11 DESIGNACIONES-INSCRIPCIONES-CLASIFICACIÓN: Interinatos y Suplencias

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
31Resolución Modificado Por Resoluciones N° 1652/92; N°1147/94 , N°671/07 y N°2418/13 - Resolución 4199/23 12331992

FIJA el REGIMEN UNICO DE VALORACIONES PARA LA CLASIFICACION DE LOS ASPIRANTES A INGRESO Y ASCENSO Y DEL PERSONAL TITULAR DE LOS NIVELES INICIAL, PRIMARIO Y MEDIO, y que será de aplicación en toda clasificación de personal docente que efectúen las Juntas de Clasificación

 

MODIFICACIONES AL PRESENTE TEXTO POR RESOLUCIÓN N° 4199/23

 

TEXTO ORDENADO CON LAS RESOLUCIONES QUE MODIFICAN AL REGIMEN UNICO DE VALORACIONES

30Resolución Modificado   y Ordenada por Resolución N° 100/95. Modificada por Resolución N° 3329/11 y Resolución 191/12- Ordenada por anulación de la Resolución 3329/11, por la Resolución 898/12. Resoluciones 3329/11 y 898/12 anuladas por Resolución N° 907/12. Modificada por Resolución N° 1788/12- Vinculada a Resolución N° 1498/22- Observación por Resolución N°3945/22. 10801992

Régimen único de  interinatos y suplencias  para todos los niveles.

Modificada por RESOLUCIÓN 100/95

TEXTO ORDENADO Y ACTUALIZADO A MAYO DE 2022

TEXTO ORDENADO Y ACTUALIZADO A JULIO DE 2022

TEXTO ORDENADO Y ACTUALIZADO A MAYO DE 2023

TEXTO ORDENADO Y ACTUALIZADO A FEBRERO DE 2024

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CUADRO ACTUALIZADO A MAYO 2022

CUADRO ACTUALIZADO A JULIO 2022

CUADRO ACTUALIZADO A MAYO DE 2023

CUADRO ACTUALIZADO CON ENLACES A FEBRERO 2024

29Resolución Anulada por Resolucion 356/07 4191992

Designaciones en Establecimientos  afectados a Proyectos Experimentales.

28Resolución 18521991Comisión mixta sobre clasificación.
27Resolución Modificado por Resolución N° 1879/13 10271991

Título de postgrado de  Jardines Maternales. Su aprobación determina el Título de Especialista en Jardín Maternal. La concurrencia con el título de Profesor en Enseñanza Pre-escolar o Jardín de Infantes o su equivalentes será considerado como Docente. .

26Resolución Modificado ampliada por Resolución N° 1279/15 42611990

Ubicación personal en disponibilidad en Nivel Medio. Procedimiento a realizar  por diferentes autoridades.

 

25Resolución 30901990

Agrega como segundo párrafo en el punto 4º de la Resolución 1076/82. Agregar un segundo párrafo al punto 4º, por el cual las Juntas propondrán al CPE la equiparación que corresponda con otras asignaturas o cargos cuando exista manifiesta similitud de denominación y de contenidos, agregando la documentación que se produzca a las actas o dictámenes correspondientes al análisis y conclusiones de cada caso.

Se realizará esta tarea hasta tanto que se forma la Comisión Provincial de Competencia de Títulos. La misma será la encargada de efectuar el estudio de la problemática y expedirse en relación al carácter docente, habilitante o supletorio de los títulos de los aspirantes a cargos y cátedras que no figuren en la norma vigente

24Resolución 18811988

Derecho a designación en cargos jerárquicos a docentes con licencia en función del alcance del artículo 3º del estatuto y de la Resolución 2969/86. Se establece el derecho a aceptar  con postergación de la toma de posesión.

 

23Resolución Anulada Modificada Por Resoluc. 1439/96 y 1390/97 Anulada por Res. 1348/07 15691988

Establece condiciones para ser designado en los cargos de Director y Vicedirector de escuelas Hogares y Residencias escolares.

22Resolución 31271987

Inscripción miembros de Junta de Clasificación  en el último año de su mandato. Serán  clasificados por las nuevas Juntas que se constituyan, de acuerdo con la documentación obrante en sus legajos a la fecha de cierre de la inscripción y serán incorporados en el orden de mérito que corresponda a las listas oportunamente publicadas para el citado curso escolar, con derecho a ser considerados para las designaciones que se efectúen a partir de la fecha en que dicha incorporación a las listas obre en los establecimientos respectivos.-

21Resolución 31261987

Establece que a los efectos de las acumulaciones señaladas en los Artículos Nº 55º y Nº 124° de la Ley 391 Buscar ley, la dedicación personal a cualquier actividad privada, por cuenta propia o ajena, tendrá la equivalencia de un cargo o 12 horas de cátedra.

 

20Resolución Anulada por Resolución N° 1007/96 13301987

Condiciones de ascenso de Docentes de cargos de Maestros Especiales. Incorporación en el escalafón.

19Resolución 29691986

Reglamenta Artículos 3º y N° 87º de la Ley N° 391 Buscar ley. Declara quienes se encuentran en situación activa en función del Artículo 1° de la Ley 391 Buscar ley y quienes se encuentran en actividad fuera de los cargos de escalafón.

 

18Resolución 28131986Horas excedentes maestros especiales. Mecanismo de designación.
17Resolución Anulada por resolución  1465/94 26641986

El cargo docente establecido en el artículo 124 de la Ley 391 Buscar ley es equivalente a un cargo de Dedicación Parcial Universitario, en cualquier categoría docente. Seis (6) horas cátedras de Nivel Medio o cuatro (4) horas cátedras de Nivel superior, son equivalentes a un (1) cargo de Dedicación Simple.

Establece compatibilidad y equivalencia entre horas de Nivel Medio y Superior y cargos Universitarios.

16Resolución 26181986

CONSIDERANSE equivalentes a los efectos de la aplicación del inciso a) del Artículo 56º de la Ley 391 Buscar ley y hasta tanto se dicte la reglamentación del Estatuto del Docente, los siguientes cargos:

Maestro de ciclo de escuelas comunes o de escuelas hogares, maestro de sección de jardín de infantes y maestro de ciclo, grupo o sección de escuelas de educación especial. Los nombrados y el cargo de maestro de actividades prácticas de las escuelas de educación especial.-

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