Ley 5224 del año 2017
Numero de la legislacion :
5224
Tipo de Legislacion:
Ley
Año:
2017 Se incorpora el inciso h) al artículo 50 de la ley D n° 2055 “Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad. Consejo Provincial de Personas con Discapacidad. Creación”, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“h) Balnearios: Todos los balnearios de la provincia deberán contar con al menos una silla anfibia para su uso gratuito por parte de personas con alguna discapacidad motriz, permanente o transitoria, debiendo disponer además de cartelería indicativa donde se especifique la existencia del servicio, sus condiciones de uso y contar con personal capacitado
en el uso de la misma”.
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Ley 5224 (Educ Especial).pdf | 79.84 KB |