33 SALARIOS: Estructura. Sistema de liquidaciones: Antigüedad. Asignaciones Familiares. Nomenclador de cargos. Ubicación. Zona desfavorable- Cargas horarias-

Ley Nacional 0 del año 0000

Numero de la legislacion : 
0
Tipo de Legislacion: 
Ley Nacional
Año: 
0

Resolución 473 del año 1968

Numero de la legislacion : 
473
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
1968

Determina como se certifica el cómputo de antigüedad de los servicios prestados por Interinos y Suplentes a partir del Período Lectivo 1958.

Resolución 1299 del año 1980

Numero de la legislacion : 
1299
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
1980

MODIFICA el punto lº de la Resolución nº 473/68, que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“El Cómputo de los servicios prestados por docentes Interinos y  Suplentes en las ramas primaria y secundaria, a partir del período lectivo 1980, deberá realizarse adicionando en cada curso escolar, las dos décimas partes del total de los días trabajados, en concepto de proporcional de antigüedad por vacaciones”.

Resolución 2419 del año 1989

Numero de la legislacion : 
2419
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
1989
Índice para liquidación  de suplencias cortas.

Resolución 3 del año 1999

Numero de la legislacion : 
3
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
1999

ESTABLECE que las Direcciones de los establecimientos educativos, informarán por planilla complementaria todos los movimientos producidos con posterioridad a la fecha de cierre del día 25, abarcando hasta el último día de cada mes, inclusive. EN los casos en que por razones de servicio, no fuera posible suministrar dicha información por planilla complementaria, los descuentos que debieron producirse en virtud de la misma, y no se hubiera efectivizado, se efectuarán sobre los haberes del mes siguiente.

DETERMINA que en casos de incumplimiento o falsedad constatada en la información a suministrarse, se adoptarán las medidas disciplinarias legalmente previstas.

Resolución 272 del año 1993

Numero de la legislacion : 
272
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
1993

ESTABLECE a partir del 08 de marzo de 1993 y hasta nuevo aviso la remisión con periodicidad semanal de la información de inasistencias injustificadas o no prestación de servicios del personal docente de todos los establecimientos educativos y dependencias del Consejo Provincial de Educación sin perjuicio de la remisión de la información que se realza habitualmente en forma mensual. APRUEBA  la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.  RESPONSABILIZA por omisiones, incorrecciones, falseamientos y demoras en que se incurra a los directores de los establecimientos, supervisiones y responsables de dependencias del Consejo Provincial de Educación.

ESTABLECE que el incumplimiento del artículo 1º, dará lugar al descuento automático de la totalidad de los días y obligaciones del personal que compone la planta a informar.

Resolución 3118 del año 2002

Numero de la legislacion : 
3118
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2002

Incorpora, rectifica y excluye  establecimientos en  la Resolución de clasificación de Escuelas por ubicación, resolución Nº 2787/02.

Resolución 3407 del año 2002

Numero de la legislacion : 
3407
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2002

Excluye en la Resolución de Clasificación porUbicación,  de la Residencia de Nivel Medio a  Ingeniero Jacobacci.

Resolución 949 del año 2009

Numero de la legislacion : 
949
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2009

APRUEBA para el año 2009, en carácter de excepción, el reconocimiento de la compensación por movilidad para los docentes del Establecimiento Ubicado en la Delegación Regional de Educación Alto Valle Este I – (Esc. Primaria 169 a CEM 111 y Colegio San Miguel)

Resolución 945 del año 2009

Numero de la legislacion : 
945
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2009

APRUEBA a partir de la presente y por el año 2009, en carácter de excepción, el reconocimiento de la compensación por movilidad para los Establecimientos de la Delegación Regional Andina con valor pasaje colectivo, en función del artículo 2° de la Resolución 709/09.

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