Establece que para efectuar la
apertura de dos o más modalidades de Ciclo Superior en un mismo establecimiento, deberán poseer una matrícula
mínima de 20 alumnos en cada una de ellas.
Deroga desde el 01/03/96 la Resolución 964/86 y toda Norma de la Reforma de Nivel Medio. Establece cargas horarias del Tronco Común y de las asignaturas de la Modalidad. Determina la anulación de los fundamentos de la Reforma y qué temas se deben trabajar del Diseño Curricular.