10.9 NIVEL SECUNDARIO: Normas generales
Tipo | Nº | Año | Descripción | |
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139 | Resolución | 156 | 2011 | Consejo Federal de Educación
Aprueba el marco de referencia para la orientación en Turismo de la Educación Secundaria, que como anexo I forma parte de la presente medida. Solicita al MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN que en articulación con el MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN desarrollen y/o distribuyan recursos para la enseñanza y acuerden políticas y/o acciones para favorecer la calidad educativa en las instituciones que opten por esta orientación. |
138 | Resolución | 143 | 2011 |
consejo Federal de Educación- Aprueba para la discusión, conforme lo establece el artículo 10º de la Resolución CFE Nº 1/07, el marco de referencia para la orientación en Turismo para la Educación Secundaria, que como anexo I forma parte de la presente medida. |
137 | Resolución | 142 | 2011 | Aprueba los marcos de referencia para las orientaciones de la Educación Secundaria de: Arte y Lenguas, que como anexos I a VII respectivamente, forman parte de la presente medida. |
136 | Resolución | 141 | 2011 | Consejo Federal de Educación- Aprueba los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para 1er. y 2do. ó 2do. y 3er. año de la Educación Secundaria (en concordancia con la duración de la Educación Primaria), de las áreas de Formación Ética y Ciudadana, que como anexos I a IV forman parte integrante de la presente Resolución. Los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios aprobados en el artículo 1º son complementarios a los aprobados por Resoluciones CFCyE Nº 247/05 y 249/05. Establece, conforme al artículo 4º de la Resolución CFCyE Nº 214/04, que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la NACIÓN y el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, elaborarán materiales de apoyo a la tarea docente y de información para padres y comunidad en general, para favorecer el desarrollo curricular de los núcleos aprobados por la presente medida. |
135 | Resolución | 137 | 2011 | Consejo Federal de Educación Aprueba para la discusión, conforme lo establece el artículo 10º de la Resolución CFE Nº 1/07, los marcos de referencia para las Orientaciones de la Educación Secundaria de: Ciencias Naturales, Ciencias Sociales, Comunicación, Economía y Administración, Educación Física, Arte y Lenguas, que como Anexos I a VII respectivamente, forman parte de la presente medida. |
134 | Resolución | 136 | 2011 | CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN- Aprueba para la discusión, conforme al artículo 10° de la Resolución CFE N° 1/07, los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para 1er. y 2do. ó 2do. y 3er. Año de la Educación Secundaria (en concordancia con la duración de la Educación Primaria), de las áreas de Educación Artística, Formación Ética y Ciudadana, que como ANEXOS I a IV forman parte integrante de la presente Resolución. |
133 | Resolución | 135 | 2011 | Aprueba los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para el segundo ciclo de la Educación Primaria y séptimo año de Educación Primaria / 1º año de Educación Secundaria, para las áreas de Educación Artística, Educación Física, Educación Tecnológica y Formación Ética y Ciudadana que como ANEXOS I a IV forman parte integrante de la presente Resolución: ANEXO III- EDUCACIÓN TECNOLOGICA ANEXO IV- EDUCACION ÉTICA Y CIUDADANA Los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios aprobados en el artículo 1º, son complementarios a los aprobados por Resolución CFCyE Nº 235/05. Establece, conforme al artículo 4º de la Resolución CFCyE Nº214/04, que el Ministerio de Educación Nacional y el Consejo Federal de Educación, elaborarán materiales de apoyo a la tarea docente y de información para padres y comunidad en general, para favorecer el desarrollo curricular de los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios aprobados en el Artículo 1º. |
132 | Resolución Anulada por Resolución N° 7497/23 | 2284 | 2010 |
DEJA sin efecto las Resoluciones Nº 4265/03 y Nº 1331/09, y toda otra normativa que se oponga a la presente. APRUEBA a partir del Ciclo Lectivo 2011, el Reglamento de equivalencias que como Anexos I y II forman parte de la presente resolución. ESTABLECE que la movilidad de los estudiantes podrá realizarse entre distintas Instituciones o dentro de la misma institución educativa entre diferentes modalidades, planes u orientaciones. En todos los casos se respetará la situación de promoción de la Escuela de origen y el procedimiento de promoción que posee la jurisdicción de la cual proviene el alumno. |
131 | Resolución Anulada por Resolución N° 124/10 del Consejo Federal de Educación - Aclaración por Resolución N° 3465/11.Anulada por Resolución n° 1521/24 | 1170 | 2010 | DEJA SIN EFECTO la Resolución Nº 1386/97 del Consejo Provincial de Educación, sobre normas de confección y control de Certificados Analíticos de Nivel Superior, la Resolución Nº 2152/08 del Consejo Provincial de Educación, sobre Reglamento para la confección y control de Certificados Analíticos de Nivel Medio y Post-Primarios, y el Anexo V de la Resolución N° 747/07 del Consejo Provincial de Educación, sobre la implementación Postítulo. ESTABLECE para la Provincia de Río Negro el nuevo Formulario aprobado por Resolución Nº 59/08 del Consejo Federal de Educación, el que se emitirá para todos los alumnos que hayan egresado del Nivel Medio y Superior; a través del Legajo Unico del Alumno aquellos establecimientos que lo posean, o a través del Programa de Nación para los Establecimientos que aún no tienen instalado el LUA. APRUEBA a partir de la fecha el REGLAMENTO PARA LA CONFECCIÓN Y CONTROL DE CERTIFICADOS ANALÍTICOS de Nivel Medio y Post-Primario, Nivel Superior y Postítulos Docentes que figura en los Anexos que forman parte de la presente: ANEXO I: Consideraciones Generales - ANEXO II: Cronograma e instrucciones - ANEXO III: Modelos de Formularios y Certificados Analíticos - ESTABLECE que el nuevo Sistema de Títulos y Analíticos con Resguardo Documental será de aplicación para los alumnos que egresen o completen estudios a partir del año 2009, como así también para los que tramitan Duplicados, Triplicados, etc. |
130 | Resolución | 1167 | 2010 |
DEJA SIN EFECTO en todos sus términos la Resolución N° 2521/09 a partir de la presente, por los considerandos expuestos, en función de las demandas recibidas de familias y docentes para la implementación del "Taller de acompañamiento pedagógico para alumnos" para el presente ciclo lectivo. |
129 | Resolución | 974 | 2010 |
AUTORIZA la implementación como Experiencia Educativa en el Marco de los artículos 68º, 69 y 70º de la Ley F Nº 2444 , en el CEM Nº 104 de San Carlos de Bariloche, el cursado cuatrimestral de las asignaturas en 1er. año 1ra. y 2da. División, durante el presente Ciclo Lectivo y hasta el 31 de diciembre de 2010. |
128 | Resolución | 308 | 2010 |
APRUEBA el Plan de Estudios “Bachillerato Orientación Artística con opción en Música” complementario al Diseño Curricular del Ciclo Básico Resolución 235/08-CPE, según se detalla en el ANEXO I de la presente resolución, en el marco de la Transformación de la Escuela Secundaria Rionegrina. DECLARA el carácter experimental del Proyecto según el encuadre establecido en los Artículos 68º, 69º y 70º de la Ley Orgánica de Educación Nº 2444. DETERMINA que la implementación será progresiva y se iniciará en el Ciclo Lectivo 2010 con la creación de las asignaturas específicas correspondientes a la orientación musical en el Turno Tarde para los estudiantes de los primeros años del CEM Nº 45 de San Carlos de Bariloche que deseen incorporarse a este plan. El alumno que se inscriba en el Bachiller con Orientación Artística Opción Música deberá asistir a todos los espacios curriculares que integran el Plan de Estudios según lo establecido por las Resoluciones Nº 4166/03 y modificatoria Resolución Nº 119/04 y Resolución Nº 1000/08. |
127 | Resolución | 230 | 2010 |
DA POR FINALIZADA la experiencia en el Centro de Formación Profesional Nº 1 de San Carlos de Bariloche, a partir del ciclo lectivo 2010. DETERMINA que las designaciones del personal docente de Nivel Medio, se regirá a partir del ciclo lectivo 2010, según lo establece el Régimen Único de Interinatos y Suplencias - Resolución Nº 1080/92, texto ordenado Resolución Nº 100/95. El cargo de Director del Centro de Formación Profesional Nº 1 tendrá a cargo la conducción del Área de Formación Profesional y de la Tecnicatura para Nivel Medio, siendo equiparado salarialmente con un índice de 4500 puntos del Decreto 1095/92 y quienes desempeñan como interino o suplente en el Centro de Formación Profesional Nº 1 de Bariloche continuará en el ejercicio del respectivo interinato o suplencia, mientras se sustente el Concurso de antecedentes y oposición convocado por Resolución Nº 1485/09, para la provisión de cargos de Director y Vicedirector de los establecimientos dependientes del Consejo Provincial de Educación. El Equipo de Conducción efectuará el llamado a concurso de antecedentes, presentación de proyectos y oposición, para cubrir las asignaturas y/o Cargos de Nivel Medio - Ciclo Superior- Plan de Estudio Nº 688/08 y las que conforman los cursos de Formación Profesional, no comprendidas en las nóminas emitidas por la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria según las Bases que oportunamente se dispongan. La Escuela de Hotelería y Gastronomía de San Carlos de Bariloche, dependerá directamente de la Supervisión de Nivel Medio Zona Andina I, correspondiente a la Delegación Regional de Educación Zona Andina. |
126 | Resolución | 132 | 2010 |
Asignaciones Familiares - La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) entregará al adulto responsable titular de la Asignación por Hijo para Protección Social, por cada menor de DIECIOCHO (18) años a su cargo, la "LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACION" por la que se acreditará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e) y f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714. La acreditación en la libreta del requisito correspondiente al ciclo escolar estará a cargo de las autoridades del establecimiento educativo al que concurra el niño, niña o adolescente. |
125 | Ley | 4447 | 2009 |
El Ministerio de Educación, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro y los medios de comunicación con participación del Estado provincial, deben arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar la grabación y posterior archivo del desarrollo íntegro de los juicios por crímenes contra la humanidad, en trámite por ante la Justicia Federal de la región del Comahue, ocurridos en el período 1976–1983. Las reproducciones quedan a disposición de quienes las soliciten en las respectivas áreas, las que deben conceder las copias que correspondan. El Ministerio de Educación debe remitir copia de las grabaciones de estos juicios a las escuelas de la provincia, incorporando en los programas de estudio, el análisis de los juicios por los crímenes contra la humanidad ocurridos en el período 1976-1983 que tramitaron en la región del Comahue. |
124 | Resolución Dejada sin efecto por Resolución N° 1167/10 | 2521 | 2009 | DAR DE BAJA a partir del 30 de noviembre de 2009 el proyecto “Taller de Acompañamiento Pedagógico para Alumnos”, en razón de la implementación, a partir del presente ciclo lectivo, de los “Período Complementario de Aprendizaje y Promoción de alumnos con áreas pendientes de promoción” Nivel Primario y “Periodo Complementario de Aprendizaje, Evaluación y Promoción” en el Nivel Secundario. |