Ley 2281 Anulada del año 1988

Numero de la legislacion : 
2281
Tipo de Legislacion: 
Ley
Estado de la legislación: 
Anulada
Año: 
1988

Agrega  al Artículo 63 de la Ley 391 Buscar ley    -Estatuto  del Docente- el siguiente texto:  "Concluido  el sumario,  de conformidad a las normas  establecidas  en el Reglamento Interno,  la Junta de Disciplina  deberá  dar dictamen en un plazo perentorio de quince  (15)  días hábiles,  a partir de los cuales el Consejo Provincial  de  Educación deberá dictar Resolución en un plazo perentorio  de treinta (30) días  hábiles.

Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 Buscar ley y 4312 (Año 2007)

 

 

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