Establece la organización didáctico- pedagógica trimestral para los establecimientos con CBU y encuentros para los períodos de recuperación de Diciembre y Febrero.
Otorga dos turnos de exámenes en el período de Febrero de 2000, a aquellos alumnos que no fueron evaluados en diciembre de 1999 por la retención de servicios de los docentes.
Modifica el artículo 7º de la Resolución 851/92, en su redacción, adecuando a la Resolución 488/96, determinando que el alumno que queda libre, deberá aprobar las asignaturas.