Resolución 1434 del año 2016
ESTABLECE, en función de los considerandos de la presente, que los docentes que han obtenido cargo en los Concursos de Ascenso Nº 35 de Nivel Medio y Nº 57 de Nivel Inicial y Primario y Concursos Supervisivos Nº 59 de Nivel Inicial, Nº 59 de Nivel Primario y Nº 44 de Nivel Secundario y/o cargos u horas cátedras en los diferentes movimientos de traslado, reincorporación, acrecentamiento, acumulación y en las asambleas de interinatos y suplencias, se encuentren usufructuando licencia Artículo 14º - Reglamento de Licencias – Resolución Nº 233/P/98, y/o los relevados de sus funciones, todos cumpliendo funciones dentro de la estructura del Ministerio de Educación, Consejo Provincial de Educación, tendrán la toma de posesión automática en el establecimiento de destino, sin el requisito de la toma de posesión efectiva en el cargo obtenido.
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