Ley 4836 del año 2013
Numero de la legislacion :
4836
Tipo de Legislacion:
Ley
Año:
2013 Hasta tanto se lleve a cabo la primera elección del vocal representante de los padres y madres en el Consejo Provincial de Educación mediante el voto directo y secreto, conforme lo disponen los artículos 158 y 162 de la ley n° 4819, se elegirán por única vez titular y suplentes, según lo dispuesto por el artículo 80 de la ley F nº 2444 (modificada por el artículo 6º de la ley 4737), debiendo la Legislatura Provincial proceder a su designación en la primera sesión ordinaria posterior a la sanción de la presente norma.
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