21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales. Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.
Aprueba el documento (SÍNTESIS DE ACUERDOS I. Los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios-NAP) presentado por la Comisión de Ministros creada por Resolución CFCyE Nº 237/05, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
CFCyE (1-10-03) establece plazos para la Emisión de dictámenes de la Comisión conformada por la Resolución 183/02. Establece nuevas condiciones para expedirse en relación a los títulos de estudios a Distancia.
CFCyE (27-11-03) Acuerda los Procedimientos para el otorgamiento de la validez Nacional a certificados y títulos emitidos conforme a las respectivas normativas jurisdiccionales, de modalidad presencial, y determina mecanismo en relación a los de modalidad a distancia.
Reconoce los circuitos de consulta coordinados por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica para el análisis y discusión del Anteproyecto de Ley de Educación Técnico-Profesional" aprobado por Resolución del CFCyE Nº 215/04 y aprueba el "Proyecto de Ley de Educación- Técnico Profesional", encomendando al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación realizar las gestiones necesarias para que el referido "Proyecto de Ley de Educación Técnico-Profesional" tome estado parlamentario en el presente período legislativo.
Aprueba los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para las áreas de Lengua y Matemática para el Tercer Ciclo de la EGB (7º, 8º y 9º) que se agregan como Anexo I y para EGB/Media (8º/9º EGB y 1º/2º Media) que se agregan como Anexo II y que forman parte de la presente Resolución.
Modifica el Decreto 1294/96 y deroga el artículo 1º del Decreto 353/02 en relación con el otorgamiento de validez Nacional en forma excepcional a los títulos de Formación Docente de carreras bajo la modalidad presencial que sean emitidos hasta el 31 de Enero de 2004 por instituciones que no fueron acreditadas.