10.8 NIVEL PRIMARIO

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
30Resolución 9371996

Crea cargos de Maestro de Ciclo afectándolos al Proyecto de Terminalidad de Primaria para adultos a Distancia, correspondiente al Plan Social de Nación.

29Resolución 9321996Determina Jornadas Institucionales para análisis  de Documentos de adecuación curricular del IIº Ciclo EGB.
28Resolución 7451996Designa responsable para asesoramiento y ejecución  de adecuaciones  curriculares, para todos los niveles.
27Resolución 1571996

Determina que los cargos de Maestros Domiciliarios serán cubiertos al producirse la necesidad, estableciendo que el período mínimo de  atención domiciliaria será de 15 días hábiles.

26Resolución 631995

Establece que los alumnos que concurren a las Escuelas de período Septiembre - Mayo y deben continuar sus estudios secundarios podrán rendir un examen que les permita acreditar la finalización del Nivel Primario. Los Exámenes deberán encuadrarse en la Resolución Nº 1859/92.

25Resolución Anulada 19861994Inscripción a Primer Grado de escuelas Primarias.
24Resolución 1881994

Establece en cuatro (4) horas reloj diario en cada turno la duración del horario de Escuelas de Educación Especial. Autoriza 90 minutos mensuales en cada Institución para espacios de encuentro destinados al seguimiento y evaluación de los procesos de aprendizaje de los alumnos y al perfeccionamiento del personal sobre la problemática que atiende la Institución.

23Resolución Relacionada con Resolución N° 1755/12 23091993

Pautas para designación de abanderados y escoltas en Escuelas de Nivel Primario.

22Resolución 421993

Sede de los Maestros Domiciliarios. TRANSFIERE  a partir de la iniciación del ciclo lectivo 1993 a las sedes de las supervisiones escolares de escuelas comunes que determinan las respectivas Coordinaciones Regionales todos los cargos de Maestro Domiciliario existentes a la fecha en las Escuelas de Educación Especial de la provincia.

21Resolución 301993

CFCyE (8-9-93) Establece la Estructura del Sistema Educativo Nacional, determinando la caracterización de los Niveles, los ciclos en la estructura y la implementación gradual y progresiva del sistema Educativo Nacional.

20Ley 25691992

Instituyese en la  Provincia de  Río Negro, con carácter  de documento obligatorio,  la Libreta Sanitaria  Materno  Infantil, destinada  al control médico  y sanitario de la madre y el niño desde el nacimiento hasta los catorce (14) años de edad.

El Consejo  Provincial de  Educación de Río Negro,   arbitrará las medidas necesarias  para  que la Libreta  Sanitaria Materno Infantil,  sea exigida para la inscripción de niños en jardines de infantes ó en el nivel primario y al inicio  del nivel medio,  como documento válido obligatorio para  certificar el cumplimiento de las  disposiciones vigentes  en materia de vacunación,  del estado de salud  bucodental  y del no padecimiento de enfermedades transmisibles.

 

Salud Pública:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

19Resolución Modificado por Resoluciones 110/97; 1713/97 y 4228/02 Anexo IV Derogado por Resolución N° 35/2013 y ratificada su anulación por Resolución N° 2035/15. 20911992

Plantas Funcional para el Nivel Inicial y Primario.

18Resolución Anulada Por Res. N° 1713/97 20901992

Establece a partir del 1/3/93 que los Establecimientos de Nivel Inicial y Primario, en sus diferentes modalidades, se clasificarán de acuerdo con categorías que se detallan en la normativa. Se conformarán a criterios Pedagógicos y Físicos establecidos en las Resoluciones N°2815/88, 364/92, 2064/92 y 2087/92 Buscar ley.

17Resolución 31541991

Aprueba el Diseño Curricular Educación Básica de Adultos, que será de aplicación en las Escuelas para Adultos de la provincia a partir del inicio del ciclo lectivo 1992.

Texto del Diseño Curricular - Documento N° 1

                                          Documento N° 2

16Resolución Anulada 1571991Diseño Curricular Nivel Primario.
15Ley 23691990

Adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 23.348 Buscar ley/89. Impártase la enseñanza de la educación vial en todos los establecimientos educacionales, oficiales y privados, de nivel inicial, primario, medio y superior, como así también en los Centros de Alfabetización dependientes del Consejo Provincial de Educación.

 

Educación y Cultura:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 Buscar ley y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

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