20 LEYES NACIONALES: Generales y Educativas
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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211 | Ley Nacional | 26791 | 2012 | Sustituye los incisos 1º y 4° del artículo 80 del Código Penal, Incorpora como incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal los siguientes y sustituye el artículo 80 in fine del Código Penal. |
210 | Ley Nacional Modificado por Decreto Nacional N° 54/17 | 26773 | 2012 |
Las disposiciones sobre reparación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales constituyen un régimen normativo cuyos objetivos son la cobertura de los daños derivados de los riesgos del trabajo con criterios de suficiencia, accesibilidad y automaticidad de las prestaciones dinerarias y en especie establecidas para resarcir tales contingencias. A los fines de la presente, se entiende por régimen de reparación al conjunto integrado por esta ley, por la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557 y sus modificatorias, por el Decreto 1694/09, sus normas complementarias y reglamentarias, y por las que en el futuro las modifiquen o sustituyan. Deroga los artículos 19, 24 y los incisos 1, 2 y 3 del artículo 39 de la ley 24.557 y sus modificatorias.
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209 | Ley Nacional | 26743 | 2012 |
Derecho a la identidad de género. Toda persona tiene derecho: a) Al reconocimiento de su identidad de género; b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada. Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
LEY COMPLEMENTADA – MODIFICADA POR LAS SIGUIENTES NORMAS
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208 | Ley Nacional | 26742 | 2012 | Modifica artículos de la Ley 26.529 —Derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud— el que quedará redactado de la siguiente manera. |
207 | Resolución Anulada Por Resolución N° 1687/13 | 2868 | 2012 |
RECTIFICA en el Visto y en el Tercer considerando de la Resolución Nº 2587/12 donde dice Ley 4730 debe decir Ley 4737 .
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206 | Resolución | 797 | 2012 | Establece que el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS emitirá el Documento Nacional de Identidad exclusivamente en formato tarjeta para todas las personas de existencia visible que se domicilien en territorio argentino o en jurisdicción argentina y a todos los argentinos sea cual fuere el lugar donde se domiciliaren. La Libreta de Enrolamiento (Ley Nº 11.386), la Libreta Cívica (Ley Nº 13.010) y la totalidad de los Documentos Nacionales de Identidad en formato libreta (Ley Nº 17.671) anteriores a la presente medida, mantendrán su plena vigencia hasta tanto sus titulares soliciten un nuevo ejemplar. |
205 | Decreto Nac. Anulada modifica al decreto Nacional N°459/10- Por Decreto Nacional 11/22 | 76 | 2011 |
Dispone la cesión definitiva de las computadoras provistas por el “PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR” de conformidad con lo establecido en la presente norma. Las computadoras otorgadas a los alumnos y alumnas de las instituciones establecidas en el artículo 1º del Decreto Nº 459 de fecha 6 de abril de 2010 serán cedidas en forma definitiva a éstos cuando hubieran finalizado y aprobado el nivel de educación secundaria en la modalidad orientada, artística o técnico profesional, de conformidad con lo establecido en la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 y sus normas complementarias, durante el período lectivo en el que hayan cursado el último año o el mes de marzo del año siguiente. |
204 | Ley | 26737 | 2011 | La presente ley rige en todo el territorio de la Nación Argentina, con carácter de orden público. Debe ser observada según las respectivas jurisdicciones, por las autoridades del gobierno federal, provincial y municipal, y se aplicará a todas las personas físicas y jurídicas que, por sí o por interpósita persona, posean tierras rurales, sea para usos o producciones agropecuarias, forestales, turísticas u otros usos. A los efectos de la presente ley se entenderá por tierras rurales a todo predio ubicado fuera del ejido urbano, independientemente de su localización o destino. |
203 | Ley | 26734 | 2011 | Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala se incrementará en el doble del mínimo y el máximo. Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional. |
202 | Ley Nacional Capítulo VIII reglamentado por Decreto Nacional N° 140/15 | 26695 | 2011 | Sustitúyase el capítulo VIII, artículos 133 a 142, de la ley 24.660 . |
201 | Ley Nacional | 26691 | 2011 | Declara Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado, en adelante Sitios, a los lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal desarrollada durante el terrorismo de Estado ejercido en el país hasta el 10 de diciembre de 1983. El Poder Ejecutivo nacional garantizará la preservación de todos los Sitios a los fines de facilitar las investigaciones judiciales, como asimismo, para la preservación de la memoria de lo acontecido durante el terrorismo de Estado en nuestro país. Quedan comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley todos aquellos Sitios respecto de los cuales existieron pruebas suficientes sobre su funcionamiento como Sitios. A estos efectos se considerará el informe producido por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), los testimonios vertidos en procesos judiciales y los registros obrantes en el Archivo Nacional de la Memoria dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. |
200 | Ley Nacional | 26679 | 2011 | DELITOS CONTRA LA LIBERTAD. MODIFICACION DEL CODIGO PENAL Y CODIGO PROCESAL PENAL DE LA NACION. |
199 | Resolución | 400 | 2011 |
MINISTERIO DE SEGURIDAD- Instruye al Sr. Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, al Sr. DIRECTOR NACIONAL de la GENDARMERIA NACIONAL, al Sr. PREFECTO NACIONAL NAVAL de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y al Sr. DIRECTOR NACIONAL de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA para que adecuen todo acto administrativo, reglamento y práctica a fin de prohibir la realización de honores, homenajes y/o actos de reconocimiento a personas vivas o fallecidas que hubieren sido formalmente acusadas y/o condenadas por haber cometido delitos de lesa humanidad, delitos contra el orden democrático o la seguridad de la nación, u otros delitos cometidos en ocasión de su función o valiéndose de ella o de su condición militar o policial, incluso cuando lo hubieran hecho obedeciendo órdenes superiores, o cuando hubieren hecho apología de los mismos o los hubieran reivindicado en forma pública o hubieran ocupado puestos políticos o administrativos de cualquier nivel de la administración y en cualquiera de los poderes del Estado valiéndose de la usurpación ilegítima del poder. |
198 | Decreto Nac. | 1585 | 2010 | Establece como días feriados con fines turísticos, las siguientes fechas: AÑO 2011: 25 de Marzo y 9 de Diciembre. AÑO 2012: 30 de Abril y 24 de Diciembre. AÑO 2013: 1º de Abril y 21 de Junio. |
197 | Decreto Nac. | 1584 | 2010 | Establece como días feriados nacionales y días no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes: FERIADOS NACIONALES: 1º de enero: Año Nuevo- Lunes y Martes de Carnaval. 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Viernes Santo 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. 1º de mayo: Día del Trabajo. 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo. 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano. 9 de julio: Día de la Independencia. 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín. 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional. 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María. 25 de diciembre: Navidad DIAS NO LABORABLES: Jueves Santo Establece además días no laborables para trabajadores que profesan determinadas religiones. |
196 | Decreto Nac. | 1225 | 2010 |
REGLAMENTACION DE LA LEY 26.522 SOBRE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL. DECRETO REGLAMENTARIO- RADIODIFUSION-LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL-LEY DE MEDIOS. |