10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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55 | Resolución | 340 | 2018 | Consejo Federal de Educación Asegura las acciones necesarias para el cumplimiento de un espacio específico de Educación Sexual Integral en la Formación Inicial de todos los futuros docentes según los núcleos de aprendizajes prioritarios para cada nivel educativo que se encuentran en el anexo que forma parte integrante de la presente norma. Establece que se incluya en los planes institucionales, el enfoque integral de la Educación Sexual Integral ya sea de manera transversal y/o a través de espacios curriculares específicos, así como en las normas que regulan la organización institucional. Promueve que en todas las escuelas-del país se organice un equipo docente referente de Educación Sexual Integral, que lleve adelante un enfoque interdisciplinario, que funcione como nexo con los equipos jurisdiccionales y que actúe de enlace con el proyecto institucional de cada establecimiento. El mencionado equipo docente será seleccionado de la planta orgánica funcional existente en cada escuela. Incluir contenidos de Educación Sexual Integral en las evaluaciones a todos los docentes del país que se realizan en el marco de los concursos de ascenso conforme la normativa aplicable en cada jurisdicción. Asegura la realización de las jornadas "Educar en Igualdad" para la prevención y erradicación de la violencia de género planificando y coordinando su realización en la misma semana del año en todos los establecimientos educativos del país.
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54 | Decreto Nac. | 522 | 2017 | Aprueba la Reglamentación de la Ley 26.879 de Creación del REGISTRO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS VINCULADOS A DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL, que como ANEXO I (IF-2017-14331734-APN-MJ), forma parte integrante del presente Decreto. Crea la COMISIÓN NACIONAL DE HUELLAS GENÉTICAS a los efectos de coordinar, articular, brindar asesoramiento y seguimiento a la implementación y funcionamiento del REGISTRO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS VINCULADOS A DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL como a los actores vinculados al mismo. La COMISIÓN estará integrada por UN (1) representante del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, UN (1) representante del MINISTERIO DE SEGURIDAD Y UN (1) representante del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA. La COMISION deberá invitar a participar a representantes de los Poderes Judiciales y de los Ministerios Públicos, así como a representantes de los sectores académicos y científicos vinculados a la materia. La invitación a los representantes de los sectores científicos se cursará a través del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA. |
53 | Ley | 5258 | 2017 | Establece que los organismos de la Administración Publica Provincial se encuentran obligados a exhibir en lugares visibles, cartelería referida a la asistencia que se brinda a víctimas de violencia de genero. |
52 | Ley Modificado por Ley N° 5507 | 5248 | 2017 | Se establece la publicación obligatoria de información de ayuda, leyendas o frases con el objeto de informar, promover, difundir y concientizar sobre las violencias de género, en boletas de servicios, facturas y recibos impresos que emitan con una periodicidad mínima mensual, las empresas de servicios públicos, sean públicas o privadas y aquellas adjudicatarias de concesiones de servicios públicos. La información de ayuda deberá contener la mención de la línea telefónica gratuita con alcance nacional "144, Contención, Información, Asesoramiento para la prevención de las violencias de género”, páginas web, correos electrónicos y direcciones de los organismos públicos que asisten a las mujeres víctimas de violencias de género en nuestra provincia. |
51 | Ley | 5230 | 2017 | Se sustituye en forma integral el texto de la ley nº 4986 , el que queda redactado de acuerdo al texto de la presente ley, y se establece en todo el territorio provincial las políticas para el uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y el cuidado frente al delito de ciberacoso o grooming previsto en el artículo 131 del Código Penal. |
50 | Ley Nacional | 27410 | 2017 | Concientización sobre la Violencia de Género. Institúyase el mes de noviembre de cada año como Mes Nacional de Concientización sobre la Violencia de Género. De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, en el mes de noviembre de cada año, y en concordancia con el artículo 11 de la ley 26.485 “Ley de Protección Integral de las Mujeres”; el Estado nacional, en los tres Poderes que lo integran, sus Organismos Centralizados y Descentralizados o Autárquicos, desarrollarán diversas actividades públicas de educación y concientización, orientadas a la prevención de la Violencia de Género. |
49 | Resolución | 322 | 2017 | Consejo Federal de Educación Aprueba la Campaña 'Nacional:"Prevención del embarazo no intencional en la adolescencia", en el marco del Programa de Educación Sexual Integral. Aprueba el dispositivo de formación docente continua presencial, que como anexo forma parte de la presente medida. El dispositivo de formación para la campaña Nacional: La disminución del "El embarazo no intencional en la adolescencia: su abordaje desde la escuela secundaria" tiene como objetivo general profundizar la formación docente en Educación Sexual Integral fortaleciendo el abordaje integral de los derechos sexuales y reproductivos en general y de los métodos anticonceptivos en particular. |
48 | Ley Relacionada con Resolución N° 2807/20 | 5182 | 2016 | Créase en el ámbito de la Secretaría de Estado de Trabajo la Comisión Tripartita para la Igualdad de Oportunidades-Género, como espacio de interacción entre los sectores gubernamental, sindical y empleador, para fortalecer la concertación y el diálogo sobre la igualdad de oportunidades en el mundo laboral y las prácticas democráticas de los actores e instituciones vinculados a la esfera del trabajo, y también como ámbito para la evaluación de políticas a favor de la equidad de género. |
47 | Ley | 5115 | 2016 | Se crea en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro, el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual en adelante (ReProCoInS), el que contiene la información provincial y nacional de condenados por delitos tipificados en el Libro Segundo, Título III, Capítulo II del Código Penal (Delitos contra la Integridad Sexual). |
46 | Decreto Nac. | 903 | 2015 | Se Reglamenta artículo 11 de la Ley N° 26.743 sobre el derecho de todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa. |
45 | Decreto Nac. | 111 | 2015 | Aprueba la reglamentación de la Ley Nº 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, y su modificatoria Nº 26.842, que como ANEXO forma parte integrante del presente. |
44 | Decreto Provincia de RN | 278 | 2015 | Decreto Nº 278/2015 - Firmado el 22/12/2015 - Gobernador Alberto Eduardo WERETILNECK Aprobar la Estructura Organizativa de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Provincia de Rio Negro y del Comité Ejecutivo del Programa de Rio Negro Emergencia conformada por el Manual de Misiones y Funciones. Carácter de la Norma: INTERES GENERAL Estado: Normal (Vigente) Firmado el 22/12/2015 Publicado en el Boletín Oficial del 21/01/2016 Pag.: 4 Entrada en vigencia el 29/01/2016 Autor/es: PODER EJECUTIVO |
43 | Decreto Provincia de RN | 123 | 2015 | Decreto Nº 123/2015 - Firmado el 26/02/2015 - Gobernador Alberto Eduardo WERETILNECK Crease el Programa "Rio Negro Emergencias" bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia. Carácter de la Norma: INTERES GENERAL Estado: Normal (Vigente) Firmado el 26/02/2015 Publicado en el Boletín Oficial del 19/03/2015 Pag.: 1 Entrada en vigencia el 27/03/2015 Autor/es: PODER EJECUTIVO |
42 | Ley Reglamentada por Resolución N° 471/16 | 5086 | 2015 | Se establece un Régimen de Licencia Especial con goce de haberes para agentes públicos del género femenino, que se desempeñan en el ámbito del sector público provincial (artículo 2º de la ley provincial H nº 3186) y que sean víctimas de hechos de violencia de género. Definición A los efectos de la presente se entiende por violencia de género a toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial de la mujer, como así también su seguridad personal, quedando comprendidas en la presente definición las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta a los efectos de esta ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón, conforme lo dispone la ley provincial D nº 4650. |
41 | Ley Nacional | 27234 | 2015 | La presente ley establece las bases para que en todos los establecimientos educativos del país, públicos o privados, de nivel primario, secundario y terciario se realice la jornada “Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género” con el objetivo de que los alumnos, las alumnas y docentes desarrollen y afiancen actitudes, saberes, valores y prácticas que contribuyan a prevenir y erradicar la violencia de género. A los fines de esta ley se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la ley 26.485 . De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1°, el Poder Ejecutivo nacional a través de los organismos que correspondan, realizará la jornada, al menos una (1) vez durante el ciclo lectivo. |
40 | Ley Nacional Modificado Por Decreto Nacional N° 744/21 | 27210 | 2015 | Violencia de Género Crea el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género en el ámbito del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, el que tendrá como misión garantizar el acceso a la justicia de las personas víctimas de violencia de género en consonancia con las prescripciones de la Ley N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales, y hacer efectivo el ejercicio y goce de los derechos consagrados en esta y otras normas relacionadas con la problemática. |