6 CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: Comisión. Evaluación

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
85Resolución 4272022

Consejo Federal de Educación – CFE-

Instituye el “Sistema Nacional de Evaluación, Certificación y Acreditación Integral de la Educación Técnico Profesional”, que tendrá propósitos y aspectos constitutivos, de quienes lo integran, proceso, relación y funcionamiento de las partes, instrumentos, etc.

84Resolución 4232022

Consejo Federal de Educación (19-4-22)

Aprueba los “Lineamientos Estratégicos para la República Argentina 2022-2027 por una Educación Justa, Democrática y de Calidad”, que como anexo forma parte integrante de la presente medida.  El MINISTERIO DE EDUCACIÓN de LA NACIÓN y las máximas autoridades educativas jurisdiccionales acordarán metas bianuales a alcanzar en 2023, 2025 y 2027 las que serán formalizadas en un convenio bilateral de compromiso. Anualmente, se elaborarán planes operativos para el logro de los objetivos nacionales y metas acordadas, en función de las normativas vigentes y las necesidades y realidades de las Jurisdicciones.

83Ley Nacional Vinculada a Resolución N°421/22 CFE 276522021

La presente ley establece una estrategia integral para garantizar el derecho a la educación ante situaciones que modifican y afectan la continuidad de las trayectorias escolares de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos del Sistema Educativo Nacional. En cumplimiento del derecho a la educación

obligatoria según lo establecido en la ley 26.206 Buscar ley, tiene por finalidad garantizar:

a) La atención integral de las problemáticas educativas relacionadas con factores sanitarios, sociales, culturales, económicos, geográficos y pedagógicos profundizadas por la pandemia del COVID-19;

b) El derecho al desarrollo personal y social de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, que promueva la continuidad de su trayectoria escolar y garantice la terminalidad de los estudios de los niveles obligatorios en todas sus modalidades.

El Ministerio de Educación de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley y articulará las acciones necesarias con los ministerios de Desarrollo Social, de Salud y de Cultura para su cumplimiento.

 

BUENOS AIRES, 28 de Octubre de 2021

Boletín Oficial, 15 de Noviembre de 2021

82Resolución 49962021

APRUEBA las acciones vinculadas al relevamiento de campo en el marco de las investigaciones educativas en desarrollo bajo la órbita de la Subsecretaría de Innovación, Calidad y Planeamiento Educativo, que como Anexo I y II forman parte de la presente resolución.

81Resolución 48482021

APRUEBA la implementación del Sistema de Evaluación Nacional de la Calidad y Equidad Educativa “APRENDER” en el marco de la Ley N° 26.206, que se realizará en 6° grado de la Educación Primaria durante el día 1 de diciembre de 2021, de manera censal, para lengua y matemática, sin suspensión de clases. Los y las estudiantes alcanzados por la evaluación estipulada correspondientes en el dispositivo “APRENDER” alcanzan a Unidades Educativas del ámbito rural y urbano, correspondientes al sector público y privado, de Educación Primaria, comunes, cuya asistencia será obligatoria.

80Resolución 23162021

Ministerio de Educación de la Nación

Crea el OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN ARGENTINA (ODE), en el ámbito de la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN E INFORMACIÓN EDUCATIVA.

Todos los documentos, informes y reportes producidos por el ODE serán publicados en diversos formatos, se disponibilizarán en la página web del MINISTERIO DE EDUCACIÓN y serán de acceso libre.

79Resolución 4062021

Consejo Federal de Educación

Establece que la fecha de realización de la Prueba APRENDER será el 1° de diciembre de 2021 y el mes de junio de 2022 para la presentación de los resultados preliminares correspondientes.

78Resolución 3972021

Consejo Federal de Educación

Establece, a partir del trabajo de cada una de las jurisdicciones en relación con las trayectorias escolares reales en cada nivel y modalidad del sistema educativo argentino, criterios para la organización institucional pedagógica y administrativa del tramo final de la unidad temporal de los ciclos 2020/2021. Estos criterios interpretan los esfuerzos y decisiones desplegadas y avanzan sobre precisiones requeridas para un cierre conceptual y estratégico del período en curso. A tal fin, en los niveles inicial primario, secundario y modalidades, se considerará:

a) trayectoria sostenida, cuando al finalizar el año escolar 2021 las y los estudiantes hubieren alcanzado una participación no menor al SETENTA POR CIENTO (70%) en las actividades de clase propuestas por la escuela donde está matriculado, en cualquiera de las formas de escolarización establecidas.

b) trayectoria intermitente, cuando al finalizar el año escolar 2021 las y los estudiantes hubieran alcanzado una participación entre el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) y el SETENTA POR CIENTO (70%) en las actividades de clase propuestas por la escuela, en cualquiera de las formas de escolarización establecidas.

c) trayectoria de baja intensidad con registro en la escuela, cuando al finalizar el año escolar 2021 las y los estudiantes se hayan inscripto en el ciclo lectivo 2021 y su participación en las actividades de clase propuestas por la escuela sea inferior al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) establecido, en cualquiera de las formas de escolarización previstas.

Define Sostener acciones para la revinculación efectiva de las y los estudiantes de nivel inicial, primario, secundario y modalidades que, por razones preexistentes a la pandemia o a consecuencia de ella, no hayan participado de las actividades escolares previstas en el primer semestre de 2021 y, por tanto, se consideren con trayectorias desvinculadas.

77Resolución 3962021

Consejo Federal de Educación 

Aprueba el PLAN NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA 2020-2021 cuyos lineamientos integran, como ANEXO, la presente resolución.

 

DOCUMENTO DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN Plan Nacional de Evaluación Educativa 2021-2022:

Generar, sistematizar, valorar y difundir evidencias sobre la situación de la educación primaria y secundaria en Argentina en este período de funcionamiento excepcional del sistema educativo que impuso la pandemia.

76Resolución 3872021

Consejo Federal de Educación

PRINCIPIO GENERAL. Prioriza la apertura de las escuelas y la reanudación de clases presenciales en todo el país bajo condiciones de seguridad sanitaria y cuidado de la salud de la comunidad educativa, en forma escalonada, conforme con la situación epidemiológica en las unidades geográficas de menor escala en las que resulte posible evaluar el riesgo sanitario y epidemiológico imperante. CALENDARIO ESCOLAR. Ratifica que las clases iniciarán en todos los niveles obligatorios y modalidades en las fechas fijadas en el calendario escolar de cada jurisdicción bajo cualquiera de las formas de Escolarización aprobadas por Resolución N° 366/2020 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN: presencial, no presencial o combinada. FORMAS DE ESCOLARIZACIÓN. Establece que en la situación excepcional que impone la

pandemia, las distintas formas de escolarización se implementarán de acuerdo a las siguientes condiciones que se detallan.

Define acuerdos en temas como:

PREVENCIÓN Y CUIDADOS; ASISTENCIA SANITARIA; ESTUDIANTES QUE FORMAN PARTE DE GRUPOS DE RIESGO; PERSONAL DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS QUE FORMAN PARTE DE

GRUPOS DE RIESGO; ALTERNANCIA; ORGANIZACIÓN DE LOS GRUPOS; ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO ESCOLAR; ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO ESCOLAR; COMUNICACIÓN CON ESTUDIANTES Y FAMILIAS; PLANIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA; PLANIFICACIÓN DE ACTIVIDADES PRESENCIALES; PLANIFICACIÓN DE ACTIVIDADES NO PRESENCIALES; ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO DOCENTE; FORMACIÓN Y PREPARACIÓN DE LOS EQUIPOS DOCENTES Y DIRECTIVOS.

75Disposición 112020

Dirección de Educación Secundaria - Ministerio de Educación de Río Negro 

ESTABLECE la fundamentación y la metodología del instrumento de evaluación formativa y el de autoevaluación de estudiantes de la ESRN, las que se detallan en el Anexo I de la presente.  DETERMINA que el Informe Evaluativo de Trayectoria para la Modalidad ESRN, será el que consta como Anexo II de la presente Disposición. DETERMINA que el Informe de Autoevaluación para estudiantes para la Modalidad ESRN será el que consta como Anexo III de la presente Disposición.

74Resolución 33212020

Nivel Superior-

REDEFINE los núcleos de contenidos prioritarios de las unidades curriculares proyectando una propuesta de continuidad en los años siguientes. HABILITA la planificación de nuevas formas y estrategias que potencien la articulación entre campos, años, áreas y acompañen las trayectorias estudiantiles en el marco de los Diseños Curriculares vigentes. ESTABLECE, en el contexto de excepcionalidad, la vigencia del Art. 41° de la Resolución N° 4077/14, según calendario académico institucional para los campos de la formación general, específica y de la práctica profesional. Define consideraciones sobre procesos de cursado, evaluación y promoción 2020-2021.-

73Resolución 29432020

APRUEBA el proyecto “Contenidos Educativos - Escuelas en Red”, destinado a Estudiantes de todos los niveles y modalidades de la Provincia de Río Negro, sus familias y docentes, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.

72Resolución 28302020

APRUEBA la creación del Portal Web #HaciendoescuelaRN perteneciente al Ministerio de Educación y DDHH de la Provincia de Rio Negro.  ENCOMIENDA al Área de Mediaciones Digitales el diseño y/o edición de contenidos y la administración del Sitio Web.

71Resolución 28082020

APRUEBA la creación del Campus Virtual “Escuelas Secundarias” perteneciente al Ministerio de Educación y DDHH de la Provincia de Río Negro. ENCOMIENDA al Área de Mediaciones Digitales, la creación y configuración de espacios de trabajo para aquellas escuelas secundarias que lo solicitan, como así también, el acompañamiento técnico y pedagógico a los equipos institucionales.

70Resolución 26442020

MODIFICA de la Resolución Nº 2580/20 los considerandos acordados con UnTER que se detallan; rectifica el artículo 2° de la Resolución 2580/20; modifica el Anexo II y deja sin efecto el artículo 3° de la citada Resolución.

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