10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional

Resolución 3 del año 2007

Numero de la legislacion : 
3
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

C.F.E- Establece que, a partir del 9 de abril y hasta el 30 de septiembre de 2007, las Universidades Nacionales podrán inscribir sus instituciones de educación técnico profesional de nivel secundario y de nivel superior, así como presentar los planes de mejora institucionales propuestos para ser financiados con los recursos previstos en el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional,presentando la documentación pertinente ante el Instituto Nacional de Educación Tecnológica – INET. Establece que las líneas de acción a ser comprometidas en los planes de mejora institucionales son las relativas a: equipamiento de talleres, laboratorios, espacios productivos y proyectos institucionales, condiciones de higiene y seguridad en talleres, laboratorios y espacios productivos en que se desarrollan las prácticas pre-profesionales y profesionalizantes, acondicionamiento edilicio y bibliotecas híbridas técnicas especializadas. Establecer que, para esta operatoria, son de aplicación los puntos 10, 11 (a. y b.), 14, 16, 18, 19, 22, 24, 26, 27, 28, 29 (parte pertinente), 31, 40 (e, f, g, i), 43, 46 (e, g –parte pertinente), 47 (partes pertinentes) y 48 (partes pertinentes) del documento “Mejora Continua de la Calidad de la Educación Técnico Profesional-2007”, aprobado por Resolución del CFCy E N° 269/06.

Resolución 13 del año 2007

Numero de la legislacion : 
13
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

Consejo Federal de Educación-Aprueba el Documento “Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional”, que se agrega como anexo y forma parte de la presente resolución. Se establece con el acuerdo del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, los criterios básicos de los títulos técnicos y técnicos superiores y los certificados de formación profesional que son de interés público por poner en riesgo la salud de las personas, los bienes y el ambiente. Habiendo cumplimentado una significativa etapa de trabajo conjunto entre el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, la COMISIÓN FEDERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL y el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN, TRABAJO Y PRODUCCIÓN, cuyos resultados se expresan en el Documento “Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional”.

Resolución 14 del año 2007

Numero de la legislacion : 
14
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

Consejo Federal de Educación- Aprueba para la discusión, conforme lo establecido por el artículo 10º del Reglamento de Funcionamiento aprobado por Resolución CFE Nº 1/07, el Documento“Lineamientos y criterios para organización institucional y curricular de la educación técnico profesional, correspondiente a la educación secundaria y la educación superior”, que se agrega como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Resolución 18 del año 2007

Numero de la legislacion : 
18
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN- Aprueba el documento “Acuerdos Generales sobre Educación Obligatoria”, cuyos Anexos I y II forman parte de la presente Resolución. Establece pautas generales para la educación obligatoria, en el ANEXO Ireferidas a certificaciones, equivalencias de estudios, movilidad de alumnos y acreditación de estudios, aprobación y modificación de planes y pautas básicas para la adecuación a la Ley de Educación Nacional de los establecimientos educativos, privados y estatales de todo el país que imparten estudios de la escolaridad obligatoria, indispensables para resguardar los derechos de los alumnos y la cohesión del sistema educativo nacional. Se pautan en el ANEXO II, DATOS BÁSICOS INDISPENSABLES QUE DEBERÁN CONTENER LOS TÍTULOS Y CERTIFICACIONES DE ESTUDIOS.

Resolución 1784 del año 2007

Numero de la legislacion : 
1784
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

Aprueba el proceso de capacitación para los docentes de las Escuelas de Nivel Medio de la Provincia de Río Negro, a través del SUB-PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓNpara ESCUELAS TÉCNICAS INDUSTRIALES, AGRARIAS y CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONALcon el fin de brindar herramientas teóricas para la TRANSFORMACIÓN DE LAESCUELA SECUNDARIA.ESTABLECE que la actualización aprobada, que se declara de Interés Educativo en el marco de la Resolución N° 566/07,se encuadra en los anexos que se detallan: ANEXO I : Constitución de la Comisión de Capacitación ANEXO II: Términos de Referencia para los Coordinadores de la actualización ANEXO III: Circuitos y encuadre de Capacitación ANEXO IV: Sedes y fechas de la capacitación

Resolución 25 del año 2007

Numero de la legislacion : 
25
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN- Aprueba los documentos de los marcos de referencia para la formación profesional de Apicultor, Asistente Apícola y Operario Apícola, que se agregan como ANEXO I, ANEXO IIy ANEXO IIIrespectivamente, y que forman parte de la presente Resolución.

Resolución 36 del año 2007

Numero de la legislacion : 
36
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2007

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN - aprueba los documentos de los marcos de referencia para la formación profesional de Auxiliar Mecánico de Motores Nafteros, Auxiliar Mecánico de Motores Diesel y Operador de Informática para Administración y Gestión, que se agregan como Anexos I, II, III, respectivamente, y que forman parte de la presente Resolución. Aclarando que los marcos de referencia, en tanto instrumentos para la definición de las ofertas formativas y la homologación de títulos y certificados de la Educación Técnico Profesional, no constituyen planes de estudio y deben operar en el ámbito de las carteras educativas jurisdiccionales, tal como lo señala el artículo 25° de la Ley de Educación Técnico Profesional.

Resolución 39 del año 2008

Numero de la legislacion : 
39
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2008

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN- Extiende hasta el 31 de diciembre de 2008 los alcances de la Resolución CFCyE Nº 269/06, de la Resolución CFE Nº 3/07 y de los convenios suscriptos entre el INET y las respectivas jurisdicciones en el marco de la Resolución CFCyE Nº 250/05.  Establece  que durante el año 2008 se llevará a cabo un proceso de evaluación y seguimiento de la implementación de los planes de mejora y de la efectividad en la ejecución de los recursos previstos en el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional, con el propósito de introducir los cambios, modificaciones y/o ajustes que resulten necesarios en los lineamientos, criterios y procedimientos indicados en el Documento “Mejora Continua de la Calidad de la Educación Técnico Profesional -2007”, así como en el coeficiente de distribución del Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional, para el período 2009 en adelante.

Decreto Nac. 144 del año 2008

Numero de la legislacion : 
144
Tipo de Legislacion: 
Decreto Nac.
Año: 
2008

Otorga, para la cohorte 2008, validez nacional a los títulos y  certificaciones que emitan instituciones de gestión estatal y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a estudios presenciales de todos los niveles y modalidades de la educación, previstos por la Ley Nº 26.206. La validez nacional deberá considerarse hasta finalizar la totalidad de la carga horaria, requisitos y condiciones. La validez nacional otorgada tendrá vigencia previa legalización de los títulos y certificaciones por la autoridad educativa competente de la jurisdicción, la que deberá certificar: a) La aprobación por parte de la autoridad educativa jurisdiccional del diseño curricular y/o el plan de estudios. b) La inscripción en el Registro del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, bajo los requisitos establecidos a estos efectos por el MINISTERIO DE EDUCACION, para los estudios de Formación Docente. c) El reconocimiento jurisdiccional expreso de las instituciones, para el caso de la Educación Técnico Profesional. Establece que los títulos y certificaciones que legalice la autoridad de la jurisdicción  deberán expresar en su cuerpo la normativa jurisdiccional que aprueba su plan de estudios y que la validez nacional fue otorgada por el presente decreto.  Para la Formación Docente, deberá consignarse, además, la identificación de inscripción en el Registro del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. A partir de la cohorte 2009, la validez nacional de los títulos y certificaciones que emitan instituciones de gestión estatal y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, jurisdiccionales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a estudios presenciales de Educación Inicial, de Educación Primaria y de Educación Secundaria, será otorgada, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:  a) La aprobación por parte de la autoridad educativa jurisdiccional del diseño curricular y/o el plan de estudios. b) La inclusión en el diseño curricular de los contenidos curriculares comunes y/o los núcleos de aprendizaje prioritarios correspondientes al nivel y a los años de escolaridad obligatoria, definidos por el MINISTERIO DE EDUCACION, en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, y los que se definan en el marco de la Ley de Educación Nacional. c) La escolaridad cumplida, respetando la opción de estructura de niveles primario y secundario elegida por la jurisdicción, de acuerdo al artículo 134 de la Ley de Educación Nacional. Determina criterios para la validez Nacional de Títulos a partir de la cohorte 2009, para estudios presenciales y/o a distancia.

Resolución 1704 del año 1996

Numero de la legislacion : 
1704
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
1996
Incluye en el Art. 1º Resolución 2587/94 el cargo de Asesor Pedagógico en las Escuelas Transferidas por el CONET.
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