21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales.  Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
250Resolución 3772020

Consejo Federal de Educación

 

Aprueba el documento “PROTOCOLO MARCO Y LINEAMIENTOS FEDERALES PARA LA EDUCACIÓN ESPECIAL” que, como ANEXO I, forma parte de la presente resolución. Establece que el documento aprobado en el artículo 1º aborda especificaciones y recomendaciones que resultan de la aplicación del Protocolo Marco aprobado por Resolución CFE N° 364/2020, en el contexto de la modalidad de la Educación Especial en aquellos ámbitos donde se hacen necesarias especificaciones debido a las características propias de la modalidad.

249Resolución 3762020

Consejo Federal de Educación

Aprueba el documento “PROTOCOLO MARCO Y LINEAMIENTOS FEDERALES PARA EL NIVEL INICIAL” que, como ANEXO I, forma parte de la presente resolución. El  documento aprobado en el artículo 1° aborda especificaciones y recomendaciones que resultan de la aplicación del Protocolo Marco aprobado por Resolución CFE N° 364/2020, en el contexto de la Educación Inicial, en aquellos ámbitos donde se hacen necesarias especificaciones debido a las características propias del Nivel.

248Resolución 3752020

Consejo Federal de Educación

Ratifica el desarrollo del Sistema Integral de Información Digital Educativa (SInIDE) como componente central del Sistema Federal de Información Educativa, sostenido en la Red Federal de Información Educativa (RedFIE), y como herramienta de información clave para el acompañamiento de las trayectorias educativas y garantizar el derecho a la educación en todo el país.

Avanzar en la implementación del SInIDE a partir de la transferencia de datos desde los sistemas nominales y registros administrativos jurisdiccionales hacia la Base Nacional Homologada.

247Resolución 3742020

Consejo Federal de Educación

Establece que la organización de los ciclos lectivos en las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones correspondientes al año 2021 contemplará los  criterios relativos a las tres formas de escolarización establecidas en el artículo 1º de la Resolución CFE Nº 366/2020. Los calendarios escolares jurisdiccionales serán informados a la SECRETARIA GENERAL del organismo antes de la finalización del presente año.

 

246Resolución 3732020

Consejo Federal de Educación

 

Aprueba el documento “Lineamientos Nacionales para la regulación del Sistema Formador en contexto de aislamiento social preventivo (ASPO), y distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO)” que, como Anexo I, forma parte de la presente Resolución.  Encomienda al MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN el dictado de los actos administrativos pertinentes conforme la normativa vigente para la extensión de la validez nacional de títulos y certificados de estudio comprendidos por la aplicación de los lineamientos aprobados en el artículo 1º de la presente Resolución. Acuerda que el INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE a través de las áreas de competencia, dispondrá el acompañamiento y asistencia técnica a las jurisdicciones que así lo requieran para el cumplimiento de la presente resolución.

 

ANEXO

245Resolución 3722020

Consejo Federal de Educación

 Aprueba el documento “PROTOCOLO MARCO ESPECÍFICO PARA EL RETORNO A LAS ACTIVIDADES EN LOS IES/ISFD" que obra como Anexo I de la presente Resolución. Establece que los Protocolos Específicos Jurisdiccionales que se definan deberán ser remitidos al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a través de la INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE, con la aprobación de la máxima autoridad educativa jurisdiccional y de la autoridad sanitaria que se designe como responsable de avalar el protocolo sanitario de cada jurisdicción.

 ANEXO

244Resolución 3712020

Consejo Federal de Educación

 Aprueba el documento “Protocolo específico y recomendaciones para la realización de prácticas en los entornos formativos de la Educación Técnico Profesional – ETP (Talleres, Laboratorios y Espacios  Productivos)” que, como anexo I, forma parte de la presente resolución.  Establece que el documento aprobado en el artículo 1º aborda especificaciones y recomendaciones que resultan de la aplicación del Protocolo Marco aprobado por Resolución CFE N° 364/20, en el contexto de la Educación Técnico Profesional, en aquellos ámbitos donde se hacen necesarias especificaciones adicionales debido a las características propias de la modalidad.

 ANEXO

243Resolución Modificado por Resolución N° 386/21 del CFE. 3702020

Consejo Federal de Educación

 

CRITERIOS EPIDEMIOLÓGICOS PARA ESTABLECER LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS:

a) Incorporar como ANEXO II de la Resolución N° 364 de fecha 2 de julio de 2020, el documento “Marco de análisis y evaluación de riesgo para el desarrollo de actividades presenciales y revinculación en las escuelas en el contexto de COVID-19” que, como ANEXO, forma parte de la presente.

b) Sustituir el punto 8.5.b de la Resolución N° 364 de fecha 2 de julio de 2020, por el siguiente texto: “8.5.b a los establecimientos urbanos y periurbanos, de acuerdo con la evaluación del nivel de riesgo epidemiológico que realicen las autoridades sanitarias y educativas jurisdiccionales competentes, a partir de las orientaciones del “Marco de análisis y evaluación de riesgo para el desarrollo de actividades presenciales y revinculación en las escuelas en el contexto de COVID-19” incorporado como ANEXO II a la Resolución CFE N° 364/2020”.

Se definen las ACTIVIDADES EDUCATIVAS SEGÚN LOS NIVELES DE RIESGO EPIDEMIOLÓGICO

  ANEXO

242Resolución 3692020

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

Aprueba la realización del Programa ACOMPAÑAR: Puentes de Igualdad.

 

ANEXO 1: ACOMPAÑAR - Puentes de igualdad

241Resolución 3682020

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN 

Establece que en cada jurisdicción los criterios de evaluación, acreditación y promoción respetarán el principio de igualdad con independencia de la modalidad en la que los/as estudiantes se encuentren cursando su escolaridad: presencial, no presencial o combinada, debiendo adecuarse en cada caso los instrumentos y modalidades de evaluación, asegurando la mayor sistematicidad posible con el fin de sostener y acompañar las trayectorias educativas durante los ciclos 2020 y 2021.

240Resolución 3672020

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN 

Establece que la priorización curricular refiere a un proceso de reorganización de los contenidos y metas de aprendizaje previstos en normativas curriculares vigentes en las jurisdicciones, para los ciclos, niveles y modalidades de la educación obligatoria. La citada priorización tendrá por objetivo asegurar el cumplimiento de los propósitos formativos de los ciclos y niveles de la educación obligatoria, en un nuevo reordenamiento temporal de mayor alcance al año calendario/año escolar, fundado en unidades que el sistema ya prevé. Esta acción permitirá proyectar institucionalmente este año y el próximo como una unidad de trabajo. Las propuestas de priorización que se desplieguen deberán atender a todos los campos del conocimiento, así como a los temas transversales, priorizando las áreas de conocimiento básico.

ANEXO 1: MARCO FEDERAL DE ORIENTACIONES PARA LA CONTEXTUALIZACIÓN CURRICULAR 2020 - 2021

ANEXO 2:  MARCO FEDERAL PARA LA GESTIÓN DE LA ENSEÑANZA EN ESCENARIOS COMPLEJOS

239Resolución 3662020

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN 

Establece que en cumplimiento del Protocolo Marco y los lineamientos pedagógicos aprobados por la Resolución CFE N° 364/2020 las formas de escolarización durante la etapa de retorno progresivo serán: la presencialidad, la no presencialidad y combinada. Estas formas de escolarización se organizarán y regirán por las normativas que defina cada jurisdicción.

ANEXO 1: ALTERNATIVAS DE VARIACIONES EN LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

238Resolución Modificado por Resolución N° 370/20 del CFE y por Resolución N° 386/21 del CFE 3642020

Consejo Federal de Educación

Aprueba el documento PROTOCOLO MARCO Y LINEAMIENTOS FEDERALES PARA EL RETORNO A CLASES PRESENCIALES EN LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA Y EN LOS INSTITUTOS SUPERIORES” que, como Anexo I, forma parte de la presente resolución. Establece que la presente regulación delimita un escenario nacional de abordaje integral del COVID 19 reconociendo su carácter dinámico y la posibilidad de modificaciones como consecuencia del desarrollo de las condiciones epidemiológicas a nivel país, región o jurisdicción. Acordar que la presentación del “PLAN JURISDICCIONAL DE RETORNO A CLASES PRESENCIALES” se realizará ante el Ministerio de Educación de la Nación, de acuerdo a los establecido en el artículo 9° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 576/2020, a través de la SECRETARÍA GENERAL DELCONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

237Resolución 3632020

Consejo Federal de Educación 

Aprueba atendiendo a los contextos y realidades jurisdiccionales, las “orientaciones para los procesos de evaluación en el marco de la continuidad pedagógica que constan en el ANEXO I de la presente resolución.  Aprobar la realización de la “Evaluación nacional del proceso de continuidad pedagógica”, que consta en el ANEXO II de la presente medida, la que tendrá lugar en todo el ámbito nacional entre los meses de mayo y agosto de 2020. Suspende la aplicación de la prueba APRENDER durante el ciclo lectivo 2020.

ANEXO I

ANEXOII

236Resolución 3622020

Consejo Federal de Educación 

Aprueba el PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO REMOTO DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN el que complementa a todos sus efectos el Reglamento de Funcionamiento del organismo aprobado por Resolución CFE Nº 1 del 27 de marzo de 2007 y que como anexo integra la presente resolución. Encomendar al MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN realizar las acciones necesarias para la puesta en funcionamiento efectivo del protocolo aprobado por la presente medida.

ANEXO I- Protocolo

235Resolución 1082020

Ministerio de Educación de la Nación

Establece en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y en coordinación con los organismos competentes de todas las jurisdicciones, conforme con las recomendaciones emanadas de las autoridades sanitarias, y manteniendo abiertos los establecimientos educativos, la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario en todas sus modalidades, e institutos de educación superior, por CATORCE (14) días corridos a partir del 16 de marzo. A tal efecto, se recomienda adoptar las siguientes medidas. Poner a disposición de las jurisdicciones, a partir del lunes 16 de marzo, los recursos del Programa SEGUIMOS EDUCANDO, instrumentado en el día de la fecha por Resolución Ministerial N° 106/2020.

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