Numero de la legislacion :
106
Tipo de Legislacion:
Decreto provincial
Establece que los Agentes de la Administración Pública Provincial, Organismos Descentralizados, Entidades Autárquicas y Docentes, que revisten en cualquier carácter, como asimismo el Personal Transitorio, que fuesen proclamados candidatos a ocupar cargos electivos en las próximas elecciones del día siete (7) de Abril de 2.019, podrán solicitar licencia sin goce de haberes desde el momento de su proclamación por la Agrupación Política, y con goce de haberes desde la oficialización de la candidatura que realice la Justicia Electoral.