10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
| Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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| 11 | Ley Anulada | 3800 | 2003 | Incorpora a la ley Nº   3691  Histórica- Caducidad según Digesto Provincial, por Ley   4270   |  
| 10 | Ley | 25673 | 2002 | 
 Crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable en el ámbito del Ministerio de Salud. Serán objetivos de este programa: a) Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia;b) Disminuir la morbimortalidad materno-infantil; c) Prevenir embarazos no deseados; d) Promover la salud sexual de los adolescentes; e) Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de vih/sida y patologías genital y mamarias; f) Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable;g) Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.  |  
| 9 | Ley Modificado por Ley 3800 y Ley N° 4566 | 3691 | 2002 | El embarazo, la maternidad y la paternidad no podrán constituir impedimento para ingresar y/o permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Se establecen licencias especiales. 
 
 TEXTO UNIFICADO (con las Leyes que la modificaron)  |  
| 8 | Ley Anulada | 3450 | 2000 | Crea en el ámbito del Poder Ejecutivo el Programa Provincial de Salud Reproductiva y Sexualidad Humana el que será ejecutado en forma conjunta por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social y el Ministerio de Educación y Cultura. Histórica- Caducidad según Digesto Provincial, por Ley   4270   |  
| 7 | Ley | 3157 | 1997 | De prevención, control y asistencia integral de las enfermedades de transmisión sexual. Salud Pública :TEXTO DEFINITIVO, según ley   4270   |  
| 6 | Ley Modificado por Ley N° 4705 | 3059 | 1996 | Crea el Programa Provincial de Salud Reproductiva y sexualidadHumana, destinado a la población en general. Salud Pública :TEXTO DEFINITIVO, según ley   4270  
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| 5 | Ley | 3040 | 1996 | Sobre atención integral de la violencia familiar. Derechos Sociales: TEXTO DEFINITIVO, según ley   4270  
 
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| 4 | Ley Nacional | 24632 | 1996 | 
 Aprueba la CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER —"CONVENCION DE BELEM DO PARA"—, suscripta en Belem do Pará —REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL—, el 9 de junio de 1994, que consta de VEINTICINCO (25) artículos, cuyo texto forma parte de la presente ley.  |  
| 3 | Ley Nacional | 24417 | 1994 | Toda persona que sufriese lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de alguno de los integrantes del grupo familiar podrá denunciar estos hechos en forma verbal o escrita ante el juez con competencia en asuntos de familia y solicitar medidas cautelares conexas. A los efectos de esta ley se entiende por grupo familiar el originado en el matrimonio o en las uniones de hecho.  |  
| 2 | Ley | 2602 | 1993 | Crea en la órbita del Consejo Provincial de Educación, la Comisión Intersectorialpara el abordaje e implementación en el ámbito educativo de la temática relacionada con la sexualidad humana.- Institucionales:TEXTO DEFINITIVO, según ley   4270   |  
| 1 | Ley | 23179 | 1985 | APROBACION DE LACONVENCION SOBRE ELIMINACION DE LA DISCRIMINACION DE LA MUJER. Artículos 5º-10º-14º BUENOS AIRES, 8 DE MAYO DE 1985- BOLETIN OFICIAL, 3 DE JUNIO DE 1985. 
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 el artículo 6º, el que quedará redactado de la siguiente forma:“Artículo 6º: El texto de la presente ley deberá ser exhibido públicamente en todos los establecimientos educativos provincialesde todos los niveles. Asimismo, los responsables de la administración de dichos establecimientos, deberán instrumentar los mecanismos necesarios para que los alumnos tomen conocimiento del contenido de esta norma”. 




