19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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273 | Ley | 4334 | 2008 | Crea la Comisión de Conmemoración de los Bicentenarios de la Revolución de Mayo (1810-2010) y de la Declaración de la Independencia (1816-2016) la que está integrada por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. |
272 | Ley | 4323 | 2008 | Se crea la Comisión Mixta de Derechos Humanos para la elaboración de informes y comunicaciones que deban ser elevados al Estado Nacional u Organismos Internacionales. |
271 | Ley Modificado por Ley N° 4396 | 4322 | 2008 | Crea la Comisión de Cooperación, Consulta y Asesoramiento al Rector Organizador de la Universidad Nacional de Río Negro, la que tendrá como finalidad acompañar al mismo en la tarea de formular el proyecto institucional para la implementación de las carreras que se dictarán en dicha unidad académica. La Comisión estará conformada por un (1) integrante de cada Bloque Legislativo y un (1) representante del Ministerio de Educación de la Provincia. |
270 | Ley Anulada | 4288 | 2008 | Prorroga desde su vencimiento y hasta el día 31 de diciembre de 2007, la vigencia de la emergencia del Sistema Educativo de la Provincia de Río Negro, declarada por la ley n° 3628 , en los términos allí establecidos.
Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
269 | Resolución | 4294 | 2008 | Crea en el ámbito de la Jurisdicción de la Secretaría General de la Gobernación, como organismo dependiente del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, el Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP), que tendrá por competencia atender a la formación, capacitación, especialización, y actualización de los recursos humanos de la Administración Pública Provincial y el desarrollo de estudios e investigaciones de carácter académico, sobre la temática de la gestión pública.
Texto DEFINITIVO – DIGESTO Ley CONSOLIDADA |
268 | Ley | 4277 | 2007 | Instituye el día 27 de junio de cada año como “Día de la Paz como oportunidad para detener el SIDA”, en conmemoración al día de la firma de la declaración de UNGASS en el año 2001. Incluye en el calendario escolar 2008 y en los sucesivos que emita el Ministerio de Educación, la fecha 27 de junio “Día de la Paz como oportunidad para detener el SIDA”, desarrollando acciones de promoción y prevención en la semana previa en todos los niveles de educación. Histórica- Fusión en Ley 2381 , según Digesto Provincial por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
267 | Ley | 4275 | 2007 | La Provincia de Río Negro adhiere en todos sus términos a la ley nacional N° 26.160 de Emergencia en la Posesión y Propiedad Indígena. Derechos Sociales: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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266 | Ley | 4271 | 2007 | Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente ) Sancionada el 06-12-2007 Promulgada el 21-12-2007 por Decreto Nº 360/2007 - Publicado en el Boletín Oficial del 03-01-2008 Pág.35; Entrada en vigencia el 11-01-2008 Sustituye por la presente Ley el artículo 1º, el inciso d) del artículo 2º, el artículo 8º, el inciso a) 1. del artículo 23, el inciso b) del artículo 23 , el artículo 30, el artículo 31, todos de la ley nº 2753 . Se incorpora el artículo 45 bis, artículo 64, el artículo 6° bis a la ley n° 2753 . Los recursos del Instituto para su presupuesto operativo, estarán constituidos por: Un (1) aporte mensual de todos los agentes del Estado provincial o municipal en actividad (afiliados obligatorios directos) igual al cuatro por ciento (4%) del total de las remuneraciones, sujetas a aportes, excluidas las asignaciones familiares. Un (1) aporte mensual de todos los pensionados y retirados policiales comprendidos en el régimen de retiro previsto en el Título X de la ley n° 2432 (afiliados obligatorios directos) igual al cuatro por ciento (4%) del total de las remuneraciones sujetas a aportes, excluidas las asignaciones familiares. Un (1) aporte mensual de los agentes en pasividad del Estado provincial o municipal (afiliados obligatorios directos), igual al cinco coma cinco por ciento (5,5%) del total de las remuneraciones sujetas a aportes, excluidas las asignaciones familiares. El aporte mínimo mensual establecido para cada afiliado obligatorio directo es de pesos cuarenta ($40), salvo que la remuneración sujeta a aporte, por jornada completa según su escalafón, no supere el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El importe de este inciso comprende al afiliado directo y a su grupo familiar primario”.
Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
265 | Ley | 4270 | 2007 | Se consolidan al día 29 de noviembre de 2007, en el Digesto Jurídico de la Provincia de Río Negro, las leyes y normas de igual jerarquía y sus respectivos textos ordenados temáticamente, sistematizados, actualizados, fusionados y corregidos, conforme el listado del Anexos que integran esta ley: ANEXO A: LEYES Y NORMAS DE IGUAL JERARQUIA CONSOLIDADAS AL 29 DE NOVIEMBRE EN EL DIGESTO JURIDICO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO ANEXO B: CUERPO DE LEYES VIGENTES - ( Página previa ) ANEXO C: LEYES Y NORMAS DE IGUAL JERARQUIA QUE SE DECLARAN CADUCAS POR PLAZO VENCIDO, OBJETO O CONDICIÓN CUMPLIDOS ANEXO D: LEYES Y NORMAS DE IGUAL JERARQUIA QUE SE ABROGAN EXPRESAMENTE POR CONSIDERÁRSELAS IMPLÍCITAMENTE ABROGADAS ANEXO E: LEYES Y NORMAS DE IGUAL JERARQUIA QUE SE ENCUENTRAN EXPRESAMENTE ABROGADAS O NULIFICADAS ANEXO F: LEYES Y NORMAS DE IGUAL JERARQUIA VIGENTES DE ALCANCE PARTICULAR QUE NO INTEGRAN EL DIGESTO JURIDICO ANEXO G: LISTADO UNICO CORRELATIVO DE LEYES Y NORMAS DE IGUAL JERARQUIA CON INDICACIÓN DE ESTADO
Institucionales: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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264 | Ley Vinculada a Resolución N° 7771/23 | 4268 | 2007 | Crea en el ámbito y estructura del Sistema de Educación de la Provincia de Río Negro el “Programa Provincial de Jardines Maternales Comunitarios”.
TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (2007).
Crea en el ámbito y estructura del Sistema de Educación de la Provincia de Río Negro el “Programa Provincial de Jardines Maternales Comunitarios”.
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263 | Ley Anulada | 4265 | 2007 | Modifica el artículo 12 de la ley nº 3164 , creando en la Provincia de Río Negro el "Programa Provincial de Detección Precoz de la Discapacidad Auditiva", dependiente del Consejo Provincial de Salud Pública, el que tendrá por objeto: la detección precoz, diagnóstico y tratamiento de la hipoacusia o sordera, desde el momento del nacimiento y hasta los tres (3) años de edad”. Incorpora como artículo 12 bis de la ley 3164 que Las prestaciones que se incluyen en el Programa se encuadrarán en el Sistema de Prestaciones Básico dispuesto por la ley nacional 24.901 y la ley provincial 3467. Las obras sociales financiarán la cobertura de las acciones que demande el funcionamiento del Programa. En el caso de familias que no posean obra social el financiamiento estará a cargo del Estado Provincial a través del Consejo Provincial de Salud Pública y el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad”. Incorpora como inciso h) del artículo 15 de la ley 3164 La creación de un Registro Provincial de los niños y niñas con discapacidades auditivas que hayan sido detectadas a partir del nacimiento y hasta los tres (3) años, coordinando las acciones necesarias con los centros de salud del ámbito público y privado”.
Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
262 | Ley | 4264 | 2007 | La presente ley tiene por objeto el respeto a la calidad de vida y a la dignidad de los enfermos terminales. Toda persona que padezca una enfermedad irreversible, incurable y se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido un accidente que la coloque en igual situación, informada en forma fehaciente, tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación y de reanimación artificial, cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría y produzcan dolor y sufrimiento desmesurado. Constitucional: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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261 | Ley | 4244 | 2007 | Fíjase en la suma de pesos tres mil doscientos dieciocho millones ochocientos diecisiete mil cuarenta y cinco ($3.218.817.045) el total de Gastos Corrientes, de Capital y Aplicaciones Financieras del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Poderes del Estado y Organismos Descentralizados y Entes de Desarrollo) para el Ejercicio Fiscal 2008 conforme al detalle de planillas anexas n° 1 a 8, que forman parte integrante de la presente ley. Financiero y Presupuestario: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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260 | Ley Derogada modifica la Ley 3247. Queda derogada por la Ley 4819 de Educación. | 4242 | 2007 | Modifica el artículo 1º de la ley provincial Nº 3247 quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: "Impártase la educación ambientalsegún lo establecido por la Ley Nacional de Educación nº 26.206 en sus artículos: 11 inciso c), 27 inciso c), 30 incisos a) y b), 32 inciso e), 40, 89 y 123 inciso ñ) y la Ley Orgánica de Educación N° 2444 en los artículos 2º inciso g) y 3º inciso f), desde la educación inicial hasta la educación cuaternaria y otras ofertas educativas correspondientes a regímenes especiales, en todo el territorio de la Provincia de Río Negro". Histórica-Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
259 | Ley Anulada | 4241 | 2007 | Modifica en forma integral la ley 3040 , Ley de Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares. Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007) |
258 | Ley Modificado por Ley N° 5387 | 4232 | 2007 | Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad. Personas amparadas. Implanta el Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad, para todo el personal activo, jubilado y retirado del Estado provincial, el de las Sociedades en que el Estado tenga participación accionaria, el de los Entes y Organismos Autárquicos y los Bomberos Voluntarios en actividad. Función Pública: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad. Personas amparadas. Implanta el Sistema Previsional Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad, para todo el personal activo, jubilado y retirado del Estado provincial, el de las Sociedades en que el Estado tenga participación accionaria, el de los Entes y Organismos Autárquicos y los Bomberos Voluntarios en actividad. Función Pública: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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