10.9 NIVEL SECUNDARIO: Normas generales

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
258Resolución 45482025

DEJA SIN EFECTO, a partir de la finalización de la Serie 2025 del Sistema Federal de Títulos Digitales en la Provincia de Río Negro, la Resolución Nº1521/2024 del Consejo Provincial de Educación, sobre normas de confección y control de Certificados Analíticos de Educación Superior y Educación Secundaria.

 ESTABLECE la implementación del Sistema Federal de Títulos Digitales para la Provincia de Río Negro, aprobado por Resolución Nº440/2023 del Consejo Federal de Educación y la utilización del formato de formulario aprobado por Resolución Nº328/17 del Consejo Federal de Educación, “Certificado Único (Analítico) para los estudios completos de Educación Secundaria y de Educación Superior” de forma digital.  ESTABLECE durante el transcurso de la Serie 2025 del Sistema Federal de Títulos Digitales en la Provincia de Río Negro, la implementación progresiva de las condiciones generales para los títulos establecidos en la Resolución Nº479/2024 del Consejo Federal de Educación. La aplicación de la presente no afectará la emisión de los títulos de los y las egresados/as 2024 de la Educación Secundaria. La aplicación de la presente a partir del ciclo lectivo 2025, para la carga de trayectorias de todos los estudiantes de Educación Secundaria.  INFORMAR que durante el transcurso de la Serie 2025 del Sistema Federal de Títulos Digitales en la Provincia de Río Negro, se mantendrán vigentes los criterios establecidos por Resolución Nº 1521/24 del CPE, para la emisión de títulos en la Educación Secundaria. - APRUEBA el Reglamento con las consideraciones generales para la emisión de Títulos Digitales que obra en el Anexo I de la presente y el Reglamento para la confección, emisión y control de Títulos Certificados Analíticos Parciales de Educación Secundaria, Educación Superior y Postítulos Docentes, que consta en el Anexo II de la presente.

APRUEBA el instructivo para la actualización de las trayectorias educativas de Educación Secundaria, a partir del ciclo lectivo 2025.

257Resolución 45192025

DEJAR SIN EFECTO, en todos sus términos, la Resolución Nº7497/23 y toda otra normativa que se oponga a la presente. APRUEBA a partir de la presente, el Reglamento de Equivalencias que como Anexo I forma parte de la presente Resolución. ESTABLECE que la movilidad de las y los estudiantes podrá realizarse entre distintas instituciones o dentro de la misma institución educativa, entre diferentes modalidades, planes u orientaciones a excepción de los ingresos solicitados al Ciclo Superior de la modalidad Técnico Profesional.   DETERMINA que las y los estudiantes podrán solicitar pase, aun encontrándose en tránsito en el último año de su plan de estudios y que los requisitos de pase seguirán rigiéndose según la Resolución N°59/08 del CFE y la norma jurisdiccional de implementación. ESTABLECE que la escuela de destino deberá considerar el año al que ingresa el/la estudiante a partir del Certificado Analítico Parcial (CAP) y el informe de trayectoria emitido por la escuela de origen, con aval del equipo supervisivo, en virtud de establecer una Trayectoria Real, que no perjudique su tránsito por la Educación Secundaria Obligatoria.

Las situaciones de Movilidad Estudiantil derivadas de pases de niñas, niños, jóvenes y adultas/os procedentes del extranjero se resolverán conforme las Tablas de Equivalencias y Correspondencia del Ministerio de Educación de la Nación y de las normas específicas allí puntualizadas, con las consideraciones contempladas en los Artículos 143º y 144° de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y el Artículo 7º de la Ley de Migraciones N°25.871.

256Resolución 25212025

DETERMINA la vigencia de la Resolución Nº488/96 y sus modificatorias vinculadas a las normas de Evaluación, Acreditación, Examen y Promoción, para los establecimientos educativos de la Educación Secundaria Técnica y Formación Profesional.

255Resolución 21352025

DEJA SIN EFECTO, el Artículo 3º -Anexo II de la Resolución Nº6488/24 CPE, por el cual se aprobó el nuevo Régimen de Evaluación, Acreditación y Promoción para la Educación Secundaria Técnica.

254Resolución 20762025

CREA, a partir de la presente y hasta el 19 de diciembre de 2025, en la Supervisión de Educación Secundaria Atlántica II Zona I con sede en Sierra Grande, el cargo que se detalla a continuación:

Un (1) cargo de Educación Física de 9 hs- Turno M/T/N.

 DETERMINA que las Supervisiones de Educación Secundaria Atlántica Zona I, realizarán la designación del perfil docente que estimen corresponder según normativa vigente y que las funciones del Profesor/a de Educación Física, serán las establecidas en el Anexo I de la presente resolución.

253Resolución 4912025

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN 

Solicita a la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, a través de la DIRECCIÓN DE VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS Y ESTUDIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA, planificar e incorporar al Sistema Federal de Títulos, la emisión digital de los analíticos de estudios parciales correspondientes a la educación secundaria y a la educación superior, de acuerdo al diseño que como anexo forma parte de la presente Resolución.

252Resolución Modificado Por Resolución N°2135/25, que modifica sólo para Educación Sec. Técnica. Vincular con Resolución N°2521/25 64882024

Que, en la Unidad Pedagógica y Curricular 2020-2021, en las modalidades de Educación Secundaria Técnica, de Educación de Jóvenes y Adultos/as y en los establecimientos Educativos de Gestión Privada, transitaron por la experiencia de nuevos formatos escolares, criterios de Evaluación, Acreditación y Promoción, aprobado por Resolución CPE N° 3561/20. Corresponde dejar sin efecto la Resolución CPE Nº488/96 -y sus modificatorias-, Nº1658/95 y sus rectificatorias la Resolución Nº755/15 y la Resolución Nº3561/20.

DEJA SIN EFECTO, a partir del Periodo Escolar 2025, la Resolución CPE N° 488/96, sus modificatorias, Resoluciones vinculadas, y toda norma que se oponga a la presente.  APRUEBA a partir del Periodo Escolar 2025 el

Anexo I - Evaluación, Acreditación y Promoción para la Educación Secundaria de Jóvenes y Adultos/as#mce_temp_url# y el

Anexo II - Evaluación, Acreditación y Promoción para la Educación Secundaria Técnica.#mce_temp_url#

Cuadro Anexo II#mce_temp_url#

251Resolución 40582024

APRUEBA, la implementación del Bachillerato Libre de Adultos (BLA) establecido por Resolución Nº3266/86, destinado específicamente a los/as estudiantes inscriptos en las diferentes propuestas de formación profesional brindadas por la sede Viedma del CIFIC., a partir del mes de marzo del presente ciclo 2024, finalizando en el mes de diciembre del año 2025.-

250Resolución 36892024

DEJA SIN EFECTO el Anexo IV de la Resolución Nº 3608/19, donde se establecieron los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN.  RECTIFICA del Anexo III de la Resolución Nº 2846/2024, los espacios curriculares de la ESRN Especializada en Arte Audiovisual con Orientación En Medios Audiovisuales, según se detalla a continuación.

249Resolución 36782024

CONVOCA a Concurso de Ascenso de Cargos Intermedios de Educación Secundaria 1ero y 2do Llamado, que se realizará bajo la modalidad de Título y Antecedentes, según el Artículo 100º del Estatuto del Docente.

ESTABLECE que los cargos que se afectarán a dicho Concurso son Secretarios, Jefe de Preceptores, Jefe de Sección de Escuela Técnica, Jefe General de Enseñanza Práctica de Escuela Técnica y Coordinador de Escuelas Agrarias.

ESTABLECE, que oportunamente se determinará el procedimiento, cronograma  de las asambleas, su modalidad, fecha, sedes y horarios.

248Resolución 33012024

APRUEBA, la implementación de 3 (tres) comisiones para el Bachillerato Libre de Adultos (BLA) establecido por Resolución Nº 3266/86, destinado a trabajadores/as vinculados/as a la Seccional de la UTHGRA, con sede en la localidad de San Carlos de Bariloche. 

247Resolución Modificado por Resolucion N° 3689/24 28462024

DEJA SIN EFECTO las Resoluciones Nº 3028/19 y 3625/19, donde seestablecieron los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN queposeen más de una orientación.

ESTABLECE los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN que poseen una orientación según se detallan en el Anexo I de la presente Resolución,los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN queposeen más de una orientación según se detallan en el Anexo II de la presenteresolución, y los códigos de los espacios curriculares vigentes en las ESRN Especializadas según se detallan en el Anexo III de la presente Resolución.

246Resolución 15202024

DEJA SIN EFECTO en todos sus términos, las Resoluciones Nº 2419/21 y 3261/21. DETERMINA, en todo el ámbito provincial, la legalización/ certificación de firmas y registro de títulos, según se detalla en la normativa en el cuadro correspondiente.

Que, a partir de lo expuesto, funcionarán en paralelo múltiples formas de legalización/ certificación de firmas o registro jurisdiccional, según la procedencia, el año de emisión del título y la finalidad del trámite.

245Resolución 4792024

VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS – CFE-

Establece que a partir del 1° de enero de 2025 (Serie 2025), la emisión de los títulos y certificados correspondientes a estudios completos de educación secundaria y de educación superior, ofrecidos por las instituciones educativas de todo el país, deberá utilizar como condiciones de cursada los/as alumnos/as las que se detallas en el anexo de la presente Resolución. Las Jurisdicciones podrán solicitar, por razones estrictamente fundadas, una razonable prórroga de implementación, la que deberá ser acordada con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN.

244Resolución 4712024

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

Aprobar el documento: “Compromiso Federal por la Alfabetización – Plan Nacional de Alfabetización” que, como anexo I, forma parte de la presente medida.

PLAN NACIONAL DE LAS PROVINCIAS: #mce_temp_url#

 

Plan Jurisdiccional de ALFABETIZACIÓN DE RÍO NEGRO – ANEXO:

243Acuerdo Marco 32023

Ante el pedido de la Gremial de cumplimiento de lo que establece la Resolución N° 5534/04, carga horaria de preceptores, la gubernamental responde:

 

“En cuanto a la dedicación horaria de los y las preceptores/as y a los efectos de facilitar la generación de consensos, la Gubernamental accede a lo solicitado por el Gremio en relación a que los/as Preceptores/as de ESRN y CET cumplan una carga horaria de 4 hs. Reloj, quedando el cuerpo de preceptores/as de cada Institución a disposición de la organización Institucional que establezcan los equipos directivos de cada establecimiento a los efectos de garantizar la presencia de los/as preceptores/as en los momentos de ingreso, salida y durante la jornada escolar”.

 

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