Se declara Monumento Histórico la Cápsula del Tiempo “Nuntius”, desarrollada por la empresa INVAP S.E., emplazada en los Jardines del Ministerio de Economía de la Provincia de Río Negro por la Comisión de Conmemoración de los Bicentenarios de la Revolución de Mayo (1810-2010) y de la Declaración de la Independencia (1816-2016) creada por ley F N°4334.
Se distinguen con el título de Ciudadanos Ilustres de la Provincia de Río Negro, a los Veteranos de Guerra que participaron en la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, según el Padrón de Veteranos de Guerra que se adjunta como Anexo a la presente, y de todos aquéllos que en un futuro se incorporen a este Padrón según lo establecido en la ley D nº 2584.
Autoriza el uso de expediente electrónico, de documento electrónico, de comunicaciones electrónicas, de firma digital, de domicilio electrónico constituido, de clave informática simple, firma electrónica y firma digital, en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial, con idéntica validez jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales.
Aplica a partir de la fecha del presente Decreto en el ámbito de la Administración Central, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas Empresas donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, y demás Entes del Poder Ejecutivo Provincial, las siguientes restricciones; de acuerdo a las consideraciones efectuadas:
Creación. Créase la Agencia para la Prevención y Asistencia ante el Abuso de Sustancias y de las Adicciones, como entidad autárquica de derecho público en el ámbito de la Provincia de Río Negro, bajo la supervisión directa del Gobernador de la provincia.
Créase en el ámbito de la Secretaría de Estado de Trabajo la Comisión Tripartita para la Igualdad de Oportunidades-Género, como espacio de interacción entre los sectores gubernamental, sindical y empleador, para fortalecer la concertación y el diálogo sobre la igualdad de oportunidades en el mundo laboral y las prácticas democráticas de los actores e instituciones vinculados a la esfera del trabajo, y también como ámbito para la evaluación de políticas a favor de la equidad de género.
Se subroga el texto de la ley G nº 3112 del ejercicio de la profesión de musicoterapia, por el siguiente:
“CAPITULO I
Objeto
El ejercicio de la profesión de musicoterapia se rige por la ley G nº 3338 ejercicio de las profesiones de salud y actividades de apoyo, los contenidos de la presente y las disposiciones reglamentarias que al efecto se dicten.
El ejercicio de la Psicomotricidad en la Provincia de Río Negro, se rige por la ley G nº 3338 y sus normas reglamentarias. Autoridad de Aplicación. Es autoridad de aplicación de esta ley el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro o el organismo que en el futuro lo reemplace. Matrícula. El gobierno de la matrícula de los Licenciados en Psicomotricidad y los Psicomotricistas está a cargo del Ministerio de Salud de la Provincia y del organismo que en el futuro lo reemplace.
El ejercicio de las profesiones de la salud y sus actividades de apoyo, enumeradas en el inciso a) del presente artículo, quedan sujetas a las normas de la presente Ley y su reglamentación: