Ley 3628 del año 2002
Declara la emergencia del sistema educativo de la Provincia de Río Negro hasta el día 31 de diciembre de 2002, con el objeto de crear las condiciones que permitan garantizar el derecho a la educación y el restablecimiento del normal funcionamiento del sistema educativo. Establece como prioridad para el Poder Ejecutivo la prestación del servicio educativo, facultándolo a tomar las medidas y emprender las acciones, que con carácter excepcional y sin afectar los derechos de los alumnos y los derechos de los docentes garantizados en las leyes nº 2444 y nº 391, resulten necesarias para el logro de ese fin y alcanzar las metas establecidas en el Artículo 38 de la ley nº 2444 . Facúltase al Ministerio de Educación y Cultura y/o al Consejo Provincial de Educación a realizar las adecuaciones presupuestarias y tomar las medidas administrativas pedagógicas e institucionales necesarias para el cumplimiento de los objetivos que se establecen en la presente ley. Crea el Fondo Social con destino exclusivo al financiamiento adicional de la educación y la salud pública rionegrina.
Financiero y Presupuestario:
TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
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