Resolución 1480 del año 2020

Numero de la legislacion : 
1480
Tipo de Legislacion: 
Resolución
Año: 
2020

DEROGA en todos sus términos la Resolución Nº 190/12 y 1434/16 y toda otra norma que se oponga a la presente. ESTABLECE, en función de los considerandos expuestos, que docentes que han obtenido cargo u horas cátedras en los Concursos realizados por el Ministerio de educación y D.D.H.H. - Consejo Provincial de Educación, como así también afectados a la toma de posesión por movimientos y se encuentren usufructuando licencia Art. 14º - Reglamento de Licencias – Resolución Nº 233/P/98, y/o relevados de sus funciones y/o usufructúan licencia gremial Art. 18º de la Res. 146/94 – Acuerdos Paritarios – y miembros de representación docente, con designación emitida por el cuerpo colegiado, que se encuentren cumpliendo funciones dentro de la estructura del Ministerio de Educación y Derechos Humanos- Consejo Provincial de Educación, tendrán derecho a la toma de posesión automática en el establecimiento de destino, sin el requisito de la toma de posesión efectiva en el cargo obtenido.

DETERMINA que la toma de posesión por alta automática, según el artículo  precedente, genera el derecho al docente de la confección de la Hoja de Concepto profesional por parte del superior jerárquico, en el nuevo cargo u horas cátedras que desempeña en el Ministerio de Educación y derechos Humanos-Consejo Provincial de Educación; así como la certificación de Servicio Profesional correspondiente, brindando equidad con los demás docentes de la provincia.

DETERMINA que la toma de posesión autorizada por la presente, implica el  desplazamiento del docente que está ocupando el cargo, y que ante la simultanea solicitud de licencia se deberá dar continuidad a quien se viene desempeñando, siempre que cuente con las condiciones estatutarias para la cobertura de dicho cargo.

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