11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
239Resolución 9072012

DEROGA  en todos sus términos las Resoluciones Nº 3329/11 y 898/12 y SUSTITUYE el Artículo 31º de la Resolución Nº 1080/92 (TO Resolución Nº 100/95), el que quedará redactado de acuerdo a lo que se detalla en la presente.

 

CUADRO COMPARATIVO DEL PROCESO DE LAS RESOLUCIONES 1080/92-3329/11-898/12 – 907/12

238Resolución Anulada por Resolución N° 907/12 8982012

DEJA  SIN EFECTO en todos sus términos la Resolución N° 3329/11. SUSTITUYE  el Artículo 31° de la Resolución N° 1080/92 TO 100/95, el que quedará redactado de acuerdo a lo que se detalla en el artículo 2° de la presente resolución.

237Resolución 3152012

DETERMINA que los Trabajadores de la Educación que se encuentren usufructuando licencia por accidente de trabajo podrán hacer reserva de nuevos cargos u horas cátedra, según la normativa vigente, hasta la finalización del año escolar en el que hizo la reserva. La  reserva de cargos u horas cátedras determinada por el artículo 1º de la presente resolución, no implica alta, toma de posesión ni derecho a percepción de haberes.

Las autoridades correspondientes de los establecimientos escolares dejarán consignado en las planillas de información mensual la reserva del cargo u horas y el límite de fecha para la toma efectiva de posesión, al solo efecto de que la planilla refleje la realidad institucional. Si  la Junta Médica de la ART otorga el alta médica que le permita al trabajador desempeñar efectivamente los cargos u horas reservados, el docente deberá tomar posesión en forma inmediata.

FIJA además  que el trabajador que no haya obtenido el alta médica antes de la finalización del año escolar en el que hizo la correspondiente reserva, perderá automáticamente todo derecho sobre los cargos u horas reservados y no podrá realizar nuevas reservas de cargos u horas cátedra hasta la finalización de la licencias por accidente de trabajo.

236Resolución Modificado por Resolución N° 2953/12 y Resoluciones N° 3977/15 y N° 4144/15 1912012

AMPLIA  en las Resoluciones Nº 1080/92 -t.o. Nº 100/95- Capítulo III – De la Clasificación- Punto 18:

Los docentes que obtuvieran cargos por Concurso de Ascenso, Movimiento de Traslado, Acrecentamiento, Acumulación, Reincorporación y los docentes ubicados en el establecimiento en forma definitiva por disponibilidad, serán agregados en las nóminas a partir de la fecha en que tomen posesión con la clasificación que corresponda.

235Resolución Anulada por Resolución N° 1480/12 1902012

ESTABLECE, por única vez, en función de los considerandos de la presente, que los docentes que han obtenido cargo directivo en los Concursos de Ascenso Nº 35 de Nivel Medio y Nº 57 de Nivel Inicial y Primario, y se encuentren usufructuando licencia Art. 14º - Reglamento de Licencias – Resolución Nº 233/P/98, y/o los relevados de sus funciones, todos cumpliendo funciones dentro de la estructura del Ministerio de Educación, Consejo Provincial de Educación, tendrán la toma de posesión automática en el establecimiento de destino, sin el requisito de la toma de posesión efectiva en el cargo obtenido. DETERMINA  que la toma de posesión autorizada por la presente resolución implica el desplazamiento del docente que está ocupando el cargo, y que ante la simultánea solicitud de licencia se deberá designar el suplente según el listado emitido por la Junta de Clasificación del nivel y año escolar correspondiente a la toma de posesión.

234Resolución 1892012

ESTABLECE el día 07 de Febrero de 2012 como fecha de presentación para los docentes que obtuvieron cargos por Concurso de Ascenso en los Establecimientos pertenecientes al período Septiembre-Mayo; FIJA las fechas de presentación para personal que se desempeña en los Institutos de Educación Superior; UNIFICA la fecha de presentación del personal docente y de inicio de actividades en los Jardines Maternales y de Infantes; RECTIFICA el Anexo I de la Resolución Nº 72/11.

ESTABLECE  que el alta de los docentes que acceden a cargos u horas en las Asambleas Presenciales de interinatos y suplencias será la del día de la designación correspondiente (Artículo 5°).

233Resolución Anulada por Resolución N° 898/12 y N° 907/12 33292011

INCLUYE en el marco de la Resolución 1080/92 (TO Resolución N° 100/95) punto 31, Inciso a) El siguiente párrafo: “por docentes titulares que hayan aprobado los concursos de ascensos respectivos”.

INCORPORAR, en el punto y norma citada - inciso b punto 2- , el párrafo “por docentes titulares que hayan aprobado los concursos de ascensos respectivos” y produce  el corrimiento de los ítems enumerados. MODIFICA  las numeraciones del punto 31 incisos c) y d).

232Resolución 32402011

POSTERGA  el llamado al Segundo Movimiento del Año 2011, destinado a Traslados Definitivos y Reincorporaciones de horas cátedra y cargos vacantes en establecimientos de Nivel Medio, hasta el llamado correspondiente al primer movimiento del año  2012, en virtud de los considerandos expuestos. DETERMINA  que las vacantes de horas cátedra y cargos de Nivel Medio, correspondientes al período 01/04/11 al 30/09/11, serán incorporadas en el primer movimiento 2012 que oportunamente se establezca por Calendario Escolar 2012-2013.

231Resolución 30662011

DAR DE BAJA el Artículo Nº 1 de la Resolución Nº 2555/11. INCREMENTA, a partir de la presente hasta el 31/12/11 en el CEM Nº 5 de Cipolletti, las horas cátedra destinadas al Dispositivo de Atención Domiciliaria, para el alumno – aprobado por Resolución N° 1079/11.

230Resolución 30602011

CREA  el cargo de Referente Institucional TICs, en los términos de la Resolución Nº 21/07, con una carga horaria al turno escolar completo y equivalencia presupuestaria de 1250 puntos ( Decreto 1095/92 Buscar ley) en los Establecimientos de Nivel Medio que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente.

229Resolución 30592011

CREA el cargo de Referente Institucional TICs, en los términos de la Resolución N° 21/07, con una carga horaria al turno escolar completo y equivalencia  presupuestaria de 1250 puntos en los Establecimientos de Nivel Medio que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente.

228Resolución 30582011

CREA  a partir de la presente resolución, el cargo de Referente Institucional TICs, en los términos de la Resolución N° 21/07, con una carga horaria al turno escolar, equivalencia presupuestaria a 1380 puntos (un Cargo de Auxiliar Con Dedicación Simple Superior-12  Hs), según el siguiente detalle:

Instituto de Formación Docente Continua San Carlos de Bariloche 1 cargo  Instituto de Formación Docente de Educación Fisica Viedma

1 cargo

Instituto de Formación Docente Continua San Antonio Oeste

1 cargo

227Resolución Derogada Por Resolución 703/13, se suprimen los cargos de Maestro/a de Fortalecimiento de Trayectorias Escolares. Por Resolución n° 4483/15 30422011

APRUEBA  el Proyecto “Fortalecimiento de las Trayectorias Escolares para el Nivel Primario”, que como Anexo I forman parte de la presente.

CREA  los cargos de Maestro/a de Fortalecimiento de las trayectorias Escolares en los Establecimientos que cumplen con las condiciones establecidas en el Proyecto aprobado en el artículo 1º y que figuran en el Anexo II de la presente.-

CONDICIONES QUE DEBE REUNIR:

Se designara el cargo, en orden de prelación, a saber:

_ Maestro/ a de Grado Titular de la institución.

_ Maestro/a de Grado Interino.

_ Maestro/a de Grado Suplente.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

·         El Supervisor y el Equipo Directivo establecerán quienes son los docentes que reúnen las condiciones para ocupar el cargo.

·         Los docentes y el Equipo Escolar seleccionarán uno entre aquellos que reúnan las condiciones y esté interesados. Cuando la institución funciona en ambos turnos se podrá seleccionar uno para cada turno. La cantidad de docentes seleccionados dependerá del número de secciones que tenga en cada turno.

·         La institución dejará sentado todo el procedimiento de selección realizado en acta.

·         La designación será hasta el 31 de diciembre de cada año, enmarcada en el presente Proyecto y por Disposición interna de la Supervisión correspondiente.

226Resolución 24032011

CREA el cargo de Referente Institucional TICs, en los términos de la Resolución Nº 21/07, con una carga horaria correspondiente al turno escolar completo y equivalencia presupuestaria de 1250 puntos ( Decreto 1095/92 Buscar ley) en los Establecimientos de Nivel Medio que se detallan en el Anexo I de la presente.  ESTABLECE que a partir de la presente norma, y previo al inicio del  proceso de convocatoria, selección de proyectos y designaciones correspondientes las Instituciones involucradas, a través de las Supervisiones Escolares, deberán remitir a la Unidad Técnica de TICS de la Dirección General de Programación Educativa los proyectos institucionales para inclusión de las TICs actualizados. DETERMINA que la cobertura de estos cargos deberá realizarse de acuerdo al procedimiento definido por la Resolución 21/07.

225Resolución 19612011

APRUEBA el “Dispositivo de Atención Pedagógica Domiciliaria” destinado a un estudiante del CEM Nº 9 de General Roca y que como Anexo I forma parte de la presente resolución. CREA a partir del 13 de junio al 23 de diciembre de 2011 en el CEM Nº 9, diez (10) horas cátedra que comprende las horas de clases y las horas institucionales necesarias para la implementación de la propuesta educativa aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución.

224Resolución Acompañamiento Primer Año- Relacionada con Resoluciones N° 16/07, 375/07 y 561/08; 962/09; 818/10, 823/10 14942011

LIMITA, a partir del Ciclo escolar 2011, la implementación del Programa de Acompañamiento al Alumno de Primer Año, en los Centros de Educación Media - Plan de Estudios Res. Nº 783/81, por los considerandos expuestos. AUTORIZA  la continuidad del “Programa de Acompañamiento al Alumno de Primer año “como experiencia educativa para el Ciclo Escolar 2011 para los Centros de Educación Técnica que adhirieron y evaluaron el programa durante el ciclo lectivo 2010, según consta en el Anexo I de la presente norma.

© Legislación educativa de Río Negro es un proyecto de Héctor L. Roncallo y se encuentra protegido por la Ley 11.723 (Ley de Propiedad Intelectual) y por el decreto 165/94 (Protección del software y base de datos). El autor no se hace responsable por aquellos cambios en la Legislación que pudieran surgir entre los períodos de modificación de datos. Los enlaces externos son responsabilidad de sus respectivos autores.