10.9.4 NIVEL SECUNDARIO: Educación Técnica, Agropecuaria y Centros de Formación Profesional
| Tipo | Nº | Año | Descripción | |
|---|---|---|---|---|
| 153 | Resolución | 3255 | 2011 | AUTORIZA a partir del Ciclo Lectivo 2012, en el Centro de Especialización en Asuntos Económicos Regionales de Choele Choel, la implementación de las siguientes Certificaciones, conforme a su organización institucional: Certificación de Formación Profesional Inicial “Mantenimiento de Instalaciones Agropecuarias”, aprobada por Resolución N° 3157/10. Certificación de Formación Profesional Inicial “Operador de Informática para Administración y Gestión”, aprobada por Resolución N° 2243/11. |
| 152 | Resolución Anulada POR Resolución N° 3644/11 | 3178 | 2011 |
APRUEBA, a partir de la presente el Plan de Estudios del “Ciclo Superior” de los Centros de Educación Técnica Agropecuaria e Industriales. APRUEBA, en los Centros de Educación Técnica Agropecuaria, los contenidos básicos de los espacios curriculares y de los Sistemas Didácticos Productivos, que como Anexo I forma parte de la presente resolución. APRUEBA en todos los Centros de Educación Técnica Industrial los contenidos básicos de las espacios curriculares y de los Talleres, que se detallan como Anexo II al VIII forman do parte de la presente resolución: ANEXO II: MAESTRO MAYOR DE OBRAS. ANEXO III: TÉCNICO EN ELECTRÓNICA. ANEXO IV: TÈCNICO EN EQUIPOS E INSTALACIONES ELECTROMECÁNICAS. ANEXO V: TÈCNICO EN ENERGÍAS RENOVABLES. ANEXO VI: TÉCNICO MECÁNICO. ANEXO VII: TÈCNICO QUÌMICO. ANEXO VIII: TÈCNICO EN TÈCNOLOGÌA DE LOS ALIMENTOS. Su aplicación tendrá vigencia para todos los Centros de Educación Técnica Industriales y Agropecuarias de Nivel Secundario. A partir de la vigencia de la presente resolución, todos los Centros de Educación Técnica que inicien el funcionamiento dentro de la Modalidad Técnica, deberán aplicar dicha norma. |
| 151 | Resolución Anulada POR Resolución N° 3644/11 | 3177 | 2011 |
APRUEBA, a partir de la presente el Plan de Estudios del “Ciclo Básico” de los Centros de Educación Técnica Industriales, Agropecuaria. APRUEBA, en los Centros de Educación Técnica Agropecuaria, los contenidos básicos de los espacios curriculares y de los Sistemas Didácticos Productivos, que como Anexo I forma parte de la presente resolución. APRUEBA, en los Centros de Educación Técnica Industrial los contenidos básicos de las espacios curriculares y de los Talleres, que como Anexo II forman parte de la presente resolución. Su aplicación tendrá vigencia para todos los Centros de Educación Técnica Industriales y Agropecuarias de Nivel Secundario. A partir de la vigencia de la presente resolución, todos los Centros de Educación Técnica que inicien el funcionamiento dentro de la Modalidad Técnica, deberán aplicar dicha norma. |
| 150 | Resolución Vinculada a Resolución N° 830/18 | 3168 | 2011 |
RECTIFICA en el Artículo 1º de la Resolución Nº 1480/09. Donde dice: “ARTICULO 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN TÉCNICA, AGROPECUARIA y PRESTADORAS DE SERVICIOS que se detallan en los siguientes Anexos que forman parte de la presente Resolución:” Debe decir: “ARTICULO 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN TÉCNICA INDUSTRIAL – TÉCNICA AGROPECUARIA, y TÉCNICA PRESTADORA DE SERVICIOS que se detallan en los siguientes Anexos que forman parte de la presente Resolución:”
INCORPORA la denominación de Centro de Educación Técnica Industrial en todos los Anexos de la Resolución Nº 1480/09, donde dice Centro de Educación Técnica. |
| 149 | Resolución | 2592 | 2011 | INCORPORA a partir de la presente a la Comisión de Trabajo ad hoc creada por Resolución Nº 2137/11 ANEXO II, a los docentes DELAVAUT, Rubén Gustavo y OTTOGALLI, Carlos. |
| 148 | Resolución | 2468 | 2011 | AUTORIZA a partir del ciclo lectivo 2011, en la localidad de Sierra Grande, la implementación de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Liquidaciones Impositivo Laborales” aprobada por Resolución N° 3158/ 10. |
| 147 | Resolución | 2464 | 2011 | AUTORIZA a partir del ciclo lectivo 2011, en el Centro de Especialización en Asuntos Económicos Regionales de Choele Choel, la implementación de los siguientes trayectos de formación: · Certificación de Formación Profesional Inicial: “Auxiliar en Producción Porcina”, aprobada por Resolución Nº 2241/ 11. · Certificación de Formación Profesional Inicial: “Asistente Apícola”, aprobada por Resolución Nº 2242/11. ESTABLECE que las mencionadas certificaciones serán implementadas en la localidad de Coronel Belisle, pudiendo desarrollarse mecanismos de articulación intersectorial para el logro de los objetivo de formación. |
| 146 | Resolución | 2463 | 2011 | AUTORIZAR a partir del ciclo lectivo 2011, al Centro Educativo de Nivel Terciario Nº 40 de la localidad de Viedma, la implementación de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Operador de Estudio Jurídico”, aprobada por Resolución N° 2239/ 11. |
| 145 | Resolución | 2462 | 2011 | AUTORIZA a partir del ciclo lectivo 2011, al Instituto Superior No Universitario de la localidad de Ingeniero Jacobacci, la implementación de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Operador en Seguridad e Higiene de Alimentos”, aprobada por Resolución N° 2240/ 11. |
| 144 | Resolución | 2461 | 2011 | AUTORIZA a partir del ciclo lectivo 2011, al Instituto Superior No Universitario de la localidad de Catriel, la implementación de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Operador de Informática para Administración y Gestión”, aprobada por Resolución N° 2243/ 11. |
| 143 | Resolución | 2352 | 2011 | AUTORIZA a partir del ciclo lectivo 2011, al Instituto de Nivel Superior No Universitario de Río Colorado – Anexo General Conesa, la implementación de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Administración de Recursos Humanos” aprobada por Resolución Nº 3159/10. |
| 142 | Resolución Implementado por Resolución N° 2464/11 | 2243 | 2011 |
APRUEBA, a partir del ciclo lectivo 2011, el Proyecto Curricular de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Operador de Informática para Administración y Gestión” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El Certificado de Formación Profesional Inicial a otorgar será: “Operador de Informática para Administración y Gestión”. Las instituciones que ofrezcan la Certificación Profesional, podrán determinar: la modalidad de las horas del cursado (semanal, quincenal, mensual, entre otros), teniendo en cuenta tanto el perfil de los destinatarios, como la organización de los docentes; garantizando en la mencionada distribución el cumplimiento efectivo de la carga horaria total del módulo correspondiente. |
| 141 | Resolución Implementado por Resolución N° 2464/11 | 2242 | 2011 |
APRUEBA, a partir del ciclo lectivo 2011, el Proyecto Curricular de la Certificación de Formación Profesional Inicial: “Asistente Apícola” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El Certificado de Formación Profesional Inicial a otorgar será: “Asistente Apícola”. Las instituciones que ofrezcan la Certificación Profesional, podrán determinar: la modalidad de las horas del cursado (semanal, quincenal, mensual, entre otros), teniendo en cuenta tanto el perfil de los destinatarios, como la organización de los docentes; garantizando en la mencionada distribución el cumplimiento efectivo de la carga horaria total del módulo correspondiente. |
| 140 | Resolución Implementado por Resolución N° 2464/11 | 2241 | 2011 |
APRUEBA, a partir del ciclo lectivo 2011, el Proyecto Curricular de la Certificación de Formación Profesional Inicial: “Auxiliar en Producción Porcina” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El Certificado de Formación Profesional Inicial a otorgar será: “Auxiliar en Producción Porcina”. Las instituciones que ofrezcan la Certificación Profesional, podrán determinar: la modalidad de las horas del cursado (semanal, quincenal, mensual, entre otros), teniendo en cuenta tanto el perfil de los destinatarios, como la organización de los docentes; garantizando en la mencionada distribución el cumplimiento efectivo de la carga horaria total del módulo correspondiente. |
| 139 | Resolución Aplicado por resolución 2462/11 | 2240 | 2011 |
APRUEBA, a partir del ciclo lectivo 2011, el Proyecto Curricular de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Operador en Seguridad e Higiene de Alimentos” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El Certificado de Formación Profesional Inicial a otorgar será: “Operador en Seguridad e Higiene de Alimentos”. Las instituciones que ofrezcan la Certificación Profesional, podrán determinar: la modalidad de las horas del cursado (semanal, quincenal, mensual, entre otros), teniendo en cuenta tanto el perfil de los destinatarios, como la organización de los docentes; garantizando en la mencionada distribución el cumplimiento efectivo de la carga horaria total del módulo correspondiente. |
| 138 | Resolución Implementado por Resolución N° 2463/11 | 2239 | 2011 |
APRUEBA, a partir del ciclo lectivo 2011, el Proyecto Curricular de la Certificación de Formación Profesional Inicial “Operador de Estudio Jurídico” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. El Certificado de Formación Profesional Inicial a otorgar será: “Operador de Estudio Jurídico”. Las instituciones que ofrezcan la Certificación Profesional, podrán determinar: la modalidad de las horas del cursado (semanal, quincenal, mensual, entre otros), teniendo en cuenta tanto el perfil de los destinatarios, como la organización de los docentes; garantizando en la mencionada distribución el cumplimiento efectivo de la carga horaria total del módulo correspondiente. |






