10.8 NIVEL PRIMARIO

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
84Resolución 5632010

APRUEBA  la   propuesta   de   Servicio   Educativo  Domiciliario a  los   alumnos residentes de la Escuela Hogar Nº 216 de Colán Conhué que figura en el Anexo I de la presente Resolución. DESIGNA,    por    excepción, a     partir   de  la   presente   y  hasta la  finalización del ciclo lectivo en la Escuela Hogar Nº 216 de Colán Conhué, en los cargos de Maestros de Grado a los docentes que se detallan en la misma.

83Resolución Anulada por Resolución N° 14/2011 5622010

 

APRUEBA  con  carácter  experimental  el   Proyecto  “Extensión  Jornada  Escolar del Nivel Primario en una hora más”, en   el   marco de Art.68º, 69º y 70º  de  la  Ley Orgánica de Educación  Nº  2444  en  el ciclo escolar 2010, implementando  el  Proyecto que figura como Anexo I de la presente Resolución. ESTABLECE que  el valor  de  la  hora  se  calculará  en  base  a 74 puntos fijados en el Decreto Nº 1095/1992 y de acuerdo a antigüedad, zona y ubicación.

 

 

 

82Resolución 1322010

Asignaciones Familiares - La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) entregará al adulto responsable titular de la Asignación por Hijo para Protección Social, por cada menor de DIECIOCHO (18) años a su cargo, la "LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACION" por la que se acreditará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e) y f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714. La acreditación en la libreta del requisito correspondiente al ciclo escolar estará a cargo de las autoridades del establecimiento educativo al que concurra el niño, niña o adolescente.

81Ley 44472009

 

El Ministerio de Educación, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro y los medios de comunicación con participación del Estado provincial, deben arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar la grabación y posterior archivo del desarrollo íntegro de los juicios por crímenes contra la humanidad, en trámite por ante la Justicia Federal de la región del Comahue, ocurridos en el período 1976–1983. Las reproducciones quedan a disposición de quienes las soliciten en las respectivas áreas, las que deben conceder las copias que correspondan. El Ministerio de Educación debe remitir copia de las grabaciones de estos juicios a las escuelas de la provincia, incorporando en los programas de estudio, el análisis de los juicios por los crímenes contra la humanidad ocurridos en el período 1976-1983 que tramitaron en la región del Comahue.

 

80Resolución Dejada sin efecto por Resolución N° 1167/10 25212009

DAR DE BAJA a partir del 30 de noviembre de 2009 el proyecto  “Taller  de   Acompañamiento   Pedagógico   para  Alumnos”,   en   razón   de  la implementación,  a   partir   del  presente ciclo lectivo, de los “Período Complementario de Aprendizaje  y  Promoción  de  alumnos  con  áreas  pendientes  de promoción”  Nivel Primario  y  “Periodo  Complementario  de  Aprendizaje,  Evaluación  y  Promoción”  en el Nivel Secundario.

79Resolución Derogada por Resolución N° 35/2013, y ratificada su anulación por Resolución N° 2035/15 4532009

APRUEBA el Proyecto TALLER de ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO destinado a los alumnos de escuelas públicas de Nivel Primario Común y de Nivel Medio de la Provincia. DETERMINA que la figura de Coordinador Pedagógico tendrá una carga horaria de veinte (20) horas cátedra de Nivel Medio. ASIGNA cargos equivalentes a 740 puntos del Decreto 1095/92 Buscar leya los Docentes designados para desempeñarse en el Taller de Acompañamiento Pedagógico para Nivel Primario Común, en función de la matrícula de alumnos que resulte de la inscripción correspondiente. ASIGNA las horas cátedra a los profesores designados para desempeñarse en el Taller de Acompañamiento Pedagógico para el Nivel Medio en función de la matrícula de alumnos que resulte de la inscripción en la asignatura correspondiente. DETERMINA que cada Delegación y Subdelegación Regional remitirá la nómina de alumnos, docentes y sedes al área Seguro Escolar de la Dirección de Personal Docente. ESTABLECER que la supervisión y seguimiento del Proyecto estará a cargo de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica.

78Resolución Aplicada por Resolución 827/15 del CPE 792009

Consejo federal de Educación- MEN-

Aprueba  el Plan Nacional de Educación Obligatoria, que como ANEXO I y ANEXO II forman parte integrante de la presente medida,  con el objeto de construir un Plan Nacional de Educación Obligatoria, que abarque los diferentes niveles y modalidades definidos en la normativa, teniendo en cuenta a la educación inicial como unidad pedagógica y la debida articulación y coordinación con la modalidad técnico profesional secundaria, asumiendo la concurrencia de la Ley de Educación Nacional y la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058, como así también su estrecha vinculación con las políticas y acciones que se implementan a través del Instituto Nacional de Formación Docente.

 

77Decreto Nac. 1442008

Otorga, para la cohorte 2008, validez nacional a los títulos y  certificaciones que emitan instituciones de gestión estatal y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a estudios presenciales de todos los niveles y modalidades de la educación, previstos por la Ley Nº 26.206. La validez nacional deberá considerarse hasta finalizar la totalidad de la carga horaria, requisitos y condiciones. La validez nacional otorgada tendrá vigencia previa legalización de los títulos y certificaciones por la autoridad educativa competente de la jurisdicción, la que deberá certificar: a) La aprobación por parte de la autoridad educativa jurisdiccional del diseño curricular y/o el plan de estudios. b) La inscripción en el Registro del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, bajo los requisitos establecidos a estos efectos por el MINISTERIO DE EDUCACION, para los estudios de Formación Docente. c) El reconocimiento jurisdiccional expreso de las instituciones, para el caso de la Educación Técnico Profesional. Establece que los títulos y certificaciones que legalice la autoridad de la jurisdicción  deberán expresar en su cuerpo la normativa jurisdiccional que aprueba su plan de estudios y que la validez nacional fue otorgada por el presente decreto.  Para la Formación Docente, deberá consignarse, además, la identificación de inscripción en el Registro del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE. A partir de la cohorte 2009, la validez nacional de los títulos y certificaciones que emitan instituciones de gestión estatal y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, jurisdiccionales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondientes a estudios presenciales de Educación Inicial, de Educación Primaria y de Educación Secundaria, será otorgada, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:  a) La aprobación por parte de la autoridad educativa jurisdiccional del diseño curricular y/o el plan de estudios. b) La inclusión en el diseño curricular de los contenidos curriculares comunes y/o los núcleos de aprendizaje prioritarios correspondientes al nivel y a los años de escolaridad obligatoria, definidos por el MINISTERIO DE EDUCACION, en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, y los que se definan en el marco de la Ley de Educación Nacional. c) La escolaridad cumplida, respetando la opción de estructura de niveles primario y secundario elegida por la jurisdicción, de acuerdo al artículo 134 de la Ley de Educación Nacional. Determina criterios para la validez Nacional de Títulos a partir de la cohorte 2009, para estudios presenciales y/o a distancia.

76Resolución 452008

Consejo Federal de Educación- Aprueba el documento “LINEAMIENTOS CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL – PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - LEY NACIONAL Nº 26.150 Buscar ley, que como anexo forma parte integrante de la presente medida, en el marco la Convención de los Derechos del Niño, la Ley Nº 26.061 y la Ley Nº 26.150 que reconocen a los niños, niñas y adolescentes como sujetos portadores de derechos, tomando en consideración las distintas etapas evolutivas.

Consejo Federal de Educación- Aprueba el documento “LINEAMIENTOS CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL – PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL - LEY NACIONAL Nº 26.150 Buscar ley, que como anexo forma parte integrante de la presente medida, en el marco la Convención de los Derechos del Niño, la Ley Nº 26.061 y la Ley Nº 26.150 que reconocen a los niños, niñas y adolescentes como sujetos portadores de derechos, tomando en consideración las distintas etapas evolutivas.

75Resolución Anulada Modifica por Resolución N° 2440/10 Derogada Por Resolución N°3954/17 17202007

DEROGA en todos sus términos la Resolución N º 3877/01. Establece  para  la inscripción al Primer Grado de Nivel Primario los procedimientos que se determinan  en el Anexo I de la presente resolución. APRUEBA el  Formulario de Inscripción a Primer Grado que forma parte de la presente     Resolución como Anexo II, ESTABLECIENDO que la implementación de la presente Resolución se aplicará a partir de  la inscripción para el ciclo lectivo 2008.-

DEROGA en todos sus términos la Resolución N º 3877/01. Establece  para  la inscripción al Primer Grado de Nivel Primario los procedimientos que se determinan  en el Anexo I de la presente resolución. APRUEBA el  Formulario de Inscripción a Primer Grado que forma parte de la presente     Resolución como Anexo II, ESTABLECIENDO que la implementación de la presente Resolución se aplicará a partir de  la inscripción para el ciclo lectivo 2008.-

74Resolución 372007

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN-Aprueba los Núcleos de Aprendizaje Prioritarios, para el primer ciclo de la Educación Primaria, de las áreas de Formación Ética y Ciudadana, de Educación Artística, de Educación Tecnológica y de Educación Física, que como Anexo I forman parte de la presente medida. Los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios aprobados son complementarios a los aprobados por Resolución CFCyE Nº 228/04, debiendo estar precedidos por el documento aprobado por Resolución CFCyE Nº 225/04.

73Resolución 182007

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN  - Aprueba  el documento “Acuerdos Generales sobre Educación Obligatoria”, cuyos Anexos I y II forman parte de la presente Resolución. Establece pautas generales para la educación obligatoria, en el ANEXO I  referidas a certificaciones, equivalencias de estudios, movilidad de alumnos y acreditación de estudios, aprobación y modificación de planes y pautas básicas para la adecuación a  la Ley de Educación Nacional de los establecimientos educativos, privados y estatales de todo el país que imparten estudios de la escolaridad obligatoria, indispensables para resguardar los derechos de los alumnos y la cohesión del sistema educativo nacional. Se pautan  en el ANEXO II, DATOS BÁSICOS INDISPENSABLES QUE DEBERÁN CONTENER LOS TÍTULOS Y CERTIFICACIONES DE ESTUDIOS.

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN  - Aprueba  el documento “Acuerdos Generales sobre Educación Obligatoria”, cuyos Anexos I y II forman parte de la presente Resolución. Establece pautas generales para la educación obligatoria, en el ANEXO I  referidas a certificaciones, equivalencias de estudios, movilidad de alumnos y acreditación de estudios, aprobación y modificación de planes y pautas básicas para la adecuación a  la Ley de Educación Nacional de los establecimientos educativos, privados y estatales de todo el país que imparten estudios de la escolaridad obligatoria, indispensables para resguardar los derechos de los alumnos y la cohesión del sistema educativo nacional. Se pautan  en el ANEXO II, DATOS BÁSICOS INDISPENSABLES QUE DEBERÁN CONTENER LOS TÍTULOS Y CERTIFICACIONES DE ESTUDIOS.

72Ley 41362006

Entrega de un ejemplar de la Constitución al inicio de la escolaridad en Nivel Medio.

 

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

71Ley Derogada Histórica - Caducidad 41212006

Modifica en forma integral la ley Nº 2569 Buscar ley.  implementando en el ámbito de la Provincia de Río Negro, la Libreta de Salud Infanto Juvenil con carácter de documento obligatorio destinado al registro de condiciones de salud  de los niños, niñas y adolescentes desde el nacimiento hasta los 19 años de edad.

Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 Buscar ley y 4312 (Año 2007)

 

 

70Resolución 14052006Crea en el presente año la Escuela Primaria Nº 362 en el Balneario Las Grutas. Se aplica la Resolución 5533/04, creando horas clases para las áreas Especiales.
69Resolución 10572006

Aprueba el convenio de cooperación celebrado entre el MINISTERIO DE GOBIERNO y el CPE, con el objeto de permitir la articulación de acciones adecuadas para el fortalecimiento de los procesos educativos en las cárceles provinciales. El objeto del convenio es fortalecer la implementación del sistema educativo primario, medio y terciario.

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