11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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24 | Resolución | 1881 | 1988 | Derecho a designación en cargos jerárquicos a docentes con licencia en función del alcance del artículo 3º del estatuto y de la Resolución 2969/86. Se establece el derecho a aceptar con postergación de la toma de posesión.
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23 | Resolución Anulada Modificada Por Resoluc. 1439/96 y 1390/97 Anulada por Res. 1348/07 | 1569 | 1988 | Establece condiciones para ser designado en los cargos de Director y Vicedirector de escuelas Hogares y Residencias escolares. |
22 | Resolución | 3127 | 1987 | Inscripción miembros de Junta de Clasificación en el último año de su mandato. Serán clasificados por las nuevas Juntas que se constituyan, de acuerdo con la documentación obrante en sus legajos a la fecha de cierre de la inscripción y serán incorporados en el orden de mérito que corresponda a las listas oportunamente publicadas para el citado curso escolar, con derecho a ser considerados para las designaciones que se efectúen a partir de la fecha en que dicha incorporación a las listas obre en los establecimientos respectivos.- |
21 | Resolución | 3126 | 1987 | Establece que a los efectos de las acumulaciones señaladas en los Artículos Nº 55º y Nº 124° de la Ley 391
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20 | Resolución Anulada por Resolución N° 1007/96 | 1330 | 1987 | Condiciones de ascenso de Docentes de cargos de Maestros Especiales. Incorporación en el escalafón. |
19 | Resolución | 2969 | 1986 | Reglamenta Artículos N° 3º y N° 87º de la Ley N° 391
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18 | Resolución | 2813 | 1986 | Horas excedentes maestros especiales. Mecanismo de designación. |
17 | Resolución Anulada por resolución 1465/94 | 2664 | 1986 | El cargo docente establecido en el artículo 124 de la Ley 391 Establece compatibilidad y equivalencia entre horas de Nivel Medio y Superior y cargos Universitarios. |
16 | Resolución | 2618 | 1986 | CONSIDERANSE equivalentes a los efectos de la aplicación del inciso a) del Artículo 56º de la Ley 391 Maestro de ciclo de escuelas comunes o de escuelas hogares, maestro de sección de jardín de infantes y maestro de ciclo, grupo o sección de escuelas de educación especial. Los nombrados y el cargo de maestro de actividades prácticas de las escuelas de educación especial.- |
15 | Resolución | 1 | 1985 | ESTABLECE, a partir de la fecha de la presente Resolución, que la documentación obrante en los legajos personales de la Dirección de Personal será la que se detalla en el texto de la misma. |
14 | Resolución | 280 | 1982 | Dispone que las juntas de Clasificación y Disciplina para la Enseñanza Primaria y Secundaria, procedan a realizar un reordenamiento integral del archivo de legajos. Autoriza a las Juntas a dar de baja los legajos de los docentes que, en el término de cinco años, no hubieran realizado ninguna inscripción. De no retirarse el legajo se procederá a la destrucción de la documentación. |
13 | Resolución | 912 | 1976 | AGREGASE como último párrafo de los puntos XLVI de la Resolución N° 685/69 y XIII de la Resolución no 690/69 lo siguiente: “El personal designado para ocupar transitoriamente un cargo de mayor jerarquía en virtud del presente régimen de interinatos y suplencias, retendrá sin goce de haberes los cargos o cátedras que deje de desempeñar con tal motivo, sean de la misma o distinta rama de la enseñanza, mientras dure el interinato o la suplencia y su derecho a dichos cargos o cátedras”. |
12 | Resolución | 2668 | 1975 | Modifica artículos de la Resolución 685/69. |
11 | Resolución | 2662 | 1975 | ESTABLECE las normas que regirán las designaciones, reemplazos, funciones y atribuciones a desempeñar por los Maestros Secretarios. |
10 | Resolución | 742 | 1975 | Da prioridad en el otorgamiento de cargos de rama primaria a los aspirantes a interinatos y suplencias que no posean otro cargo. Se dejan sin efecto las cláusulas, o sus partes, de la RC 685/69 que se opongan a lo dispuesto en el artículo anterior. La presente norma entra en vigencia a partir del curso escolar 1975. |
9 | Resolución | 1787 | 1970 | Determina que desde 1º al 31 de Marzo de cada año se abrirá una nueva inscripción únicamente para los aspirantes que obtengan título docente, habilitante o supletorio por estudios finalizados en el curso escolar precedente. |