10.9 NIVEL SECUNDARIO: Normas generales
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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178 | Resolución Modificado Ampliada por Resolución N° 1927 y 1928/15 y 2240/15 y 2418/15 | 1877 | 2015 | DEJA SIN EFECTO la Resolución N° 21/07 que creó con carácter experimental y en forma progresiva, la figura de Referentes Institucionales TIC`s en los establecimientos escolares. ENCUADRA el cargo TIC`s en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Educación Ley 4819 DETERMINA que la designación de los cargos Referentes Escolares TIC`s Zonal (RETZ), será facultad del Consejo Provincial de Educación a propuesta de los Consejos Escolares. A partir de la presente resolución la Comisión de Títulos deberá iniciar el proceso de análisis de títulos inherentes al cargo de Referente Escolar TIC`s, a desempeñar para determinar su competencia y la Dirección de Planeamiento, Educación Superior y Formación dependiente del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, elaborará la propuesta de Capacitación correspondiente. ESTABLECE que la Comisión de Política Educativa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo será la encargada de elaborar las Bases para un Concurso de Titularizaciones de Referentes TICs, con el requisito previo de aprobación de la Capacitación. |
177 | Resolución | 826 | 2015 | El Plan de Mejora que se implementa incluye a establecimientos secundarios: diurnos, nocturnos (jóvenes y adultos), rurales, rurales virtuales (de adolescentes) y privados de gestión social. El PMI apunta a conformar en cada jurisdicción un equipo de Asistentes Técnicos Territoriales (ATT) a quienes se les asigna la tarea de realizar el seguimiento de las escuelas durante el proceso de formulación de los PMI y de su puesta en práctica. Para ello, deben recorrer los establecimientos educativos, dialogando y articulando el trabajo de los equipos directivos. El PMI es considerado como una opción y una herramienta para lograr dichos propósitos. Para avanzar en su concreción, se establecieron dos ejes centrales para la planificación de los PMI que deben orientar las acciones y estrategias a encarar por parte de las escuelas secundarias: Las trayectorias escolares; y La propuesta escolar y la organización institucional.
APRUEBA la Normativa Jurisdiccional para la designación de los Asistentes Técnicos Territoriales y Jurisdiccionales del Plan de Mejora Institucional de la Escuela Secundaria (PMI), expresada en el Anexo I de la presente resolución. DESIGNA al Equipo Jurisdiccional responsable de la implementación y Evaluación de los Planes: Coordinador Jurisdiccional del Programa (Director de Nivel Secundario). SEGUEL, Marta Alicia –Coordinadores Pedagógicos de PMI de Nivel Secundario. DOU, LauraAPRUEBA el listado de 153 Escuelas donde los Asistentes Técnicos Territoriales y Jurisdiccionales, desempeñaran sus funciones, que como Anexo II forma parte de la presente resolución. |
176 | Resolución | 268 | 2015 | Consejo Federal de Educación Aprueba los marcos de referencia para las orientaciones de la Educación Secundaria en Literatura; Matemática y Física; y Educación, que como ANEXO I, ANEXO II y ANEXO III forman parte de la presente medida y las modificaciones a los marcos de referencia para las orientaciones en Agrario/Agro y Ambiente y Turismo, que como ANEXO IV y ANEXO V forman parte de la presente medida. |
175 | Resolución | 247 | 2015 | Consejo Federal de Educación Aprueba el cuadernillo pedagógico “Práctica Diaria de la Lectura en las Escuelas” y las “Planificaciones y Recomendaciones correspondientes a la Educación Inicial, la Educación Primaria y la Educación Secundaria”, que como anexos forman parte de la presente resolución. Anexo 1: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01.pdf Anexo 2: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02.pdf Anexo 3: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01g.pdf Anexo 4: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02g.pdf Anexo 5: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_03g.pdf Anexo 6: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_04g.pdf Anexo 7: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_05g.pdf Anexo 8: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_06g.pdf Anexo 9: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_07g.pdf Anexo 10: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_01a.pdf Anexo 11: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_02a.pdf Anexo 12: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_04a.pdf Anexo 13: http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res15/247-15_05a.pdf |
174 | Ley | 4996 | 2014 | Se incorporan en la enseñanza de nivel secundario pública de gestión estatal y/o de gestión privada, en todo el territorio provincial y con carácter obligatorio, las temáticas referidas a primeros auxilios. Autoridad de aplicación: Es autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el que debe incorporar la temática en la currícula escolar de nivel secundario. |
173 | Ley Modificado por ley 5230 y por Ley Provincial N° 5553 | 4986 | 2014 | Crea en el territorio de la Provincia de Río Negro, en el ámbito del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el “Programa Provincial de Información, Concientización y Prevención del Grooming” (ciberacoso), en estrecha relación con la ley de Educación Nacional n° 26206, la ley Orgánica de Educación de Río Negro F n° 4819, la ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes n° 26061, la ley Provincial D n° 4109, la ley del Programa Nacional de Educación Sexual Integral n° 26150 y la Convención Internacional de Derechos de Niños. |
172 | Resolución Derogada por Resolución N° 3360/16 | 3870 | 2014 | DEROGA en todos sus términos las Resoluciones N° 3863/01, Nº 4068/01, Nº 3205/02, Nº 2438/10, Nº 2534/10, Nº 3182/12 y toda otra norma que se oponga a la presente. APRUEBA las “Pautas Generales de Ingreso, Permanencia y Reingreso de Estudiantes en las Escuelas Secundarias Diurnas”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. |
171 | Resolución | 2783 | 2014 | ADHIERE e IMPLEMENTA, “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, aprobado mediante Resolución Nº 727/09 del Ministerio de Educación de la Nación. DECLARA de Interés Educativo al programa nacional “PROYECTO PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR”, destinada a todas las Instituciones Educativas Públicas Estatales, de todos los niveles y modalidades (Adultos y Especial), debiéndose conformar la Mesa Socioeducativa para la Prevención del Abandono Escolar. CONVOCA a las Instituciones Educativas Públicas Estatales de todos los niveles y modalidades que decidan participa del Programa Prevención del Abandono Escolar, a la presentación de PROYECTOS SOCIO EDUCATIVOS PARA LA PREVENCION DEL ABANDONO ESCOLAR, como fundamento para el trabajo territorial desde los ámbitos de las Mesas Socioeducativas, donde serán: evaluados, planificados y ejecutados con financiamiento de acuerdo a lo establecido por el Programa Nacional. GARANTIZA la participación en los encuentros provinciales y nacionales del Programa Prevención del Abandono Escolar a todos los referentes institucionales de cada jurisdicción. ENCUADRA el desarrollo del Programa Prevención del Abandono Escolar como actividades educativas de los Directores, Docentes y Alumnos Parlamentarios de las Instituciones Educativas de todos los niveles y modalidades correspondientes a todas las jurisdicciones de la provincia |
170 | Resolución | 2500 | 2014 | APRUEBA el Reglamento General de Escuelas que se constituye como el instrumento de la Ley N° 4819 El Consejo Provincial de Educación será el encargado de la elaboración de todas las Resoluciones necesarias que complementen la presente. |
169 | Resolución Derogada por Resolución N° 3215/16 | 2390 | 2014 | APRUEBA, a partir de la presente, el Programa de Articulación entre la Educación Primaria y la Educación Secundaria Común de acuerdo a los Anexos que a continuación se detallan y que forman parte de la presente Resolución: - Anexo I: Principios y Fundamentos. -Anexo II: Orientaciones para el Acompañamiento a las Trayectorias Escolares de los estudiantes de 1er año. -Anexo III: Acuerdos Curriculares para la Articulación entre Primaria y Secundaria. -Anexo IV: Normas de Acreditación, Evaluación y Promoción para los estudiantes de 1er año. -Anexo V: Devolución de datos para el análisis de las prácticas institucionales y pedagógicas didácticas y la toma de decisiones en el fortalecimiento de la enseñanza y el mejoramiento de los aprendizajes. IMPLEMENTA en las Escuelas Primarias alguna modalidad de ampliación de jornada priorizando los 7mos grados con el fin de fortalecer el ingreso a la Escuela Secundaria, conforme a lo establecido en la Resolución Nº 35/13 de manera progresiva, según posibilidades de infraestructura. ESTABLECE que los fondos transferidos a las Escuelas Secundarias en el marco del Plan de Mejora Institucional Resolución CFE Nº 88/09 deberán ser prioritariamente utilizados para el fortalecimiento de las trayectorias de los estudiantes del Ciclo Básico, especialmente para primer año, de acuerdo a lo pautado en el Anexo III de la presente Resolución. Las calificaciones finales de cada asignatura de primer año de la Educación Secundaria Obligatoria no será el resultado del promedio de las notas, según la periodización establecida (trimestre/cuatrimestre), sino el producto de un proceso de Evaluación Formativa conforme a los principios, fundamentos y regulaciones establecidos en el Anexo IV de la presente Resolución. Al cierre de cada período (trimestre/cuatrimestre) los Equipos Supervisivos, Directivos y Docentes deberán analizar los datos del rendimiento académico de los Centros Educativos, definir e implementar estrategias institucionales de intervención pedagógica y evaluarlas conforme a lo estipulado en el Anexo V de la presente Resolución. |
168 | Resolución | 1975 | 2014 | ESTABLECE que el Ministerio de Educación y Derechos Humanos - Consejo Provincial de Educación es la autoridad de Aplicación de lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 4896 respecto a la inclusión en los Diseños Curriculares de Educación Secundaria, de las actividades de ciencia y técnica que realiza la Empresa INVAP S.E. El Ministerio de Educación y Derechos Humanos – Consejo Provincial de Educación solicitará a la Empresa INVAP S.E. contenidos y acciones con el objeto de analizar y evaluar la inclusión de los mismos a los Diseños Curriculares de Educación Secundaria y la Dirección de Planeamiento, Educación Superior y Formación será la responsable de trabajar los lineamientos, propuestas, estrategias y acciones a fin de incorporar a los Diseños Curriculares de Educación Secundaria. |
167 | Resolución | 1974 | 2014 | Programa Nacional Parlamento Juvenil MERCOSUR en la provincia de Río Negro: DEJA SIN EFECTO de la Resolución Nº 1691/13 los Artículos 7, 8, 9,10, 11 y 12 mediante los cuales e aprueba la Guía de Información y Gestión en su Edición 2013 del Programa Parlamento Juvenil del MERCOSUR. APRUEBA: la Guía de Gestión del Programa Parlamento Juvenil del MERCOSUR en su edición 2014 que como ANEXOS I, II, III, IV, V y VI forman parte de la presente.El Cuadernillo para Docentes para el trabajo Parlamentario en su Edición 2014 Anexo VII. El Cuadernillo para los Estudiantes para el trabajo Parlamentario en su Edición 2014 Anexo VIII.- |
166 | Ley | 4896 | 2013 |
La Provincia de Río Negro incluye en los diseños curriculares de nivel medio contenidos referidos con las actividades de ciencia y técnica que realiza la empresa INVAP S.E., ubicada en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
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165 | Ley | 4858 | 2013 | Se incorpora en la enseñanza de nivel secundario pública de gestión estatal y/o de gestión privada, en todo el territorio provincial y con carácter obligatorio, las temáticas referidas a técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) o Reanimación Cardiorrespiratoria (RCR). |
164 | Ley Nacional | 26877 | 2013 |
Las autoridades jurisdiccionales y las instituciones educativas públicas de nivel secundario, los institutos de educación superior e instituciones de modalidad de adultos incluyendo formación profesional de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, deben reconocer los centros de estudiantes como órganos democráticos de representación estudiantil. Las autoridades educativas jurisdiccionales y las instituciones educativas deben promover la participación y garantizar las condiciones institucionales para el funcionamiento de los centros de estudiantes.
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163 | Resolución | 3205 | 2013 |
ADHIERE al Plan de Trabajo “PONELE TÍTULO A TU SECUNDARIO” Destinado a promover diversas estrategias institucionales que faciliten la titulación de los estudiantes que cursaron 5º y 6º año en el 2012 y los que se hallan cursando 5º y 6º año en 2013 y adeudan materias de cursos anteriores. La fecha a registrar en los Certificados Analíticos de los alumnos que cursaron 5° o 6° año en el 2012 y los que se hallan cursando 5° y 6° año en 2013, que obtengan el Título Secundario mediante las acciones del Plan TUTORES DEL EGRESO, será la que figura en el Calendario Escolar del Ministerio de Educación y Derechos Humanos. COMUNICA a través de la Supervisión de Educación Secundaria correspondiente a Horizonte ART, el lugar de funcionamiento del Plan a los efectos de la cobertura de los docentes y alumnos. |