Resolución 2386 del año 2017
RECTIFICA el Artículo 1° de la Resolución N° 4401/16 quedara redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- CONCEDER Licencia Especial con goce íntegro de haberes, a aquellos
docentes que reciban un Trasplante de Órgano y/o Tejido o se encuentran en lista de espera para trasplantes y que deban realizarse controles en forma periódica, estudios,
rehabilitaciones, tratamientos inherentes a la recuperación y mantenimiento de su estado de salud en forma continua o discontinua; en el marco de la Ley Nacional N° 26.928 y de la Ley Provincial N° 4976”.-
ARTICULO 2°.- RECTIFICA el Artículo 2° de la Resolución N° 4401/16 el que queda redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- ESTABLECER la Obligatoriedad de presentación de documentación que avale su condición y cantidad de días a usufructuar: Certificado Médico del equipo de trasplante, (que es quien actuaría como “médico de Cabecera”) ante la Junta Médica para que se expida. La Licencia no debe superar los ciento ochenta (180) días hábiles por año continuos o discontinuos, excedido dicho plazo, es tratamiento del Consejo Provincial de Educación dentro de la normativa vigente”.-
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