Resolución 118 del año 2010
Consejo Federal de Educación –
Aprueba los documentos “Educación Permanente de Jóvenes y Adultos – Documento Base” y “Lineamientos curriculares para la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos”, que como ANEXO I y ANEXO II, respectivamente, forman parte de la presente resolución. Las autoridades educativas nacionales y jurisdiccionales en acuerdo federal, implementarán en forma gradual y progresiva medidas conducentes para la puesta en vigencia al año 2013 del ingreso con 18 años de edad a las instituciones educativas de la modalidad. Conforme, a lo explicitado, los servicios educativos de nivel primario y secundario de la educación obligatoria dependientes de las jurisdicciones, pondrán en vigencia planes y programas para la inclusión efectiva de la población estudiantil comprendida entre 14 y 17 años, en los niveles correspondientes, al año 2013. CULO 4º.- Acuerda que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, establecerá la duración de la Educación Primaria y la Educación Secundaria para jóvenes y adultos y las regulaciones que garanticen ofertas educativas que permitan el reconocimiento y acreditación de las trayectorias de los alumnos de la EPJA y cuya pertinencia asegure la validez nacional de las certificaciones y títulos. Los lineamientos curriculares aprobados en el artículo 1º de la presente resolución, constituyen el núcleo común de definiciones federales sobre el que las jurisdicciones diseñarán y/o adecuarán sus planes de estudio en un plazo no mayor a 3 (tres) años.
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