Numero de la legislacion :
4356
Modifica el artículo 219 de la ley P n° 4142, Código Procesal, Civil y Comercial de la Provincia de Río Negro, el que queda redactado de la siguiente manera: “Bienes inembargables
4) Sobre las contribuciones a obra social y sobre aportes sindicales efectuados por los trabajadores. 5) Sobre los bienes inmuebles propiedad de los sindicatos y/o asociaciones sindicales con personería gremial que desarrollen actividades en la Provincia de Río Negro, destinados a la sede social de los mismos. 6) Sobre los fondos comunes creados por contribuciones solidarias de los trabajadores en los términos del artículo 9º de la ley nº 14.250 hasta el porcentaje convenido en cada convenio específico”.