16 INCLUSIÓN DE ESTUDIANTES: Lineamientos de inclusión para las personas con discapacidad -Responsabilidades-Certificaciones
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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184 | Decreto Nac. | 777 | 2019 |
Aprueba la Reglamentación de la Ley Nº 27.043 que declara de Interés Nacional el Abordaje Integral e Interdisciplinario de las Personas que presentan Trastornos del Espectro Autista, que como ANEXO forma parte integrante del presente decreto. |
183 | Ley | 5390 | 2019 | Adhiere a la ley nacional n° 27420 que establece el marco normativo para adoptar el uso del bastón del rojo y blanco en todo el territorio de la República Argentina como instrumento de orientación y movilidad para las personas con sordo –ceguera. |
182 | Ley | 5382 | 2019 | Define que se instalen placas identificatorias, en código de lectoescritura Sistema Braille, en cada ingreso de todos los edificios de la Administración Pública Provincial, correspondientes a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Río Negro. |
181 | Ley | 5358 | 2019 | Se garantiza en la Provincia de Río Negro la atención integral de niños, niñas, adolescentes y jóvenes que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA). El Ministerio de Salud está a cargo, a través de un equipo interdisciplinario, del diagnóstico y tratamiento clínico integral de DEA, en los establecimientos públicos a su cargo. El Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) garantiza las prestaciones terapéuticas requeridas para el diagnóstico y tratamiento de las Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA). El Ministerio de Educación y Derechos Humanos está a cargo, a partir del diagnóstico y evaluación clínica integral, de la elaboración de un trayecto pedagógico individual adecuado a las características y necesidades del estudiante, como así también a la asignación de recursos que requiera. Los Ministerios de Salud y de Educación y Derechos Humanos coordinarán los procesos de capacitación docente orientados a la detección temprana de indicadores de Dificultades Específicas del Aprendizaje y su abordaje pedagógico en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo. |
180 | Resolución | 5228 | 2019 | Que en el año 2015 por Resoluciones N° 1145,1398, 2758 y Rectificatoria 3008 se crearon 71 cargos TAE para las distintas localidades y en los turnos mañana, tarde y vespertino/noche. Que en Acuerdo Paritario y a fin de favorecer la gestión pedagógica institucional y la organización escolar, se evalúa necesario continuar con el proceso de estabilización de las Plantas Orgánicas Funcionales y otorgar el quite de terminalidad a los cargos TAE mencionados precedentemente. DETERMINA el quite de fecha de cese de los cargos TAE que se detallan en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente resolución. DETERMINA que la aplicación de la presente normativa no modifica la continuidad del personal que se desempeña en dichos cargos (mientras mantengan derecho al mismo). |
179 | Resolución | 5225 | 2019 | DEJA sin efecto en todos sus términos las Resoluciones Nº 723/14; Nº 1295/14 y Nº 1966/15, CPE referidas al recurso de apoyo. CREA, desde el 02 de agosto de 2019 y hasta el 31 de diciembre 2019, un (1) Cargo CÓDIGO 81.1, en la Supervisión Primaria Zona I- de Cinco Saltos- CUE 6290054; como Recurso de Apoyo para el Docente LÓPEZ, Samuel Jesús. ESTABLECE que la aplicación de la presente norma no modifica la continuidad del personal que se desempeña en el cargo mientras mantenga el derecho al mismo. DETERMINA las funciones del Recurso de Apoyo según lo enunciado en el Anexo I de la presente Resolución. El cargo creado se cubrirá con el Listado de Maestro Preceptor Nivel Primario- Modalidad Especial., si existiera la vacancia. |
178 | Resolución | 4101 | 2019 | REGLAMENTO DE DISCAPACIDAD: JUEGOS DE RÍO NEGRO 2019. |
177 | Decreto Nac. | 289 | 2018 | Aprueba la Reglamentación de la Ley N° 27.306 de Declaración de Interés Nacional el abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA) que como Anexo I (IF-2018-12642104-APN-SSCA#ME) forma parte integrante del presente decreto. Dispone que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN será Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.306. |
176 | Ley | 5344 | 2018 | Reservas de Pasajes Gratuitos, en beneficio de las personas alcanzadas por el Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad establecido por la Ley Provincial D nº 2055, consiste en diseñar y poner en funcionamiento una página web accesible, que coexista con el sistema actual, con el objeto de posibilitar que el universo de beneficiarios pueda acceder a la reserva de pasajes de transporte terrestre y ferroviario. Autoridad de aplicación. Se establece a la Subsecretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en conjunto con el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad, como autoridad de aplicación de la presente. |
175 | Ley | 5314 | 2018 | Se modifica el artículo 4º de la ley G nº 4624 que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 4º.- Matriculación: Los Acompañantes Terapéuticos (AT) tienen la obligación de matricularse en el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, previo al ejercicio de la profesión. |
174 | Resolución | 5360 | 2018 | La resolución 3438/11 crea los cargos de Maestro de apoyo a la Inclusión (MAI) y de Técnico de Apoyo en la Escuela (TAE) figuras indispensables para la inclusión escolar. Que en acuerdo con la UnTER – Unión de Trabajadores/as de la Educación- se avanza en incorporar al punto 39 de la Resolución N°1080/92-TO Resolución 100/95, las ausencias a cubrir para garantizar la continuidad de procesos educativos. INCORPORAR a la Resolución Nº 1080/92- Texto Ordenado Resolución Nº 100/95- Capítulo V punto 39, el inciso b.4 que quedará detallado de la siguiente manera: Maestro de Apoyo a la inclusión en Discapacidad mental, auditiva, visual, motora y en Discapacidad Auditiva –Intérprete de Señas: dos (2) días. Técnico de Apoyo en la Escuela: cinco (5) días. |
173 | Resolución vinculada a Resolución N°3943/22 | 4413 | 2018 | DEROGA en todos sus términos la Resolución Nº 747/07 y toda otra norma que se oponga a la presente. ADHIERE a la Resolución N° 117/10 del Consejo Federal de Cultura y Educación. ESTABLECE que el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, a través de la Dirección de Educación Superior, determinará las prioridades en las propuestas de la Formación Continua y definirá los procedimientos para la elaboración, desarrollo y evaluación de Postítulos. DETERMINA como prioridad el acceso igualitario, universal y pertinente a la Formación Docente propuesta desde el Consejo Provincial de Educación, el Instituto Nacional de Formación Docente (INFOD), el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) y los Institutos de Formación Docente dependientes del Consejo Provincial de Educación. APRUEBA para la Certificación de Postítulos emitidos por las Instituciones de la Jurisdicción lo establecido en los anexos. |
172 | Decreto Nac. | 868 | 2017 | Crea, en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Programa Nacional “PLAN NACIONAL DE DISCAPACIDAD”, que tendrá como objetivo la construcción y propuesta, a través de una acción participativa y en coordinación con las distintas áreas y jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, provinciales y municipales, con competencia en la materia, y con las Organizaciones de la Sociedad Civil, en especial las Organizaciones No Gubernamentales de y para las personas con discapacidad, de políticas públicas tendientes a la plena inclusión social de las personas con discapacidad, contemplando los principios y obligaciones comprometidos por medio de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley N° 26.378.
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171 | Decreto Nac. | 698 | 2017 | Crea la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que tendrá a su cargo el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las Leyes N° 25.869 y N° 26.928 en todo el territorio nacional, cuyas funciones se detallan en PLANILLA ANEXA al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto. La AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD tendrá autarquía económico financiera y personería jurídica propia. Suprime la COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONADIS), dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Crea el INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES (INAM), como organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, que será el organismo rector encargado del diseño y propuesta de las políticas públicas de protección integral para prevenir y erradicar la violencia y discriminación contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y cuyas funciones se detallan en PLANILLA ANEXA al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto. Suprime el CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES dependiente del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. |
170 | Ley Ver Resolución (CPE)N° 1295/24 | 5244 | 2017 | Se sustituye en forma integral la ley L nº 3785, que queda redactada con el siguiente texto: “REGIMEN DE LICENCIAS ESPECIALES PARA EL PERSONAL DEL ESTADO CON FAMILIARES A CARGO CON DISCAPACIDAD” RECONOCIMIENTO. DERECHOS. El Gobierno de Río Negro reconoce como política prioritaria el derecho de las personas con discapacidad a contar con la atención y cuidados familiares adecuados durante todo su ciclo vital, garantizando a tal fin a los y las agentes públicos de la Provincia de Río Negro con responsabilidad familiar, el régimen de licencias especiales establecido en esta ley, en el marco de las disposiciones de la ley provincial D nº 2055 y la ley nacional nº 26378 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. |
169 | Ley | 5231 | 2017 | Se adhiere a la ley nacional n° 27051 que establece el régimen para el “Ejercicio de la Profesión de Terapeutas Ocupacionales, Terapistas Ocupacionales y Licenciados en Terapia Ocupacional, desde el artículo 1º al artículo 15 inclusive, cuyos textos se transcriben a continuación. |