22.5 Movimiento de Personal: Traslados

Héctor L. Roncallo – Legislación Educativa de Río Negro
TipoAñoDescripción
58Resolución 70582023

SUSPENDE la realización del Segundo Movimiento de Reincorporación, Traslados, Acrecentamiento y Acumulación en todos los Niveles y Modalidades, a realizarse durante el mes de noviembre del presente ciclo escolar- Resolución Nº 6920/22 Calendario Escolar 2023, por los considerandos expuestos. ESTABLECE que las vacantes correspondientes al Segundo Movimiento Reincorporación, Traslados, Acrecentamiento y Acumulación de todos los Niveles y Modalidades, serán incluidas en las vacantes a publicar en el Primer Movimiento de Reincorporación, Traslados, Acrecentamiento y Acumulación correspondiente al año 2024 en fecha a determinar por Calendario Escolar 2024.

57Resolución 47592021

DEJA SIN EFECTO los Anexos I, II y III, aprobados por el Artículo 1º de la Resolución Nº 4112/21, correspondientes a la publicación de las Vacantes destinadas al Movimiento de Traslado Definitivo - Reincorporación Acrecentamiento y Acumulación. DEJA SIN EFECTO en todos sus términos, la Resolución Nº 4554/21,

mediante la cual se Rectificaron, Incorporaron y Desafectaron Vacantes destinadas al Movimiento de Traslado Definitivo - Reincorporación Acrecentamiento y Acumulación.

APRUEBA la nómina de vacantes, definitiva y excepcional, producidas hasta el 06/08/2021, destinadas al Único Movimiento Simultáneo destinado a Reincorporación, Traslado Definitivo, Acrecentamiento y Acumulación en la Educación Secundaria, que forman parte de los Anexos de la presente Resolución, según el siguiente detalle:

-          ANEXO I – Movimiento de Reincorporación y Traslado Definitivo;

-          ANEXO II – Movimiento de Acrecentamiento;

-          ANEXO III – Movimiento de Acumulación.

Las vacantes afectadas al presente Movimiento que se encuadren en la Resolución N° 2044/18 y Ley Provincial 5059, serán desafectadas.

56Resolución 47582021

EXTENDER el periodo de Inscripción al Único Movimiento Simultaneo de Reincorporaciones, Traslados Definitivos, Acrecentamiento y Acumulación en todos los niveles y modalidades establecido por Resolución N° 3840/21, hasta el SABADO 30 DE OCTUBRE DE 2021 – Inclusive.

55Resolución 42872021

RECTIFICA el Artículo 1º y 7° de la Resolución Nº 4112/21.

54Resolución Anulada Modificada por Resolución N° 4287/21- Por Resolución N° 4759/21 41122021

APROBAR la nómina de vacantes producidas entre el 30/03/2019 y el 06/08/2021, destinadas al Único Movimiento Simultáneo destinado a Reincorporación, Traslado Definitivo, Acrecentamiento y Acumulación en la Educación Secundaria, que forman parte de los Anexos de la presente Resolución, según el siguiente detalle:

ANEXO I – Movimiento de Reincorporación y Traslado Definitivo;ANEXO II – Movimiento de Acrecentamiento; ANEXO III – Movimiento de Acumulación.-
53Resolución 41112021

APROBAR la nómina de vacantes afectadas al Único Movimiento Simultáneo de Reincorporación, Traslados Definitivos y Acumulación en el Nivel Primario, cuya Inscripción se realizará a través de la página web del Ministerio de Educación y DDHH- Trámites y consultas, desde el 21 de septiembre al 21 de Octubre del presente año, correspondientes al período 01/10/20 al 06/08/21, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.

52Resolución 41102021

APROBAR la nómina de vacantes afectadas al Único Movimiento de Traslados, Reincorporaciones y Acumulaciones año 2021, en Educación Inicial, correspondientes al período 01/10/20 al 06/08/21, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

51Resolución Modificado Extiende el período de Inscripción por Resolución N° 4758/21 38402021

SUSPENDE el Segundo Movimiento de Reincorporaciones, Traslados, Acrecentamiento y Acumulación en todos los niveles y modalidades establecido por Resolución N° 4120/20 Calendario Escolar 2021.-

ESTABLECE la realización de un Único Movimiento Simultáneo de  Reincorporación, Traslados Definitivos, Acrecentamiento y Acumulación para todos los niveles y modalidades, cuya Inscripción se llevará a cabo desde el 21 de Septiembre al 21 de Octubre del presente año. SUSPENDE el uso de todas las planillas, en soporte papel, de solicitud y/o inscripción y/o procesos administrativos de elevación, para Movimientos de Reincorporación, Traslados Definitivos, Acrecentamiento y Acumulación, de todos los Niveles y Modalidades, aprobadas por las Resoluciones Nº 956/65; Nº 1279/15; Nº 4712/18; Nº 4410/18 y sus modificaciones, y toda otra norma que se oponga a la presente. Establece la Modalidad de Inscripción “en línea” y la desafectación de vacantes para aquellas y aquellos docentes que se encuentren encuadrados/das en  la Ley Provincial 5059, y los que se encuentren a un año de  acogerse al beneficio jubilatorio, a partir de la publicación de la vacante,  bajo la aplicación de la Resolución N° 2044/18.

50Resolución 24072020

DEJA SIN EFECTO en todos sus términos la Resolución N° 2396/20.  SUSPENDE el Primer Movimiento de Traslados Definitivos, Reincorporaciones, Acrecentamiento y Acumulación en todos los niveles y modalidades, establecido por Resolución N° 6200/19, para el mes de mayo 2020. Las vacantes correspondientes al 1° Movimiento de Traslados Definitivos, Reincorporaciones, Acrecentamiento y Acumulación, correspondientes a todos los niveles y modalidades, serán incorporadas en próximos movimientos.

DETERMINA que los y las docentes titulares que hayan quedado en disponibilidad, previo al inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio, no verán afectado el tiempo establecido por el artículo 25º de la Ley Nº 391 Buscar ley , hasta tanto finalice dicho aislamiento. Los y las docentes titulares que hayan quedado en disponibilidad durante el año 2019 y que en el transcurso del aislamiento social preventivo y obligatorio caduque su año de disponibilidad, no se computará el mismo desde el 18 de marzo del presente año, hasta la fecha de finalización de dicho aislamiento. ESTABLECE que previo a resolver el Movimiento de Traslados Definitivos, Reincorporaciones, Acrecentamiento y Acumulación se debe proceder a reubicar al personal en disponibilidad o reubicado ad referéndum por las supervisiones intervinientes, afectando dichas vacantes de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 38 de la Ley 391 Buscar ley . La presente Resolución será de aplicación excepcional en virtud de la situación generada por la pandemia del COVID-19- Coronavirus.

49Resolución Anulada por Resolución N° 2407/20 23962020

SUSPENDE el primer Movimiento Anual 2020, destinado a Traslados Definitivos, Reincorporaciones, Acrecentamiento y Acumulación en el Todos los Niveles y Modalidades, correspondientes a Mayo 2020, establecido en la Resolución Nº 6200/19 – Calendario Escolar 2019/2020, en virtud de los considerandos expuestos. ESTABLECE que la inscripción ante la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria correspondiente al primer movimiento 2020 se efectuará en el próximo movimiento.

Los  docentes Titulares que hayan quedado en disponibilidad, previo al aislamiento social obligatorio – Cuarentena – será considerado el inicio de la disponibilidad una vez superada esta situación de aislamiento por el COVID-19

ESTABLECE que previo al movimiento destinado a Traslados Definitivos, Reincorporaciones y Acumulación se debe proceder a reubicar al personal en disponibilidad o reubicado Ad Referéndum por las Supervisiones intervinientes, afectando dichas vacantes de acuerdo a lo establecido en el Artículo 38º de la Ley Nº 391 Buscar ley.

48Mútiple 32019

Junta de Clasificación Nivel Primario –(5-4-2019)

 En el marco de la Resolución Nº 4410/18 del C.P.E. que modifica el procedimiento de inscripción para los Movimientos de Traslados, Reincorporaciones y Acumulación para los Niveles Inicial y Primario, se comunica procedimientos a tener en cuenta.

47Resolución 47122018

RECTIFICA del Anexo II de la Resolución Nº 1279/15 correspondiente al Formulario- SOLICITUD DE TRASLADO DEFINITIVO (Resol. 956/65)- a cumplimentar para el Movimiento de Traslados Definitivo de Educación Secundaria, que como Anexo I forma parte de la presente resolución- IMPLEMENTA la aplicación del formulario aprobado por la presente norma.

46Resolución 44102018

APRUEBA como única inscripción válida, la modalidad En Línea en el Portal Digital del Ministerio de Educación y Derechos Humanos- Consejo Provincial de Educación, para la inscripción correspondiente a los Movimientos de Traslados, Reincorporación y Acumulación para los Niveles Inicial y Primaria. Para las solicitudes de traslados definitivos, corresponde imprimir el Formulario de Solicitud incluido en el Anexo I de la presente, el cual deberá remitirse acompañando la documentación mínima indicada en el recuadro del margen derecho superior de dicho anexo.

La inscripción según el Artículo 1º de la presente, será implementada a partir del Segundo Movimiento de Traslados, Reincorporación y Acumulación 2018 y en los sucesivos, según las fechas establecidas por Calendario Escolar. DEJA SIN EFECTO los Formularios de los Anexos I-Traslados, II Reincorporación y III-Acumulación de la Resolución Nº 640/10.

45Resolución 33112018

OTORGA los Traslados Interjurisdiccionales a todos aquellos docentes que lo requieran en el marco del Decreto Nacional N° 134/2009, Anexo III Inciso Traslados. DETERMINA que, a partir de la presente, el alta y la toma de posesión de los Traslados Interjurisdiccionales concedidos serán en las fechas estipuladas por el Calendario Escolar correspondiente, en coincidencia a la toma de posesión de Cargos del Primer y Segundo Movimiento de Traslados, Reincorporaciones y/o Acumulaciones. Aquel docente que no justifique fehacientemente y por causales fundadas, la no toma de posesión del cargo u horas otorgados por Traslado Interjurisdiccional quedará inhabilitado de solicitarlo nuevamente por el término de dos (2) años.

44Resolución 46182017

ESTABLECE que el personal docente no titular que se encuentre bajo la cobertura de la ley 5086 Buscar ley y en uso de la licencia por artículo 35 de la Resolución N°233/98 podrá presentar solicitud de ubicación provisoria por excepción. DETERMINA que la trabajadora de la Educación víctima de violencia de género tiene derecho a solicitar traslado provisorio, conservando su situación laboral, directamente ante la Junta de Clasificación en cualquier época del año con la presentación de la documentación requerida para solicitar el Artículo 35º, de la Resolución 233/98. La trabajadora de la Educación víctima de violencia de género tiene derecho a la reducción de la jornada laboral, si así lo determinara una Junta Médica. DETERMINA el envío de la presente Resolución al ámbito Paritario para su posterior homologación.

43Resolución 2922016

Consejo Federal de Educación

Establece que las autoridades educativas de las jurisdicciones, en el marco de las normas vigentes, viabilizarán los pedidos de traslados transitorios interjurisdiccionales con el fin de salvaguardar la unidad y sustento del grupo familiar cuando los efectivos o dependientes de las Fuerzas Armadas o de Seguridad de la Nación deban ser trasladados en ocasión de sus funciones. En estos casos podrá considerarse especialmente el ejercicio transitorio de docentes en las jurisdicciones de destino sin perjuicio del momento del ciclo lectivo en que se solicite.  Establece  que las autoridades educativas de las jurisdicciones, en

el marco de las normas vigentes, viabilizarán el ingreso o continuidad de la escolaridad de los estudiantes cuyos padres o madres se encuentren en la situación prevista en la presente medida, a fin de garantizar la Educación obligatoria y la unidad del grupo familiar, sin perjuicio del momento del ciclo lectivo en que se solicite la plaza respectiva.

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