19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
7Ley 431958

Acéptase la donación del lote número 6 de la quinta nº 16 de Cipolletti ofrecida por el Municipio de dicha localidad a la Provincia de Río Negro. Destínase la fracción de tierra a que se refiere el artículo anterior para la construcción del edificio de una Escuela Primaria Provincial.

6Ley 341958

Créase en la ciudad de San Carlos de Bariloche, la Escuela Primaria Provincial nº 1 (uno), que llevará el nombre de "Juan Ramón Jiménez". El Poder Ejecutivo convendrá con la Comisión Vecinal de la Escuela particular existente en el Barrio Francisco Lera, la transferencia a la Provincia de la Escuela a su cargo, con todos sus bienes.

5Ley 301958

En la ciudad de San Carlos de Bariloche, creánse cursos nocturnos industriales y comerciales, a partir del próximo período lectivo 1959 iniciándose cada uno oportunamente, con el primer año, e incorporando los siguientes a medida que transcurran los sucesivos períodos lectivos. Hasta tanto el orden educacional de la Provincia, cuente, con su propio sistema de planes y programas de estudio, exámenes y promociones, se adecuará lo que para tales cursos rige en el orden nacional. Dictándose desde el primer período indicado en el artículo anterior, el curso de Construcciones de Obras, continuando, según las necesidades, y requerimientos con el establecimiento de los cursos de las demás especialidades correspondientes a las ramas de la enseñanza a que el mismo artículo se refiere.

4Ley 241958

Créase el Colegio Secundario Provincial de Bachilleres en Río Colorado, sobre la base del Instituto Mixto de Enseñanza que con carácter de adscripto funciona en dicha localidad.

Mientras la Provincia no haya dictado sus propios planes y programas de estudios, reglamentos, régimen de exámenes, calificaciones y promoción, estarán en vigencia los de la Nación.

3Ley 231958

Determina la instalación en los lugares más convenientes de dieciséis  Escuelas Hogares para niños de ambos sexos, hijos de campesinos o de trabajadores rurales o urbanos. Establece procedimientos, programas, inspección y denominación de la primera Escuela Hogar. En las Escuelas Hogares se impartirá instrucción y educación a niños de  ambos sexos de 6 a 14 años. Establece un orden de preferencia para la inscripción de los alumnos. Establece  categorías urbanas y rurales.  Define que la primera Escuela Hogar que se habilite llevará el nombre de “El Marucho”.

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

Determina la instalación en los lugares más convenientes de dieciséis  Escuelas Hogares para niños de ambos sexos, hijos de campesinos o de trabajadores rurales o urbanos. Establece procedimientos, programas, inspección y denominación de la primera Escuela Hogar. En las Escuelas Hogares se impartirá instrucción y educación a niños de  ambos sexos de 6 a 14 años. Establece un orden de preferencia para la inscripción de los alumnos. Establece  categorías urbanas y rurales.  Define que la primera Escuela Hogar que se habilite llevará el nombre de “El Marucho”.

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

2Ley 201958

A partir del curso lectivo del año 1959, créanse cursos comerciales nocturnos en las localidades de General Roca, Viedma, Villa Regina y Cipolletti.  Los cursos a crearse serán los correspondientes al primer año en la rama de la enseñanza mencionada en el artículo 1º, aumentando progresivamente a medida que transcurran los sucesivos períodos lectivos.

1Ley 61958

El Poder Ejecutivo realizará un Censo General de la Provincia, abarcando todos sus aspectos humanos, patrimoniales, económicos, sociales, etcétera, comprendiendo sus diversas manifestaciones, actividades y posibilidades.

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