Numero de la legislacion :
3369
Estado de la legislación:
Anulada
En el ingreso a la provincia por la ruta nacional 22, en las proximidades de Río Colorado o, en su defecto, en el lugar que el Poder Ejecutivo determine, se erigirá un monumento alusivo como homenaje y ofrenda del pueblo de Río Negro a todas las personas que sufrieron el destierro, la tortura o la desaparición forzada. Modifica la Ley 3090 . Se modifica el artículo 3° de la Ley 3090 , determinando minuto de silencio a las 12 horas del 24 de Marzo. Se determina hacer un monumento en la entrada de la Provincia, en Río Colorado, como homenaje y ofrenda del Pueblo de Río Negro a todas las personas que sufrieron el destierro, la tortura o la desaparición forzada. Se incluirá a través del calendario escolar anual, clases alusivas al 24 de Marzo, con la participación de los organismos de Derechos Humanos.
Histórica- Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007)