19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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305 | Ley | 4575 | 2010 | La Provincia de Río Negro adhiere por la presente a la ley nacional nº 25501, sobre prioridad sanitaria en el control y prevención de las enfermedades cardiovasculares. |
304 | Ley Relacionada Con la Ley N° 3691 | 4566 | 2010 |
Modifica el artículo 4°, 5° y 6° de la ley F nº 3691. Establece consideraciones en relación al estudio y la atención del niño/a dentro del establecimiento Educativo. Se establecen pautas para dicha atención. Incorpora artículos en la Ley F N° 3691. Establece que en los establecimientos educativos de todos los niveles, para el caso de alumnos madres y padres menores y mayores de edad, se les garantiza el derecho a concurrir a clases con sus hijos, por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas, extendiéndose a éstos los alcances del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 1117 del Código Civil, mientras permanezcan en los establecimientos educativos junto a sus padres. Determina además que las autoridades jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para garantizar la continuidad de los estudios de las alumnas luego de la maternidad. A tal fin, en los establecimientos educativos a los que concurran alumnas madres, se habilitarán salas de lactancia y la habilitación de Jardines Comunitarios por Localidad. |
303 | Ley | 4557 | 2010 |
Reconoce el derecho a la descendencia como parte de los derechos sexuales y reproductivos y por lo tanto, reconocidos como derechos personalísimos. |
302 | Ley | 4552 | 2010 |
La presente ley establece las normas complementarias, para la conservación y aprovechamiento sustentable de los bosques nativos existentes en el territorio de la Provincia de Río Negro, en cumplimiento de los umbrales básicos de protección fijados por la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos nº 26331, conforme el artículo 41 de la Constitución Nacional, sin que ello altere las jurisdicciones locales.
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301 | Ley | 4541 | 2010 |
Sustituye el artículo 2º del Anexo II de la Ley L N° 1844, el artículo 10 , el artículo 11 , el artículo 13 , el artículo 14 , el artículo 15 y los artículos 16,18,19,20,21,22,23,24,31,32,33 y 34. Deroga los artículos 12, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 del Anexo II de la ley L nº 1844.
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300 | Ley | 4540 | 2010 |
Se consolidan las leyes nº 4401 a 4531 y normas de igual jerarquía, sancionadas y emitidas entre abril de 2009 y mayo de 2010 y aquéllas que se vean afectadas por éstas, conforme los Anexos que integran esta ley. Se incorpora al Digesto Jurídico de la Provincia de Río Negro la normativa resultante de la consolidación mencionada en el párrafo anterior, conforme los Anexos A y B de la presente ley. |
299 | Ley | 4537 | 2010 |
Crea la “Comisión Especial de Tierra, Vivienda y Hábitat”, la que está compuesta por los siguientes integrantes: Siete (7) legisladores provinciales designados a propuesta del Cuerpo y conforme el Reglamento Interno de la Legislatura provincial. Dos (2) representantes designados por el Poder Ejecutivo mediante el mecanismo que aquél disponga. La Comisión se dicta su propio reglamento de funcionamiento y es presidida por un (1) legislador. |
298 | Ley | 4531 | 2010 |
Crea el Programa de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria en la Provincia de Río Negro. El mismo se rige por esta ley. El objeto de la implementación del Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) es promover un comportamiento social y ambientalmente responsable por parte de las empresas que ejerzan su actividad en la Provincia de Río Negro. |
297 | Ley | 4523 | 2010 |
Crea en el ámbito de la Provincia de Río Negro el Consejo de Planificación Participativa y el Instituto de Participación Ciudadana, conforme lo establece la Sección Undécima, artículos 104 y 105 de la Constitución, dependiente del Poder Ejecutivo y tendrá su sede en la ciudad de Viedma Capital de Río Negro. |
296 | Ley | 4518 | 2010 |
Crea en el ámbito del Ministerio Público de la provincia las Fiscalías Ambientales. Las Fiscalías Ambientales están a cargo de los funcionarios denominados Fiscales Ambientales.
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295 | Ley | 4511 | 2010 |
Crea la Comisión Interpoderes para la redacción de la Ley Provincial de Cultura. La Comisión creada está integrada por la presidencia de la Comisión de Cultura, Educación y Comunicación Social, la presidencia de la Comisión de Asuntos Sociales, el Subsecretario de la Agencia Río Negro Cultura y un (1) Legislador integrante de las mencionadas comisiones por bloque con representación parlamentaria. A los efectos del tratamiento público del proyecto de la Ley General de Cultura de la Provincia de Río Negro, la Comisión de Cultura, Educación y Comunicación Social de la Legislatura en forma conjunta con la Agencia Río Negro Cultura, convocarán a foros abiertos a toda la comunidad en cada una de las regiones de la provincia. |
294 | Ley Modificado por ley N° 4577 | 4228 | 2010 | Crea en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro el área específica de Atención a Patologías Nutricionales: Bulimia y Anorexia y Trastornos de Comportamiento Alimentario. |
293 | Resolución Relacionada con las Leyes: H N° 3628, y N° 3815; 3865; 3956; 4091,4288, 4406, 4525 | 1467 | 2010 |
RATIFICA la totalidad de las actuaciones realizadas por el Ministerio de Educación desde el 1º de Agosto de 2005, relacionadas con obras de infraestructura escolar, refacciones y mantenimiento de edificios escolares, comedores escolares y adquisición de bienes e insumos destinados a los establecimientos escolares con el fin de garantizar el servicio educativo. CREA una comisión que estará conformada por un (1) representante del área de Arquitectura e Infraestructura Escolar, un (1) representante del área de Administración, un (1) representante del área de Legales y un (1) integrante del Consejo de Educación, la que tendrá por objetivo analizar y establecer qué tramitaciones deberán excepcionalmente ampararse en la Ley que declara la Emergencia Educativa, fijando la modalidad de contratación a los que se ajustarán tales expedientes. Esta Comisión dictará su propio reglamento de funcionamiento, el que deberá ser aprobado por este Consejo Provincial de Educación. |
292 | Resolución | 1225 | 2010 |
ESTABLECE, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 4497 , el régimen laboral especial para soldados conscriptos excombatientes que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas en las áreas denominadas Teatro de Operaciones de Malvinas y Teatro de Operaciones del Atlántico Sur y civiles que hubieran cumplido funciones en los lugares donde se desarrollaron las mismas. El Consejo Provincial de Educación analizará, a través de las áreas que correspondan, la pertinencia de la propuesta en relación a los Diseños Curriculares de cada nivel. En el caso de resultar procedente el proyecto pedagógico presentado por quienes requieren encuadrarse en la Ley 4497 , se establecerá un cambio de funciones del docente en los términos fijados por la Ley y la presente. |
291 | Ley | 4508 | 2009 |
Establece que toda persona o grupo consagrado, que se ha destacado en la Provincia de Río Negro, en el estudio, la profesión, el oficio, la actividad comunitaria, la actividad cultural, actividad deportiva, entre otras, tiene derecho a las distinciones o reconocimientos que se instituyen en el artículo 3º de la presente. Se crea en el marco de la Comisión de Cultura, Educación y Comunicación Social de la Legislatura de Río Negro, una comisión específica a los efectos de evaluar oportunamente el reconocimiento o la distinción.
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290 | Ley Reglamentada Por Resolución N° 1225/10 del Consejo Provincial de Educación | 4497 | 2009 |
Establece un régimen laboral especial para los soldados conscriptos ex combatientes de las Fuerzas Armadas que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, en el denominado Teatro de Operaciones de Malvinas o aquéllos que hubieren entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) y civiles que hubieren cumplido funciones en los lugares donde se desarrollaron las mismas y se desempeñen como personal del sector público provincial. |