10.15 LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - VIOLENCIA DE GÉNERO-POLÍTICAS DE GÉNERO-
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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95 | Decreto provincial | 184 | 2021 | Aprueba el Convenio Marco de Cooperación suscripto el día 24 de agosto del 2020 entre GROOMING ARGENTINA y la Provincia de Río Negro, que como Anexo I forma parte del presente Decreto. |
94 | Ley | 5553 | 2021 | Programa Provincial de Información, Concientización y Prevención del Grooming Modifica en la Ley 4986 |
93 | Ley | 5528 | 2021 | Establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, conforme las disposiciones de la ley nacional nº 27499 “Ley Micaela”, para la totalidad de las autoridades y del personal que se desempeñe en las entidades deportivas de la Provincia de Río Negro. |
92 | Ley | 5518 | 2021 | Se crea en el ámbito de la Legislatura de Río Negro, la Comisión Interpoderes de diseño y elaboración del Digesto Normativo de Género, con la finalidad de: a) Recopilar, unificar y clasificar sistemáticamente la totalidad de la normativa vigente de orden internacional, nacional, provincial y jurisprudencial inherente a la temática de Género. b) Propiciar el conocimiento de dicha normativa y brindar herramientas para su efectivo cumplimiento, promoviendo activamente su fácil acceso a través de su digitalización y difusión de las mismas. |
91 | Ley | 5509 | 2021 | Se modifican los artículos 109 y 110 del Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro –ley n° 5020 |
90 | Ley | 5507 | 2021 | Modifica el artículo 1º de la ley nº 5248 |
89 | Ley Nacional | 27636 | 2021 | Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero Diana Sacayán Lohana Berkins, identidad de género, transexualidad, travestis, transgénero, educación, discriminación, cupo laboral, cupo laboral trans, Administración Pública Nacional, Estado Nacional, Derecho civil, Derecho administrativo, Cultura y educación, Derechos humanos, Derecho constitucional. |
88 | Ley Nacional | 27635 | 2021 | Identidad de género, Comunicaciones, medios de comunicación, radiodifusión, ley de servicios de comunicación audiovisual, igualdad de oportunidades, Derecho civil, Derecho laboral. La presente tiene como objeto promover la equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual en los servicios de comunicación, cualquiera sea la plataforma utilizada. |
87 | Ley Nacional Reglamentada por Decreto Nacional N° 515/21 | 27611 | 2021 | La presente ley tiene por objeto fortalecer el cuidado integral de la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, y de sus hijos e hijas, con el fin de reducir la mortalidad, la mal nutrición y la desnutrición, proteger y estimular los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional y la salud de manera integral, y prevenir la violencia. |
86 | Ley Nacional Reglamentada por Decreto Nacional N°516/21 | 27610 | 2021 |
La presente ley tiene por objeto regular el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y a fin de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible. Art. 13.- Educación sexual integral y salud sexual y reproductiva. El Estado nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios tienen la responsabilidad de implementar la ley 26.150 Estas políticas deberán estar enmarcadas en los objetivos y alcances establecidos en las leyes 23.798, 25.673, 26.061, 26.075, 26.130, 26.150, 26.206, 26.485, 26.743 y 27.499, además de las leyes ya citadas en la presente ley. Deberán, además, capacitar sobre perspectiva de género y diversidad sexual a los y las docentes y a los y las profesionales y demás trabajadores y trabajadoras de la salud, a fin de brindar atención, contención y seguimiento adecuados a quienes soliciten realizar una interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley, así como a los funcionarios públicos y las funcionarias públicas que actúen en dichos procesos.
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85 | Resolución | 2337 | 2021 | DESIGNA a partir del 01 de marzo de 2021 y hasta el 31 de marzo del mismo año, para desempeñarse como consultores del Equipo Técnico del Programa Educación Sexual Integral, a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución. |
84 | Resolución | 1789 | 2021 | Ministerio de Educación de la Nación Crea el “OBSERVATORIO FEDERAL DE LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL”, cuyos objetivos serán: a. Conocer el estado de implementación de la Ley Nacional 26.150 b. Identificar los obstáculos, las prácticas de enseñanza y los aprendizajes vinculados a la implementación de la Ley Nacional 26.150 c. Fortalecer el sistema de monitoreo federal a partir del relevamiento de información cualitativa y cuantitativa que contribuya al proceso de toma de decisiones a nivel de las políticas públicas y la implementación de la Ley Nacional 26.150 d. Difundir los resultados de los relevamientos desarrollados en relación a la implementación de la Ley Nacional 26.150 e. Aportar orientaciones y líneas estratégicas para el desarrollo de campañas de difusión masivas destinada a la población general y a sectores específicos (medios de comunicación, establecimientos educativos). |
83 | Resolución | 521 | 2021 | Programa de Fortalecimiento de Políticas Locales de Género y Diversidad “ConsolidaRNos”
Aprueba el Programa de Fortalecimiento de Políticas Locales de Género y Diversidad “ConsolidaRNos”, el que como Anexo I forma parte integrante del presente. Dispone la implementación y aplicación del mencionado Programa a través del Ministerio de Gobierno y Comunidad de la Provincia de Río Negro. Faculta al Ministerio de Gobierno y Comunidad a dictar todas las normas complementarias, interpretativas y operativas que resulten necesarias para la implementación del Programa de Fortalecimiento de Políticas Locales de Género y Diversidad “ConsolidaRNos”, a suscribir Convenios con los Municipios en el marco del mencionado Programa y a otorgar asistencia financiera a los adherentes a través de subsidios. |
82 | Resolución | 318 | 2021 | IPROSS Aprueba el Programa Prevención Salud Sexual y Reproductiva IPROSS y sus Anexos I ,II y III que forma parte de la presente. |
81 | Resolución | 286 | 2021 | Ministerio de Trabajo y Seguridad Social El prefijo utilizado en la conformación de los nuevos números del Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) de las personas humanas, sea 20, 23, 24 o 27 o los que en el futuro se determinen, a partir de la vigencia de la presente, se asignará de forma aleatoria, siendo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género. Las personas a quienes se les hubiera asignado un número de C.U.I.L. con anterioridad a la vigencia de la presente, y que se encuentren amparadas por la Ley de Identidad de Género N° 26.743, podrán solicitar un nuevo número de C.U.I.L. por única vez, el que será otorgado conforme lo establecido en el artículo 1° de la presente. La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) adecuará los sistemas informáticos para que los mismos asignen de forma aleatoria el prefijo citado en el Artículo 1°; así como también, modificará la normativa vigente en la materia. Entrará en vigencia a los CIENTO OCHENTA (180) días de la publicación de la misma en el Boletín Oficial y lo dispuesto en el artículo 2° una vez que los organismos enunciados en el artículo 3° determinen los procedimientos y plazos de su implementación. |
80 | Resolución | 48 | 2021 | MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Crea el SISTEMA INTEGRADO DE CASOS DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO (SICVG) en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN, SEGUIMIENTO Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD con el objetivo de sistematizar la información disponible sobre casos de violencia por motivos de género y de constituir una herramienta de consulta y seguimiento que permita el diseño de políticas públicas sobre un sustento empírico del fenómeno de la violencia a nivel nacional.
Aprueba los “Lineamientos generales del SISTEMA INTEGRADO DE CASOS DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO (SICVG)” que forma parte integrante de la presente medida.
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