20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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163 | Ley | 26390 | 2008 | La presente ley alcanzará el trabajo de las personas menores de dieciocho (18) años en todas sus formas. Se eleva la edad mínima de admisión al empleo a dieciséis (16) años en los términos de la presente. Queda prohibido el trabajo de las personas menores de dieciséis (16) años en todas sus formas, exista o no relación de empleo contractual, y sea éste remunerado o no. Toda ley, convenio colectivo o cualquier otra fuente normativa que establezca una edad mínima de admisión al empleo distinta a la fijada en el segundo párrafo, se considerará a ese solo efecto modificada por esta norma. La inspección del trabajo deberá ejercer las funciones conducentes al cumplimiento de dicha prohibición. |
162 | Ley | 26378 | 2008 | Apruébase la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas A/ RES/ 61/ 106, el día 13 de diciembre de 2006. Ambos instrumentos jurídicos forman parte del presente como “Anexo 1” y “Anexo 2” respectivamente. |
161 | Ley | 26369 | 2008 | Incorpora con carácter obligatorio como práctica rutinaria de control y prevención la realización del examen de detección del estreptococo Grupo B Agalactiae, a todas las embarazadas con edad gestacional entre las semanas 35 y 37, presenten o no condiciones de riesgo. |
160 | Ley Nacional vinculada a Resolución N°28-18/2010 de ANSES | 26475 | 2008 | Son sujetos de la presente ley todos aquellos funcionarios que se hubieren desempeñado como Presidente de la Nación, Ministros, Secretarios y Subsecretarios de Estado, en organismos centralizados y en entidades descentralizadas de la administración pública nacional durante el llamado “Proceso de Reorganización Nacional”, comprendido entre los años 1976 y 1983. A los efectos de esta ley, decláranse extinguidos los beneficios obtenidos en reconocimiento de los cargos y/o funciones descriptos en el artículo anterior y que hayan sido otorgados al amparo de regímenes o leyes especiales. |
159 | Ley Nacional | 26396 | 2008 | Declárase de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, que comprenderá la investigación de sus agentes causales, el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades vinculadas, asistencia integral y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, y las medidas tendientes a evitar su propagación. Entiéndase por trastornos alimentarios, a los efectos de esta ley, a la obesidad, a la bulimia y a la anorexia nerviosa, y a las demás enfermedades que la reglamentación determine, relacionadas con inadecuadas formas de ingesta alimenticia |
158 | Ley Nacional | 26388 | 2008 | Incorpora como últimos párrafos del artículo 77 del Código Penal, los siguientes: El término "documento" comprende toda representación de actos o hechos, con independencia del soporte utilizado para su fijación, almacenamiento, archivo o transmisión. Los términos "firma" y "suscripción" comprenden la firma digital, la creación de una firma digital o firmar digitalmente. Los términos "instrumento privado" y "certificado" comprenden el documento digital firmado digitalmente. |
157 | Ley Nacional Reglamentada por Decreto N° 111/15 - Vinculada con Ley Nacional N°27508 | 26364 | 2008 | La presente ley tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas. Se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países. A los fines de esta ley se entiende por explotación la configuración de cualquiera de los siguientes supuestos, sin perjuicio de que constituyan delitos autónomos respecto del delito de trata de personas: a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad; b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados; c) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la prostitución ajena o cualquier otra forma de oferta de servicios sexuales ajenos; d) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la pornografía infantil o la realización de cualquier tipo de representación o espectáculo con dicho contenido; e) Cuando se forzare a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho; f) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la extracción forzosa o ilegítima de órganos, fluidos o tejidos humanos. El consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores. |
156 | Resolución | 45 | 2008 | Consejo Federal de Educación- Aprueba el documento "LINEAMIENTOS CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - LEY NACIONAL Nº 26.150 ", que como anexo forma parte integrante de la presente medida, en el marco la Convención de los Derechos del Niño, la Ley Nº 26.061 y la Ley Nº 26.150 que reconocen a los niños, niñas y adolescentes como sujetos portadores de derechos, tomando en consideración las distintas etapas evolutivas. |
155 | Resolución | 43 | 2008 | CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN - Aprueba para la discusión el documento "LINEAMIENTOS CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL- PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - LEY NACIONAL Nº 26.150 ", conforme el artículo 10º del Reglamento de Funcionamiento de este cuerpo, que como anexo, forma parte integrante de la presente medida. |
154 | Decreto Nac. | 1465 | 2007 | Modificación de la reglamentación de la ley nº 24.573 , de mediación y conciliación obligatoria. Se modifica la reglamentación aprobada por decreto nº 91/1998. |
153 | Ley | 26316 | 2007 | Institúyase el día 19 de noviembre de cada año como Día Nacional para la Prevención del Abuso contra los Niños, Niñas y Adolescentes |
152 | Ley | 26298 | 2007 | Apruébase la CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA PROTECCION DE TODAS LAS PERSONAS CONTRA LAS DESAPARICIONES FORZADAS, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York -ESTADOS UNIDOS DE AMERICA- el 20 de diciembre de 2006, que consta de CUARENTA Y CINCO (45) artículos, cuya fotocopia autenticada, en idioma castellano, forma parte de la presente ley. |
151 | Ley | 26293 | 2007 | Declárese a San Francisco del Monte de Oro, Departamento de Ayacucho, provincia de San Luis, Cuna de la Educación Pública y del Maestro |
150 | Ley | 26279 | 2007 | A todo niño/a al nacer en la República Argentina se le practicarán las determinaciones para la detección y posterior tratamiento de fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia suprarenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, chagas y sífilis; siendo obligatoria su realización y seguimiento en todos los establecimientos públicos de gestión estatal o de la seguridad social y privados de la República en los que se atiendan partos y/o a recién nacidos/as. Toda persona diagnosticada con anterioridad a la vigencia de la presente ley queda incluida automáticamente dentro de la población sujeta de tratamiento y seguimiento. |
149 | Ley | 26233 | 2007 | La presente ley tiene como objeto la promoción y regulación de los Centros de Desarrollo Infantil. Se entenderá por Centro de Desarrollo Infantil a los espacios de atención integral de niños y niñas de hasta CUATRO (4) años de edad, que además realicen acciones para instalar, en los ámbitos familiar y comunitario, capacidades que favorezcan la promoción y protección de los derechos de niños y niñas. Los Derechos de las niñas y niños en estas instituciones quedan garantizados por la Ley Nº 26.061, sus decretos reglamentarios y los tratados internacionales de los que la Nación es parte. |
148 | Decreto Nac. | 724 | 2006 | Modifica la reglamentación de la Ley nº 25.506 sobre firma digital. Firma digital-documento electrónico-firma electrónica-certificado digital. |