las entidades sindicales podrán celebrar asambleas o congresos a distancia a efectos de aprobar las memorias y balances de ejercicios vencidos, siempre que se cumplan los recaudos mínimos que se enuncian.

 Se deberá definir cuál será el sistema utilizado para la realización de las votaciones, el mismo deberá contar con la posibilidad de emitir el voto de manera clara y de fácil contabilización ante cada moción. No podrán realizarse Asambleas o Congresos donde sea obligatorio el voto secreto.

144Ley 54842020

Crea en el ámbito de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, la Comisión de Análisis, Reforma y Seguimiento de la ley P nº 1504 “Procedimiento Laboral de la Provincia de Río Negro”.

143Ley Nacional 275552020

La presente ley tiene por objeto establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de la modalidad de Teletrabajo en aquellas actividades, que por su naturaleza y particulares características, lo permitan. Los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas. Incorpórese al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 Buscar ley (t.o. 1976) y sus modificatorias, el siguiente texto:

Capítulo VI - Del Contrato de Teletrabajo

Artículo 102 bis: Concepto. Habrá contrato de teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, en los términos de los artículos 21 y 22 de esta ley, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación.

Compensación de Gastos. La persona que trabaja bajo la modalidad del teletrabajo tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar. Dicha compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del pago del impuesto a las ganancias establecido en la ley 20.628 Buscar ley (t. o. 2019) y sus modificatorias.

142Resolución vinculada con Resolución N° 133/21-ST Nación 11992020

Prorroga hasta el 28 de febrero de 2021 la suspensión de los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que

implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación; ello sin perjuicio de los actos cumplidos en los procesos electorales que se hallaban en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 489/20.

141Resolución Modificado Resolución N° 1199/20 de la Secretaría de Trabajo. 4892020

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO -4/5/20-

Suspende a partir del dictado de la presente y hasta el 30 de septiembre de 2020 los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación; ello sin perjuicio de los actos cumplidos en los procesos electorales que se hallaban en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 238/20.

 Prorroga desde el dictado de la presente y por 180 días a partir del 30 septiembre de 2020 los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y los mandatos de los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubieran vencido a posteriori del 16 de marzo de 2020.

140Resolución 4132020

ANSES

Instrúyase a la Dirección General de Proyectos de Niñez, Adolescencia, Juventud y Género para que, en forma conjunta con la Dirección General de Recursos Humanos, implementen, y lleven adelante el seguimiento y coordinación del cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgéneros establecido en el Decreto N° 721 de fecha 3 de septiembre de 2020. Instrúyase a la Dirección General de Proyectos de Niñez, Adolescencia, Juventud y Género a elaborar líneas de acción y plan de trabajo.

139Decreto provincial 7592019

Dispone la creación de una Comisión Paritaria, conformada por cuatro (4) Representantes del Poder Ejecutivo Provincial y por dos (2) representantes de cada una de las asociaciones gremiales legalmente reconocidas del sector público dependiente del Poder Ejecutivo centralizado y descentralizado, con excepción de los trabajadores de la educación, empresas del Estado y todos aquellos que a la fecha cuenten con un Convenio Colectivo vigente.

Art. 2°.- Serán objetivos de dicha comisión el análisis y discusión para la eventual aprobación de un Convenio Colectivo que regule las condiciones de trabajo del sector público, sujeto a las Condiciones establecidas en el presente Decreto y la normativa vigente aplicable, pudiendo la Comisión regular todas aquellas cuestiones no previstas por el presente.

138Documento base 12019

Acta Ministerio de Educación y UnTER:

25 de febrero de 2019

Adelantamiento de tramos de acuerdo salarial Pedido de Paritaria Nacional Mejoramiento del valor de gastos de Inicio Escolar Aumentar el % de antigüedad al 150%
137Ley reglamentada por Decreto Provincial N° 1535/20. Prorrogada por Ley N° 5653 53632019

crea el “Programa Provincial de Infraestructura para la Vivienda del Personal Docente rionegrino”, con el fin de planificar y desarrollar los instrumentos y políticas necesarias para garantizar el acceso de los trabajadores docentes a una vivienda digna.

Se crea el Consejo para la Vivienda Docente, que será el órgano que coordinará con la autoridad de aplicación el diseño del Programa Provincial de Infraestructura mencionado en el artículo precedente y del control del cumplimiento de la presente ley. Las atribuciones del consejo y su funcionamiento serán reglamentadas por la autoridad de aplicación. El fondo específico tendrá una duración de tres (3) años y se integrará por una contribución mensual de la provincia equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) de la masa salarial correspondiente a la totalidad de agentes dependientes de Poder Ejecutivo que se encuentran comprendidos dentro de la ley L nº 391 (Estatuto del Docente).

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