35 SUMARIOS y NORMAS DE RECURSO : Organismos. Procedimientos. Junta de disciplina

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
9Resolución 22881993Reglamento de Sumarios. Deroga Resolución 820/69.
8Resolución 20361992Reemplazo de Supervisores Sumariantes.
7Resolución Anulada por Res. 1388/06 16601992Designación de Supervisores Sumariantes.
6Ley Anulada Histórica- Caducidad 24451991

1991- Sustituye capítulos V y XVIII de la Ley 391 Buscar ley 

Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 Buscar ley y 4312 (Año 2007). Se incorpora al texto definitivo de la Ley 391 Buscar ley

5Ley Anulada 22811988

Agrega  al Artículo 63 de la Ley 391 Buscar ley   -Estatuto  del Docente- el siguiente texto:  "Concluido  el sumario,  de conformidad a las normas  establecidas  en el Reglamento Interno,  la Junta de Disciplina  deberá  dar dictamen en un plazo perentorio de quince  (15)  días hábiles,  a partir de los cuales el Consejo Provincial  de  Educación deberá dictar Resolución en un plazo perentorio  de treinta (30) días  hábiles.

Histórica - Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 Buscar ley y 4312 (Año 2007)

 

 

4Decreto 8191980Procedimiento administrativo.
3Nota Múltiple 111979Junta - Instructivo para recursos de revocatoria y apelaciones.
2Resolución Anulada 8201969Reglamento de sumarios.
1Ley 3911964

Estatuto del Docente

Capítulo XVIII - De la Disciplina

Artículos 59 a 66

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