10.9 NIVEL SECUNDARIO: Normas generales

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
178Resolución 24602015

CONCEDE Licencia gremial a partir del 01 de Junio de 2015 y hasta el 31 de Diciembre del corriente años a los docentes que se mencionan, para cumplir funciones en la Comisión Mixta que iniciará el debate del Proyecto Curricular de la escuela Secundaria.

177Resolución Modificado Ampliada por Resolución N° 1927 y 1928/15 y 2240/15 y 2418/15 18772015

DEJA SIN EFECTO la Resolución N° 21/07 que creó con carácter experimental y en forma progresiva, la figura de Referentes Institucionales TIC`s en los establecimientos escolares. ENCUADRA el cargo TIC`s en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Educación Ley 4819 Buscar ley y en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo según las pautas fijadas en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolución. A  partir de la presente, quienes se desempeñan como Referentes TIC`s, y poseen una antigüedad no menor a dos (2) años en el mismo cargo, pasan a revistar en carácter de interinos AD REFERENDUM DEL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN.  ESTABLECE  que a partir de la presente las creaciones y supresiones de dichos Cargos se encuadrarán en la Resolución N° 548/13 C.P.E. y  que con carácter de excepcionalidad por lo que resta del ciclo Lectivo 2015 la designación de los Referentes Escolar TIC`s (RET) será condicional hasta un día antes de la Asamblea Presencial de Interinatos y Suplencias año 2016 y será facultad exclusiva del Consejo Provincial de Educación, según lo establecido en el Anexo III. La  inscripción de los Referentes Escolares TIC`s (RET) en las Juntas de Clasificación se hará según lo establecido en el Calendario Escolar Año 2015-2016 - Resol N°4080/14 y, las designaciones de los mencionados cargos se ajustarán a la Resolución Nº 1080/92 - TO 100/95.

DETERMINA que la designación de los cargos Referentes Escolares TIC`s Zonal (RETZ), será facultad del Consejo Provincial de Educación a propuesta de los Consejos Escolares.  A  partir de la presente resolución la Comisión de Títulos deberá iniciar el proceso de análisis de títulos inherentes al cargo de Referente

Escolar TIC`s, a desempeñar para determinar su competencia y la Dirección de Planeamiento, Educación Superior y Formación dependiente del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, elaborará la propuesta de Capacitación correspondiente. ESTABLECE que la Comisión de Política Educativa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo será la encargada de elaborar las Bases para un Concurso de Titularizaciones de Referentes TICs, con el requisito previo de aprobación de la Capacitación.

ANEXOS I-II-III DE LA RESOLUCIÓN

176Resolución 8262015

El  Plan de Mejora que se implementa incluye a establecimientos secundarios: diurnos, nocturnos (jóvenes y adultos), rurales, rurales virtuales (de adolescentes) y privados de gestión social. El PMI apunta a conformar en cada jurisdicción un equipo de Asistentes Técnicos Territoriales (ATT) a quienes se les asigna la tarea de realizar el seguimiento de las escuelas durante el proceso de formulación de los PMI y de su puesta en práctica. Para ello, deben recorrer los establecimientos educativos, dialogando y articulando el trabajo de los equipos directivos. El PMI es considerado como una opción y una herramienta para lograr dichos propósitos. Para avanzar en su concreción, se establecieron dos ejes centrales para la planificación de los PMI que deben orientar las acciones y estrategias a encarar por parte de las escuelas secundarias:

Las trayectorias escolares; y La propuesta escolar y la organización institucional.

 

APRUEBA la Normativa Jurisdiccional para la designación de los Asistentes Técnicos Territoriales y Jurisdiccionales del Plan de Mejora

Institucional de la Escuela Secundaria (PMI), expresada en el Anexo I de la presente resolución. DESIGNA al Equipo Jurisdiccional responsable de la implementación y Evaluación de los Planes:

Coordinador Jurisdiccional del Programa (Director de Nivel Secundario). SEGUEL, Marta Alicia –Coordinadores Pedagógicos de PMI de Nivel Secundario. DOU, Laura

APRUEBA el listado de 153 Escuelas donde los Asistentes Técnicos Territoriales y Jurisdiccionales, desempeñaran sus funciones, que como

Anexo II forma parte de la presente resolución.

ANEXO-

175Resolución 2682015

Consejo Federal de Educación

Aprueba los marcos de referencia para las orientaciones de la Educación Secundaria en Literatura; Matemática y Física; y Educación, que como ANEXO I, ANEXO II y ANEXO III forman parte de la presente medida y   las modificaciones a los marcos de referencia para las orientaciones en Agrario/Agro y Ambiente y Turismo, que como ANEXO IV y ANEXO V forman parte de la presente medida.

174Resolución 2472015

Consejo Federal de Educación

Aprueba el cuadernillo pedagógico “Práctica Diaria de la Lectura en las Escuelas” y las “Planificaciones y Recomendaciones correspondientes a la Educación Inicial, la Educación Primaria y la Educación Secundaria”, que como anexos forman parte de la presente resolución.

Anexo 1: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01.pdf

Anexo 2: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02.pdf

Anexo 3: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01g.pdf

Anexo 4: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02g.pdf

Anexo 5: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_03g.pdf

Anexo 6: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_04g.pdf

Anexo 7: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_05g.pdf

Anexo 8: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_06g.pdf

Anexo 9: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_07g.pdf

Anexo  10: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01a.pdf

Anexo 11: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02a.pdf

Anexo 12: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_04a.pdf

Anexo 13: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_05a.pdf

173Ley 49962014

Se incorporan en la enseñanza de nivel secundario pública de gestión estatal y/o de gestión privada, en todo el territorio provincial y con carácter obligatorio, las temáticas referidas a primeros auxilios.  Autoridad de aplicación: Es autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el que debe incorporar la temática en la currícula escolar de nivel secundario.

172Ley Modificado por ley 5230 y por Ley Provincial N° 5553 49862014

Crea  en el territorio de la Provincia de Río Negro, en el ámbito del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el “Programa Provincial de Información, Concientización y Prevención del Grooming” (ciberacoso), en estrecha relación con la ley de Educación Nacional n° 26206, la ley Orgánica de Educación de Río Negro F n° 4819, la ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes n° 26061, la ley Provincial D n° 4109, la ley del Programa Nacional de Educación Sexual Integral n° 26150 y la Convención Internacional de Derechos de Niños.

171Resolución Derogada por Resolución N° 3360/16 38702014

DEROGA en todos sus términos las Resoluciones N° 3863/01, Nº 4068/01, Nº 3205/02, Nº 2438/10, Nº 2534/10, Nº 3182/12 y toda otra norma que se oponga a la presente. APRUEBA las “Pautas Generales de Ingreso, Permanencia y Reingreso de Estudiantes en las Escuelas Secundarias Diurnas”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

170Resolución 27832014

ADHIERE e IMPLEMENTA, “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, aprobado mediante Resolución Nº 727/09 del Ministerio de Educación de la Nación. DECLARA de Interés Educativo al programa nacional “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, destinada a todas las Instituciones Educativas Públicas Estatales, de todos los niveles y modalidades (Adultos y Especial), debiéndose conformar la Mesa Socioeducativa para la Prevención del Abandono Escolar.  CONVOCA a las Instituciones Educativas Públicas Estatales de todos los niveles y modalidades que decidan participa del Programa Prevención del Abandono Escolar, a la presentación de PROYECTOS SOCIO EDUCATIVOS PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR, como fundamento para el trabajo territorial desde los ámbitos de las Mesas Socioeducativas, donde serán: evaluados, planificados y ejecutados con financiamiento de acuerdo a lo establecido por el Programa Nacional.  GARANTIZA  la participación en los encuentros provinciales y nacionales del Programa Prevención del Abandono Escolar a todos los referentes institucionales de cada jurisdicción. ENCUADRA el desarrollo del Programa Prevención del Abandono Escolar como actividades educativas de los Directores, Docentes y Alumnos Parlamentarios de las Instituciones Educativas de todos los niveles y modalidades correspondientes a todas las jurisdicciones de la provincia

169Resolución 25002014

APRUEBA el Reglamento General de Escuelas que se constituye como el instrumento de la Ley N° 4819 Buscar ley conforme a sus principios, y estableciendo criterios generales en función del cumplimiento de sus metas educativas, que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución. El  presente Reglamento General de Escuelas establece los criterios y lineamientos generales que orientarán el funcionamiento pedagógico y administrativo de todas las escuelas rionegrinas de la provincia de todos los niveles y modalidades.  El mismo será la base sobre la cual se elaborarán las reglamentaciones específicas de todos los niveles y modalidades del sistema. La  Secretaría de Educación generará un proceso de debate y recepcionará los aportes a través de las Supervisiones y Direcciones Escolares, que realicen las instituciones, docentes, estudiantes y familias para la redacción de un Reglamento Escolar Básico Específico.

El  Consejo Provincial de Educación será el encargado de la elaboración de todas las Resoluciones necesarias que complementen la presente.

168Resolución Derogada por Resolución N° 3215/16 23902014

APRUEBA, a partir de la presente, el Programa de Articulación entre la Educación Primaria y la Educación Secundaria Común de acuerdo a los Anexos que a continuación se detallan y que forman parte de la presente Resolución:

- Anexo I: Principios y Fundamentos.

-Anexo II: Orientaciones para el Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de los estudiantes de 1er año.

-Anexo III: Acuerdos Curriculares para la Articulación entre Primaria y Secundaria.

-Anexo IV: Normas de Acreditación, Evaluación y Promoción para los estudiantes de 1er año.

-Anexo V: Devolución de datos para el análisis de las prácticas institucionales y pedagógicas didácticas y la toma de decisiones en el fortalecimiento de la enseñanza y el mejoramiento de los aprendizajes.

IMPLEMENTA en las Escuelas Primarias alguna modalidad de ampliación de jornada priorizando los 7mos grados con el fin de fortalecer el ingreso a la Escuela Secundaria, conforme a lo establecido en la Resolución Nº 35/13 de manera progresiva, según posibilidades de infraestructura. ESTABLECE que los fondos transferidos a las Escuelas Secundarias en el marco del Plan de Mejora Institucional Resolución CFE Nº 88/09 deberán ser prioritariamente utilizados para el fortalecimiento de las trayectorias de los estudiantes del Ciclo Básico, especialmente para primer año, de acuerdo a lo pautado en el Anexo III de la presente Resolución. Las  calificaciones finales de cada asignatura de primer año de la Educación Secundaria Obligatoria no será el resultado del promedio de las notas, según la periodización establecida (trimestre/cuatrimestre), sino el producto de un proceso de Evaluación Formativa conforme a los principios, fundamentos y regulaciones establecidos en el Anexo IV de la presente Resolución. Al  cierre de cada período (trimestre/cuatrimestre) los Equipos Supervisivos, Directivos y Docentes deberán analizar los datos del rendimiento académico de los Centros Educativos, definir e implementar estrategias institucionales de intervención pedagógica y evaluarlas conforme a lo estipulado en el Anexo V de la presente Resolución.

167Resolución 19752014

ESTABLECE que  el Ministerio de Educación y Derechos Humanos - Consejo Provincial de Educación es la autoridad de Aplicación de lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 4896 respecto a la inclusión en los Diseños Curriculares de Educación Secundaria, de las actividades de ciencia y técnica que realiza la Empresa INVAP S.E.

El  Ministerio de Educación y Derechos Humanos – Consejo Provincial de Educación solicitará a la Empresa INVAP S.E. contenidos y acciones con el objeto de analizar y evaluar la inclusión de los mismos a los Diseños Curriculares de Educación Secundaria y la Dirección de Planeamiento, Educación Superior y Formación será la responsable de trabajar los lineamientos, propuestas, estrategias y acciones a fin de incorporar a los Diseños Curriculares de Educación Secundaria.

166Resolución 19742014

Programa Nacional Parlamento Juvenil MERCOSUR en la provincia de Río Negro:

DEJA  SIN EFECTO de la Resolución Nº 1691/13 los Artículos 7, 8, 9,10, 11 y 12 mediante los cuales e aprueba la Guía de Información y Gestión en su Edición 2013 del Programa Parlamento Juvenil del MERCOSUR.

APRUEBA:

la Guía de Gestión del Programa Parlamento Juvenil del MERCOSUR en su edición 2014 que como ANEXOS I, II, III, IV, V y VI forman parte de la presente.El  Cuadernillo para Docentes para el trabajo Parlamentario en su  Edición 2014 Anexo VII. El Cuadernillo para los Estudiantes para el trabajo Parlamentario en su Edición 2014 Anexo VIII.-
165Ley 48962013

La Provincia de Río Negro incluye en los diseños curriculares de nivel medio contenidos referidos con las actividades de ciencia y técnica que realiza la empresa INVAP S.E., ubicada en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

164Ley 48582013

Se incorpora en la enseñanza de nivel secundario pública de gestión estatal y/o de gestión privada, en todo el territorio provincial y con carácter obligatorio, las temáticas referidas a técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) o Reanimación Cardiorrespiratoria (RCR).

163Ley Nacional 268772013

Las autoridades jurisdiccionales y las instituciones educativas públicas de nivel secundario, los institutos de educación superior e instituciones de modalidad de adultos incluyendo formación profesional de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, deben reconocer los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil.

 Las autoridades educativas jurisdiccionales y las instituciones educativas deben promover la participación y garantizar las condiciones institucionales para el funcionamiento de los centros de estudiantes.

 

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