5 CAPACITACIÓN DOCENTE: Organismos. Certificaciones. Requisitos

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
48Resolución 11352008

RELEVA  al  Sr. Ricardo GHIONE, en  su  cargo y horas cátedra desde el 11 de junio de 2008 y hasta el 31 de Octubre de 2008 para integrar el Equipo de Actualización, para la implementación del sub-programa aprobado por el artículo primero de la resolución 1784/07. DECLARA  de  Interés  Educativo  El  Programa de Capacitación  implementado a  través de la Presente Resolución enmarcado en los términos orientados por la Resolución Nº 566/07 del Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro.

47Resolución 952008

DECLARA  de    Interés     Educativo      los     Cursos    de    Capacitación  dictados en el año 2007,  desde los Institutos de Formación Docente Continua,  aprobados por Disposiciones de la Dirección de Capacitación y que como Anexo I forman parte integrante de la presente resolución.

46Resolución 17842007

Aprueba el proceso de capacitación para los docentes  de  las  Escuelas  de  Nivel Medio de la Provincia de Río Negro, a través del SUB-PROGRAMA DE  ACTUALIZACIÓN para ESCUELAS TÉCNICAS INDUSTRIALES, AGRARIAS y CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL con el fin de brindar herramientas teóricas para la TRANSFORMACIÓN DE LA ESCUELA SECUNDARIA. ESTABLECE que la actualización aprobada, que se declara de Interés Educativo en el marco de la Resolución N° 566/07,se  encuadra  en los anexos que se detallan:

ANEXO I :    Constitución de la Comisión de Capacitación

ANEXO II:   Términos de Referencia para los Coordinadores de la actualización

ANEXO III:  Circuitos y encuadre  de Capacitación

ANEXO IV: Sedes y fechas de la capacitación

45Resolución 17262007

ENCOMIENDA  a  la Subsecretaría de Capacitación del Ministerio de Educación   que   emita  en  soporte  papel,   en   carácter   de   duplicado,  la  totalidad  de  los  Certificados  que oportunamente  hiciera,  referidos a  la Capacitación “Nuevos  Lenguajes, Nuevas  Lecturas”, debidamente formalizados.   AUTORIZA,  a   la   Junta   de   Clasificación   para   la  Enseñanza  Secundaria   para que incorpore, a  través de los procedimientos habituales, los Certificados de  Capacitación emitidos por la Subsecretaría de Capacitación en las condiciones que determina la presente. FIJA como   plazo   máximo   para   la   emisión   y  entrega  ante  la   Junta  de   Clasificación,   de  lo  autorizado  en  el  Artículo 1° de la presente,  hasta el 25 de  Octubre de 2007.

44Resolución 14852007

Aprueba el plan de capacitación en servicio de Septiembre de 2007 que se desarrolla en la fecha establecida en el Calendario escolar para Docentes de Nivel Inicial  y Primario y Modalidades, y Técnicos de ETAP de todos los períodos escolares.

43Resolución 10862007

DETERMINA que la Dirección de Capacitación emitirá, con plazo máximo al 15 de Septiembre del corriente año, todas las certificaciones pendientes de los años 2005 y 2006 en soporte papel y correspondientes a capacitaciones en servicio destinadas en forma masiva al conjunto de docentes de diferentes Niveles, las que serán remitidas a cada interesado para facilitar la remisión individual a las respectiva Junta de Clasificación, a más tardar al 15 de OCTUBRE DE 2007, plazo máximo en el cual están autorizadas las JUNTAS DE CLASIFICACIÓN para recepcionar y clasificar en la inscripción del presente año y para la lista de Interinatos y Suplencias 2008.

42Resolución 10702007

ESTABLECE que la actualización disciplinar aprobada por Resolución N° 912/07 es obligatoria y en servicio para todos los docentes del Nivel Medio, independientemente de la carga horaria en la que se desempeñe. DETERMINA que sólo se acreditarán doscientas horas cátedra de la actualización disciplinar a los docentes que realicen todo el trayecto: las tres jornadas presenciales, las ocho horas de cada una y la aprobación de los trabajos prácticos grupales e individuales. Se extenderán certificados de asistencia a los docentes que trabajen en otro nivel o provincia por la aplicación del Artículo 25° de la Resolución N° 233/98.

41Resolución 9122007

APRUEBA  el proceso de capacitación para los docentes de las Escuelas de Nivel Medio de la Provincia de Río Negro, con el fin de consolidar la  TRANSFORMACIÓN DE LA ESCUELA SECUNDARIA y sus  documentos y actas  constituidos en el marco de la Comisión Resolución N° 611/06. ESTABLECE  que el conjunto de acciones emanadas de la Comisión Resolución N° 611/06   y que forman  parte de los Anexos  de  la presente, conforman el cuerpo de las acciones de capacitación a implementar, y que se detallan:  ANEXO I:     Constitución de la Comisión de Capacitación -  ANEXO II:    Términos de Referencia para cada integrante del proceso de capacitación -  ANEXO III:    Módulos de Capacitación-  ANEXO IV:  Encuadre de la Capacitación - DECLARA  de  Interés  Educativo  El  Programa de Capacitación implementado a Través de la Presente Resolución.

40Resolución 7482007

ESTABLECE como plazo máximo de presentación ante las juntas de Clasificación de los Niveles Inicial, Primario y Medio, por parte de aquellos docentes que no lo hubieran hecho la Documentación referida a su actuación Docente, en capacitaciones realizadas en el año 2006, la fecha del 24 de Mayo de 2007. DETERMINA además  que las Juntas sólo recibirán a través de la presente autorización encomendada por el Consejo Provincial de Educación, documentación enviada por los Docentes que tienen Legajo en Juntas y que corresponda a capacitaciones que fueron omitidas en su  envío en la inscripción del año 2006 y que se correspondan con actividades en ese sentido realizadas en el año 2006 exclusivamente.

39Resolución Anulada por Resolución N° 2005/08 5662007

Conforma en el ámbito de la Subsecretaría de Capacitación del Consejo Provincial de Educación - Ministerio de Educación de Río Negro - el REGISTRO DE ENTIDADES CAPACITADORAS (REC). Determina período de inscripción para la presentación de proyectos, estableciendo un período excepcional para el presente año. Establece procedimientos a tener en cuenta para que se declaren de Interés Educativo a los mismos a través de las Resoluciones específicas y anuales que debe dictar el CPE, previo estudio y análisis de la Comisión Evaluadora de Proyectos de Capacitación (CEPC). Determina criterios para la clasificación de cursos  por parte de las Juntas de Clasificación  y deroga las Resoluciones Nº 1087/00 y 4034/04, al fijar requisitos de registro para las entidades capacitadoras y pautas para la Comisión Evaluadora.

38Resolución 1942007

APRUEBA el plan de capacitación en servicio para docentes de los Niveles Inicial y Primario, a implementarse en el mes de Febrero de 2007, de acuerdo a las fechas establecidas en el Calendario Escolar.

37Resolución 16542006

Aprueba la implementación de la Capacitación "Aspectos Sociolingüísticos  de la Comunidad Sorda", responsabilizando a la Prof. María Yarza  del seguimiento, y coordinación de la capacitación

36Resolución 15322006

Incluye en el Plan de Capacitación en servicio aprobado mediante Resolución Nº 163/06ª las Escuelas de los Períodos febrero/ diciembre  y septiembre /mayo  de los Niveles Inicial y Primario. Determina la carga horaria de 40 horas reloj y otorga el puntaje establecido en la Resolución Nº 2694/04.

35Resolución 15312006

Aprueba el plan de capacitación en servicio de Septiembre de 2006, dirigido a los docentes de los Niveles Inicial, Primario en sus diferentes modalidades, Medio y Técnicos de ETAP, de todos los períodos. Establece cargas horarias a acreditar para cada nivel y cargos en la capacitación.

34Resolución 12222006

NO COMPUTA inasistencias a los docentes y alumnos que participen de los encuentros presenciales del Sistema de Formación y Capacitación Política para jóvenes dirigentes políticos encuadrándolos en los términos de las Resoluciones 839/04 y 4166/03 Buscar leyrespectivamente.

33Resolución 1632006

Aprueba el Plan de Capacitación en servicio de Febrero 2006 que se desarrollará dentro de las fechas previstas en el anticipo del Calendario Escolar aprobado por Resolución 3704/05. Establece que dicha capacitación será de participación obligatoria.

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