21 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL-Ley Federal de Educación.Consejo Federal de Educación: Pacto. Responsabilidades jurisdiccionales. Comisión Federal de Educación a Distancia. Consejo Federal de Educación. Resoluciones.
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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318 | Decreto Nac. | 341 | 2025 | Sustituye el artículo 10° de la Ley N° 26.075, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 10°. El CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y las entidades gremiales docentes con representación nacional acordarán un convenio marco que incluirá pautas generales referidas a: a) condiciones laborales, b) calendario educativo, c) salario mínimo docente y d) carrera docente. La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO podrá refrendar el Convenio, o requerir que se realice una nueva propuesta cuando por razones presupuestarias no fuera posible su implementación en el marco del Programa Nacional de Compensación Salarial Docente”. |
317 | Decreto Nac. | 289 | 2025 | Transfiere el “PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD” creado por el Decreto N° 11 del 11 de enero de 2022 del ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO a la órbita de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL. |
316 | Recomendación | 1 | 2025 | CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN
Establece la importancia de pautas que garanticen el correcto uso y funcionamiento de los pisos tecnológicos a través de un protocolo de trabajo común acordado entre la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, EDUC.AR S.A.U. y cada una de las Jurisdicciones que así lo decidan. Acordar la firma de convenios entre la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y las Jurisdicciones, para permitir el acceso integral y administración responsable y compartida de la tecnología de conectividad en el marco de los programas nacionales, que se encuentra instalada en los establecimientos escolares, para garantizar internet pedagógica, administrativa, equitativa y sostenible. Proponer que la gestión de la firma de estos convenios será a través de la SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN con cada Jurisdicción. |
315 | Resolución | 495 | 2025 | CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN OBSERVATORIO INTELIGENCIA ARTIFICIAL Crear el OBSERVATORIO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL (Observatorio IA) en la órbita del Centro de Estudios de Políticas Educativas Federales (CEPEF), actuante en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN. Aprueba para la discusión, conforme lo establecido por el artículo 10 del Reglamento de Funcionamiento de este cuerpo establecido por Resolución CFE N° 1/07, los lineamientos de trabajo del OBSERVATORIO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL, de acuerdo con lo explicitado en el anexo I de la presente medida. |
314 | Resolución | 494 | 2025 | CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN Resolución CFE N° 494/25-República Argentina, 29 de abril de 2025
Establece que la Base Nacional Homologada (BNH), en el marco del Sistema Integral de Información Digital Educativa (SInIDE), estará compuesta inicialmente por cuatro bloques principales de información y sus correspondientes categorías o módulos, los cuales serán interoperables con otras bases de datos, así como con sistemas internos y externos, y podrán ser ampliados a futuro con nuevas dimensiones. Definir que los cuatro bloques principales de la Base Nacional Homologada (BNH) mencionados serán: • Base Nacional Homologada – Personas — Estudiantes — Personal de establecimientos educativos • Base Nacional Homologada – Planes de estudio — Titulaciones — Certificaciones • Base Nacional Homologada – Organizaciones — Establecimientos — Plantas funcionales • Base Nacional Homologada – Infraestructura
Consolidar, mediante cada uno de los bloques de la Base Nacional Homologada (BNH) detallados, información clave para el seguimiento nominal de las trayectorias y el diseño y seguimiento de las políticas educativas, conforme se detalla en el anexo I de esta medida para la Base Nacional Homologada – Personas. La implementación y avance de cada uno de estos bloques será progresiva, en base a los relevamientos que se acuerden realizar para cada uno de ellos a aprobarse por parte del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN. Establece la Base Nacional Homologada (BNH) como la única fuente de información estadística educativa para la para la Educación Común Obligatoria consolidada a nivel país en el marco del sistema estadístico nacional para brindar información pública sobre los principales indicadores educativos, orientar políticas y como insumo central para la planificación de acciones y la gestión de los recursos de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN con destino a jurisdicciones y escuelas. |
313 | Resolución | 490 | 2025 | Consejo Federal de Educación Aprueba el documento “Educación Permanente de Jóvenes y Adultos - Lineamientos para el Reconocimiento y Acreditación de Saberes construidos en las experiencias de la vida”, que como anexo I, forma parte de la presente Resolución. Las Jurisdicciones llevarán adelante la implementación del procedimiento de reconocimiento y acreditación de saberes, adoptando diferentes estrategias y considerando las particularidades de sus contextos, necesidades, realidades y políticas educativas. |
312 | Resolución | 488 | 2025 | Consejo Federal de Educación Aprueba la extensión del Programa Federal Aulas Talleres Móviles para la Educación Técnico Profesional (ATMETP) en los términos indicados en el anexo I que forma parte de la presente Resolución. Establece que el Programa aprobado por el artículo 1° tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la aprobación de la presente medida y su renovación estará sujeta a una evaluación de resultados. |
311 | Resolución | 487 | 2025 | Consejo Federal de Educación Aprueba el Plan de Trabajo Federal “Enseñanza del Holocausto y Genocidio Romá 2025-2027” que, como anexo, forma parte integrante de la presente medida. |
310 | Resolución | 388 | 2025 | Ministerio de Capital Humano Sustituir los reglamentos del “PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS” (PROGRESAR) aprobados por la RESOL-2024-146-APN-SE#MCH (modificada por RESOL-2024-888-APN-SE#MCH), por los Anexos I#mce_temp_url# “Finalización de la educación obligatoria” (IF-2025-31500052-APN-DNPFE#MCH), ANEXO II#mce_temp_url# “Fomento de la educación superior” y “Progresar Enfermería” (IF-2025-31500302-APN-DNPFE#MCH) y ANEXO III#mce_temp_url# “Progresar Trabajo” (IF-2025-31500542-APN-DNPFE#MCH) que forman parte integrante de la presente resolución. Fijar el monto mensual de las líneas “Finalización de la educación obligatoria”, “Fomento de la educación superior”, “Progresar Enfermería” y “Progresar Trabajo” en PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($35.000). |
309 | Resolución Vinculada a Resolución N°490/25 (CFE) | 486 | 2024 | Consejo Federal de Educación EDUCACIÓN PERMANENTE DE JÓVENES Y ADULTOS - ACREDITACIÓN DE SABERES - DOCUMENTO PARA LA DISCUSIÓN Aprueba para la discusión, el documento “Educación Permanente de Jóvenes y Adultos. Lineamientos para el Reconocimiento y Acreditación de Saberes construidos en las experiencias de la vida”, conforme lo establece el artículo 10º de la Resolución CFE Nº 1/07 que, como anexo I, forma parte de la presente resolución.#mce_temp_url# |
308 | Resolución Vinculada con Resolución N°471-2024 (CFE) y Resolución N°493/25 (CFE) | 485 | 2024 | Consejo Federal de Educación COMPROMISO FEDERAL DE ALFABETIZACIÓN - MONITOREO 2024 - PLANIFICACIÓN 2025 Aprueba el monitoreo de los planes de alfabetización del año 2024, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Resolución CFE N° 471/24, reflejado en las “fichas de monitoreo y planificación” presentadas por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y las máximas autoridades educativas de las 24 jurisdicciones, las que como anexo I forman parte de la presente resolución (Río Negro)#mce_temp_url#. Determina que, de acuerdo al monitoreo realizado, la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y las máximas autoridades educativas de las 24 jurisdicciones, planificarán sus acciones para el ciclo lectivo siguiente, en el marco de su Plan Jurisdiccional de Alfabetización, con el formato de Plan Operativo Anual de Alfabetización que forma parte de la presente medida como anexo II, Establece los lineamientos 2025 presentados por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y las máximas autoridades educativas de las 24 jurisdicciones en las “fichas de monitoreo y planificación” #mce_temp_url#que forman parte de la presente resolución, como la base sobre la cual se deberá presentar el correspondiente Plan Operativo Anual de Alfabetización 2025, conforme el modelo establecido en el artículo 2° de la presente resolución. Determina que los Planes Operativos de Alfabetización 2025 deberán ser presentados por cada jurisdicción en el mes de febrero 2025, los que formarán parte de la correspondiente resolución de este cuerpo. Solicitar a la UNIDAD DE ALFABETIZACIÓN de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN realizar las acciones y seguimiento necesarios para tales fines. |
307 | Resolución | 479 | 2024 | VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS – CFE- Establece que a partir del 1° de enero de 2025 (Serie 2025), la emisión de los títulos y certificados correspondientes a estudios completos de educación secundaria y de educación superior, ofrecidos por las instituciones educativas de todo el país, deberá utilizar como condiciones de cursada los/as alumnos/as las que se detallas en el anexo de la presente Resolución. Las Jurisdicciones podrán solicitar, por razones estrictamente fundadas, una razonable prórroga de implementación, la que deberá ser acordada con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN. |
306 | Resolución | 478 | 2024 | RELEVAMIENTO NACIONAL DE PERSONAL EDUCATIVO - AÑO 2025- CFE- Aprueba la propuesta de implementación del Relevamiento Nacional de Personal Educativo (ReNPE) durante el año 2025, cuyos lineamientos se presentan como anexo de la presente resolución. Establece que el ReNPE 2025 comprenderá a todas aquellas personas que, revistando como personal docente y no docente, presten servicio en forma directa a los establecimientos educativos de gestión estatal, privada y social cooperativa de todos los niveles y modalidades del sistema educativo, con excepción del nivel universitario. |
305 | Resolución | 477 | 2024 | SIFIECAI - SISTEMA FEDERAL INTEGRADO DE EVALUACIÓN, CERTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL DE LA FORMACIÓN DOCENTE – CFE- - Aprobación para la discusión Aprueba para la discusión, conforme el artículo 10º del Reglamento de funcionamiento de este cuerpo aprobado por Resolución CFE N°1/07, el siguiente texto de Resolución: “Instituir el “Sistema Federal Integrado de Evaluación, Certificación y Acreditación de la Formación Docente (SiFIECA)”, cuyos objetivos, funciones, componentes y actores intervinientes se describen en el ANEXO de la presente Resolución. Faculta al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE, a partir de los acuerdos generados en la Mesa Federal de Formación Docente, a determinar los aspectos e instrumentos operativos, de carácter reglamentario, del “Sistema Federal Integrado de Evaluación, Certificación y Acreditación de la Formación Docente”, en el marco de los objetivos y aspectos constitutivos establecidos en el ANEXO de la presente Resolución. |
304 | Resolución | 476 | 2024 | LINEAMIENTOS CURRICULARES NACIONALES PARA LA FORMACIÓN DOCENTE INICIAL- CFE- Aprueba el documento “Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial” - Versión 2024 que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Acuerda que la agenda de trabajo del año 2025 incluirá la elaboración de los nuevos diseños curriculares para la formación docente inicial de todos los niveles educativos obligatorios, conforme los lineamientos curriculares aprobados por el artículo 1°. El INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE contribuirá con asistencia técnica y financiera a las jurisdicciones que lo requieran para fortalecer la preparación de los diseños curriculares de la formación docente. Deja sin efecto la Resolución CFE N°24/07. |
303 | Resolución | 474 | 2024 | RESOLUCIÓN CFE 474/24 - MARCOS DE REFERENCIA - PROMOTOR DE COOPERATIVAS Y MUTUALES
Aprueba el documento del marco de referencia para los procesos de homologación de Formación Profesional Inicial, correspondiente al certificado de “Promotor/a de cooperativas y mutuales” de nivel III, que se agrega como anexo y forma parte de la presente Resolución. Establece que las jurisdicciones educativas tendrán, en virtud del ARTÍCULO 4º de la Resolución CFE Nro. 91/09, un plazo de dos años para iniciar el proceso de homologación correspondiente al marco de referencia que se aprueba por la presente medida. |