SOBRE COMUNICACIÓN OFICIAL POR ARTICULO 20°- RESOLUCIÓN 233/98

      NUEVOS INTENTOS DE AVASALLAMIENTOS DE DERECHOS

      Ante  el avasallamiento de las últimas decisiones a las que ya nos tienen acostumbrados los Funcionarios del Ministerio de Educación y DDHH, creemos conveniente compartir algunos textos que aclaren y declaren la ilegalidad de la nota N° 184/17  enviada por Directora de Personal Vanesa Rousiot  informando, que no se puede designar suplentes por dos días por razones particulares con respecto a los artículos 20° de la Resolución 233/98.

      Ante esta situación hemos hecho la extracción de un párrafo data de Octubre/15, y que fue redactado  luego de varias consultas y reflexiones se hizo este escrito para aclarar lo declarado.

      “La Resolución 233/98 es un acuerdo paritario y si a criterio de una de las partes, según las paritarias, se considera que hay algo que no queda claro, la autoridad debe plantearlo en el ámbito paritario para que se amplíe, se aclare, o se modifique para que quede claro lo que quiere decir el texto de lo acordado. Así funcionan las paritarias. Así funcionan los respetos entre las partes. Aquí parece que hay y hubo autoridades que con el solo hecho de ser funcionarios creen que mágicamente son los dueños de la verdad y entonces deciden y hacen decir a las normas lo que no dicen. Claro, es un modelo político autoritario, vertical y antidemocrático que además es muy usado ya que es la manera de gobernabilidad que se tiene para estar menos preocupado y ocupado.

      Por otra parte, otro acuerdo Paritario- la Resolución 146/94- en el artículo 1° de su anexo expresa: “ARTÍCULO 1°.- LEGISLACIÓN MÁS FAVORABLE: En caso de dudas sobre aplicación de normas legales prevalecerá la más favorable al Trabajador.” Entonces la Resolución 233/98 no dice lo que quiere que diga la autoridad y la Resolución 146/94 define que ante la duda debe favorecer la decisión más favorable al Trabajador”.

      Por otra parte y siguiendo  el camino de discusiones y conquistas de luchas, se logró  en el 2002 la Resolución 2867/02 que  designa suplentes con dos días de licencias (en Nivel Primario e inicial) y 3 clases por asignatura, en Nivel Medio.

      Por todo esto creemos que este es un nuevo avasallamiento que  delata la falta de conocimiento de la Normativa y los pasos a seguir para los cambios de las mismas, repudiamos las nuevas acciones que solo nos llevan al retraso en el  tiempo de ciertas costumbres y políticas que estábamos seguros había quedado enterrado en el siglo pasado, además de Vulnerar derechos, deteriora el funcionamiento de las instituciones educativas y el rol de los secretarios vice y directivos. . Exigimos se respete la normativa vigente, se dejen las prácticas autoritarias y de ajuste a los trabajadores/as. Qué vuelvan los espacios de verdadera discusión y decisión, desterrando  estos intentos  de ataque al trabajo digno y responsable de la comunidad docente.

      COMISIÓN DIRECTIVA SECCIONAL ROCA-FISKE