Numero de la legislacion :
5051
Tipo de Legislacion:
Resolución
La presente ley tiene por objeto regular la Equinoterapia como actividad terapéutica de habilitación y rehabilitación para personas que requieran estos servicios.
A los efectos de la presente ley, se definen los siguientes términos:
a) Equinoterapia: Disciplina integral y complementaria de las terapias médicas tradicionales para la habilitación y rehabilitación de personas mediante el uso de un caballo apto, certificado y debidamente entrenado, realizada por personas profesionalmente capacitadas y en lugares destinados para este fin.