19 LEYES PROVINCIALES: Generales y Educativas
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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337 | Ley | 4897 | 2013 |
Se instituye la Semana de Acciones por la No Violencia contra las Mujeres en toda la Provincia de Río Negro, se desarrolla la última semana de noviembre de cada año, la que incluye y coincide con la conmemoración del “Día Internacional por la No Violencia contra la Mujer”. Es autoridad de aplicación de la presente el Consejo Provincial de la Mujer, que debe promover la realización de jornadas de reflexión y debates sobre el significado, alcance y prevención de la violencia contra la mujer, en instituciones públicas y privadas y en los medios de comunicación, así como impulsar campañas de difusión. |
336 | Ley | 4888 | 2013 |
Se prorroga desde su vencimiento y por un período de seis (6) meses, el plazo establecido en el artículo 7º de la Ley P Nº 3847.
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335 | Ley | 4878 | 2013 |
Se instituye en la Provincia de Río Negro la “Semana de los Derechos del Niño”, cuyo inicio tendrá lugar el día 20 de noviembre de cada año, período en el cual se desarrollarán acciones tendientes a difundir y promover los derechos de niñas, niños y adolescentes. |
334 | Ley | 4858 | 2013 | Se incorpora en la enseñanza de nivel secundario pública de gestión estatal y/o de gestión privada, en todo el territorio provincial y con carácter obligatorio, las temáticas referidas a técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) o Reanimación Cardiorrespiratoria (RCR). |
333 | Ley | 4851 | 2013 |
Se crea el Instituto Provincial de Historia Rionegrina “Don Mario José Franco”, dependiente del Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro, cuya función es investigar, rescatar, preservar, interpretar, asesorar, ponderar, enseñar y difundir la historia provincial. |
332 | Ley | 4838 | 2013 |
Prorroga desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2013, el plazo de vigencia de la Emergencia Económica y Financiera del sector público provincial, dispuesta por la ley nº 4735 y la ley H nº 2881. |
331 | Ley | 4836 | 2013 |
Hasta tanto se lleve a cabo la primera elección del vocal representante de los padres y madres en el Consejo Provincial de Educación mediante el voto directo y secreto, conforme lo disponen los artículos 158 y 162 de la ley n° 4819 , se elegirán por única vez titular y suplentes, según lo dispuesto por el artículo 80 de la ley F nº 2444 (modificada por el artículo 6º de la ley 4737 ), debiendo la Legislatura Provincial proceder a su designación en la primera sesión ordinaria posterior a la sanción de la presente norma.
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330 | Ley Modificado Por Ley N° 5217 y N° 5458- Por Resolución N° 2602/15- Acuerdo paritario Resolución Nº 1333/15 (ST) del 10/06/15 | 4819 | 2012 |
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO La presente regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender en el territorio de la provincia de Río Negro conforme a los principios establecidos en los artículos 5º, 14° y 75º, incisos 17, 18 y 19 de la Constitución Nacional, en los Tratados Internacionales incorporados a ella, en los artículos 60, 62, 63, 64, 65 Y 66 de la Constitución Provincial, en la Ley de Educación Nacional nº 26206 y los que en esta ley se determinan.
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329 | Ley | 4791 | 2012 |
Modifica el artículo 34 de la ley K nº 2753, el que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 34.- “El vocal representante de los afiliados obligatorios deberá tener, como mínimo, veintiún (21) años de edad y tres (3) años como afiliado al I.Pro.S.S., durará tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelecto”. |
328 | Ley | 4780 | 2012 |
De conformidad a lo dispuesto por el artículo 7º, último párrafo, de la Constitución de la Provincia de Río Negro y sin perjuicio de las prohibiciones e inhabilidades previstas al efecto por otras disposiciones aplicables, no podrán ejercer funciones de responsabilidad, asesoramiento o cargo público, por lo que determina la inhabilitación a perpetuidad para los casos que se detallan en la presente Resolución. |
327 | Ley | 4767 | 2012 | Se crea la “Edición Digital del Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro”, que debe estar disponible en el sitio oficial de su página web, con la misma periodicidad que su edición impresa, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir de la reglamentación de la presente por el Poder Ejecutivo. |
326 | Ley | 4765 | 2012 | Dispone en todas las dependencias oficiales de la Provincia de Río Negro, el retiro de retratos, fotografías, bustos, placas y toda figura alegórica, dedicados a recordar a funcionarios civiles o militares que hayan desempeñado algún cargo en el Estado Provincial, durante las dictaduras militares que se sucedieron en la República Argentina, entre el 6 de septiembre del año 1930 y el 10 de diciembre del año 1983. Prohibe toda forma de reconocimiento u homenaje a quienes se encuentren comprendidos en el artículo 1º de la presente. |
325 | Ley | 4764 | 2012 | La Provincia de Río Negro adhiere a la ley nº 25854 de creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos y a su Decreto Reglamentario nº 1328/09, que forman parte de la presente como anexo I. |
324 | Ley | 4747 | 2012 | La presente ley tiene por objeto establecer los lineamientos de las políticas de incorporación y gestión progresiva de software libre, que garanticen la debida protección de la integridad, confidencialidad, accesibilidad, interoperabilidad, compatibilidad de la información y auditabilidad de su procesamiento en la administración provincial. Las disposiciones de la presente ley son de aplicación en el ámbito del Estado Provincial, Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, entes descentralizados y empresas con participación estatal, los cuales deben emplear programas libres en sus sistemas y equipamiento de informática. |
323 | Ley | 4740 | 2012 | Modifica el artículo 2º, 14° y 15° de la ley nº 4712 , de la Ley de Ministerios. |
322 | Resolución | 4790 | 2012 |
Declara el cese del estado de emergencia institucional, administrativa y social del sector público provincial definido por el artículo 2º de la ley H nº 3186, que fuera declarado mediante la sanción de la ley nº 4735 . Como consecuencia del cese dispuesto, dejase sin efecto el Capítulo II de la ley n° 4735 . Declara además el cese del estado de emergencia educativa que fuera declarado mediante la sanción de la ley H nº 3628, como así también el cese del estado de emergencia sanitaria que fuera declarado mediante la sanción de la ley R nº 3602. |