Numero de la legislacion :
2150
Estado de la legislación:
Anulada
A partir del 1º de marzo de 1987, el Adicional por Zona Desfavorable para el Personal Docente dependiente del Gobierno Provincial, será del cuarenta por ciento (40%) a aplicar sobre el total de las remuneraciones y adicionales, con excepción de las Asignaciones Familiares y será liquidado a quien preste servicios en el territorio Provincial o fuera de éste, cualquiera fuese su destino.
Fusión en Ley 391 , según Digesto Provincial por Ley 4270 y 4312 (Año 2007)